Page 51 - RC_1968_09_N96

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cuanto esta Junta Electoral tenía la& funciones de u– na Asamblea

Una vez aprobado el Pacto, se eleghán los miem– bros del Gobie1110 y además 3 suplentes; todos han de sel amelÍcanos y mavOl es de edad Después de nombra_ dos los Vocales de la Junta de GobiClno, se instalará ésta, nombland'o de su seno Plesidente Viceplesidente y Secretalio, tomando la denominación de: "Junta Su–

pelior Gubelnativa de Costa Rica" Sel'á ambulante, re– sidiendo dU1ante 3 meses seguidos al año en cada una de las cuaho poblaciones mayOlcs de 'la Provincia "(Cal' tago, San José, H€1edia y Alajuela)" Los miembros que la fOll11Un deben jmamenta1sc al tomar SJUS pues– tos: El Plcsidente selá renovado cada hes meses y pue~

de ser reelecto de acueldo con la utilidad púb!ica; el Se cretario funcionará de acuerdo con el criteIio de la Junta Las actas de ésta deben sel pasadas en un folio filmado pOl sus miemblos para el efecto Habrá tam– bién oho libIO foliado y lubticado, en el que se toma–

nota de los desacuerdos, filmados por unos y celti– ficados por otros

La Junta estará dividida en ti es cuerpos o seccio– nes con el objeto de hacer más fácil el tI abajo, cada

~'ección selá lesponsable ante la Junta de sus actos. La plimela sección despacl1má en los ramos militar y

de hacienda, el segundo eUelpo se encalgalá de lo po– lítico y el telcelO, atendelá todo lo referente a,econo– mía y policía pública En otra clase de negocios o asun_ tos que no sean los anteliOl es, la Junta plena tomará les lespectivüSl acneldos

Se l1ammá por "Su Excelencia" a la Junta y por "Su SeñolÍa" a una de las miem}Jlos, con el plopósito

de que se les 1 espete

El sueldo que tenía el Gobernador de Plovincia, selá dishibuido enhe los componentes de la Junta en plo-lateo con el AsesOl' EJi 10 hubiele Pala un mejor funcionamiento, se exighán estados y presupuest9 de enhadas y salidas que se envialán a los pueblos con el fin de que se den cuenta de Cómo mUlcl1an los as'tmtos en la PlOvincia Pala el emiquecimiento de ésta, se peunithá el intelcmnbio de plOductos Y artículos con las demás plOvincias de Amética, una veldadera liber– tad de comelcio

En los asuntos de justicia, la Junta como hibullal de plOtección únicamente, halá que los jueces consti– tucionales impartan justicia, de acuCldo con la ConsM titución Española de 1821 y mientras no Be estaplezca un hibunal competente: en lo eliminal, la sentencia de pena glave como destieuo, mutilación, o cosa seme– jante, queda susrpensa y el leo setá custodiado, consi– delándose la detención como parte de la condena; pela si la sentencia recayeSe por haber atentado contra el Gobiclno de la P1ovincia, o la independencia america– na, se ejecutará la sentencia eon previo conocimiento

de la Junta

Se mantedrán comunicaciones y cOlrespond'encia fratmnal con los gobiernos de las otlas provincias, con~

certándose las I'elaciones de interés público y las bases o ptincipios, bajo ¡as cuales se ha de constituir o atar esta PlOvincia con algunos de los Estados: independien– tes de América -Ya por este tiempo comienza a nacer la política del' buen vecino-

La Junta de Gobiel1lO selá una entidad plOpia con del echo y obligaciones, pelO su podel setá leshingid'o y así cernas cómo el al Hculo 28 dice litelalmente "La

Junta plena y sus cOllli~ioncs no padlán excederse de

las facultades que se les conceden en este pacto, si 10

hicielon, incullÍlán en cümeh de acusación populm" Cualquicl ciudadano POd1á acusal de semejante delito o clilllcn a la Junta CbmD se ve, existía vel dadela li–

1Je¡tad pala aiacar al Gobierno, siempre que hubiela lazón "3" despué.s! de traspasal los límites del poder: aho punto impoltante de este famoso Pacto dice: "Ri algún pueblo hiciese plesente al Gobielno qUe con– viene pala su utilidad aumentar o disminuir el nú. mela de individuos de los 1 espectivos Ayuntamientos, podrá hacer esta vallación el Gobielno, siempre que lo califique por justo" Este al tículo es importante éomo se dijo, porque el Gobielno pidc opinión a los pueblos es decil, la opinión pública manifestada en los indivi– duos,que con el COllel del tiempo vendl.ía a sel uno de los puntos de mayor impOl hmcia en la democracia de los pueblos, eXpl esado tantas Veces por Rousseau y los filósofos del siglo XVIII: "La SobClanía de un pueblo debe lesidh en él mismo, en sus individuos"

El Pacto Social Fundamental ~nterino de Costa Ri– ca, fué discutido por los replesentantes -propietarios

y suplentes- de Jos pueblos de: Escazú, Cattago, San José, Heledia, Alajuela, CUl'licIabat y AserlÍ, Pueblo Nuevo, LabOlÍO, Ujallás, QuÍlcó, Tobosi, Cot, Bagaces,

Ba¡'ba, Espmz3, Las Cañas, Téllaba y B01uca, 010&1, Tu– cUllique y Pacaca

De acueldo con este pacto, ese mismo día en o~

tIa sesión, se nombró una: Junta de siete rniemblOs que tom31a las liendas del gobierno, mientras se organi–

zaba la elección de 10& individuos que a su vez nom– lnmía la pl'imeIa Junta de Gobielno

Aquella Junta estuvo fOlInada por las siguientes pelsonas:

Vicalio Don PedlO Alvarado, Don Joaquín Iglesias, Don José Santos Lombaldo, Don Nicolás CUlazo, Don Nicolás CanilIo, Don Juan de los Santos Madriz, Plesbí tela Don Neleo Fom:eca Hubo además hes suplentes Como esta Junta tenía un ca1áct€l igual a la que cn cnmo se instalalía de acu€ldo con la elección, se plocedió a hacel las hes comisiones de que hablaba el Pacto, en sus artículoS' 26, 27 Y 28

Determina¡ on SUs miemblos en slJs plimeras se. siones, comunicar al Padre Play Rafael Jesús Jiménez, que &lilviela exponer 10 que tuviela por conveniente aCel ca del jUl amento de independencia hecho, juramen– to que ni él ni ningún oho religioso de la provincia ha–

bía prestado

Habiéndosele pedido los libros de oficios al Ex–

GobernadOl, don Juan Manuel Cañas, éste lefería a sUs borradOlcs pelsonales, s'e le ofició de nuevo con acIalación del punto Dicho sea de paso, era obligatorio entregar esos libros de oficio al sucesor en la GobClna_ ci6n

Tles días de.s'pués de ésto, se tomó una medida muy dI ástica para los juntistas Ella prohibia totalmen– te la renuncia o la ausencia de alguno de eIlos sin otro pletexto que no fuela enfelmedad grave ' De nuevo volvió a sugelir el asunto de don Juan

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