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« Previous Page Table of Contents Next Page »se a la una, y detestar la aba que bajo esle supuesto pedía se esclibiese su voto, p~lla que la posteridad le hi.ciese justicia, y los presentes reconocielan que de_ fendían sus derechos -El señor Malina dijo: Que que– lÍa nledital más la cuestión V que se le diese tiempo pala ello -Con lo que se disolvió la Junta por ser las doce y media, quedando pendiente esta discusión
GAINZA".
EL CAPITAN GENERAL DE GUATEMALA. DON GABINO GAINZA, SE DIRIGE AL GENERAL VICENTE FILISOLA RECONO. ClENDOSE DEPENDIENTE DEL GOBIERNO SUPREMO DE MEXICO.
-Carta que se cita-
"Doy a VS las más explcsivas gracias por la di– rección que se sil vió al pliego que le lecomendé para S A S el señor Generalísimo y entregó a V S el se– ñor Coronel don Manuel Campero según me participa en su oficio de 26 de Noviembre Por este tengo la satisfacción de saber ha recaído en V S la Comandan~
cía GeneIal de esta Plovincia que V S se sirve ofre– cerme con expresiones propias de Su afectuosa aten– ción Con las mismas y mucho placer doy a V S. la enhorabuena y me ofrezco con el destino que actual– mente ocupo en este Reino; teniendo la satisfacción de , ..
pal ticiparle que ayer ha acordado la Junta PrOVIsIo-nal con pI evia consulta de los pueblos, la incorpora– ción de estas Provincias al Imperio Mexicano, en virtud de la iniciativa de S A. el señor Generalísimo En este concepto me considero ya como dependiente del Gobierno Supremo de México, y en él me Ofl ez– ca a V·, S deseoso de contribuir, no solo al bien ge– neral del Imperio en cuanto tenga relación con el buen servicio de esta Provincia, sino personalmente a V S en lo que me hallare útil -Dios guarde a V S, muchos años - Guatemala, enelo 3 de 1822 -Ga– bino Gainza
(Señor General don Vicente Fillsola).
ACTA DE LA UNION DE LAS PROVINCIAS DE CENTRO AnfERlCA AL IMPERIO MEXICANO.
"Palacio Nacional de Guatemala, enero 5 de 1822 Habiéndose traído a la vista las contestaciones de los ayuntamientos de las provincias, dadas a virtud del oficio c!rcular de 30 de noviembre último, en que se les previno que en consejo abierto explorasen la voluntad de los pueblos sobre la unión al Imperio Me· xicano, que el Serenísimo señor don Agustín de Itur– bide Presidente de la Regencia, ploponia en su ofi– cio de 19 de octubre que se acompafió impleso; y ba– yéndose igualmente las contestaciones que sobre el mismo punto han dado los tribunales y comunidades eclesiásticas y seculaJ es, jefes políticos, militares y de hacienda, y personas particulares, a quienes se tu– vo por conveniente consultar, se procedió a examinar y regular la voluntad genelal, en la manera siguiente: Los ayuntamientos que han convenido lJanamen~
te en la unión; según se contiene en el oficio del Go– bierno de México, son ciento cuatro.
Los que han convenido en ella con algunas condi– ciones, que les ha parecido poner, son once
Los que han comprometido su voluntad en 10 que parezca a la Junta Provisional, atendido el conjunto de circunstancias, san treinta y dos
Los que se lemiten a lo que diga el Congreso, que estaba convocado desde el 15 de septiembl e y debla reunirse el lQ de febrro próximo, son veintiuno Los que manifestaron no conformarse con la u– nión, son dos Los restantes no han dado contestación, y si la han dado no se ha recibido
y traldo a la vista el estado Impl eso de la pobla– ción del Reino, hecho por un cálculo aploximado, so– bre los censos existentes para la elección de Diputa– dos, que se circuló en noviembre próximo anterior se halló: que la voluntad manifestada llanamente po; la unión, exedfa de la mayoría absoluta de la población reunida a este Gobielno Y computándose la de la Intendencia de Nicaragua. que desde su declaratorIa de su independencia del Gobierno español, se unió al de México, separándose absolutamente de éste; la de la Comayagua, que se haya en el mismo caso; la de la ciudad 1 eal de Chiapas, que se unió al Imperio aún antes de que se declarase la independencia de esta ciudad, la de Quezaltenango
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So101a, y algunos Ot10S pueblos, que en estos últimos dIas se han adherido por si mismos a la unión; se encontró que la voluntad general subia a una suma casi total Y teniendo pre– sente la Junta que su deber, en este caso, no es otro que tlasladar al Gobierno de México lo que los pue– blos quiel en, acordó verificarlo así
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como ya se le indicó en oficio de 3 del corriente
Entt e las varias consideraciones que ha hecho la Junta, en esta importante y grave materia, en que los pueblos se hayan amenazados en su reposo, y especial– mente en la unión con sus hermanos de las otras pro– vincias con quienes ha vivido siempre ligados por )a vecindad, comercio y otros vinculas estrechos, fue una de las prImelas, que por medio de la unión a México, querían salvar la integridad de lo que antes se ha llamado Reino de Guatemala, y lestablecer entre si la unión que ha reinado por lo pasado; no ap31eciendo otro pal a remediar la división que se experimenta Como algunos pueblos han fijado al juicio de la Junta lo que más le convenga resolver en la presen_ te materia y circunstancias, por no tenerlas todas a la vIsta, la Junta juzga, que manifiestada, como está de un modo tan claro, la voluntad de la universalidad, es necesario que los dichos pueblos se adhieran a ella pa– ra salvar su intp.glidad y leposo
Como las contestaciones dadas por los Ayunta– mientos, lo son con vista del oficio del Serenísimo se– ñor Iturbide que se les circuló, y en él se propone co– mo base la observancia del Plan de Iguala y de Cór– dova, con ohas condiciones, benéficas al bien y pros– pel idad de estas provincias, las cuales si llegasen a término de poder por sí constituirse en Estado inde– pendiente, podlán libremente constituirlo; se ha de entender que la adhes;ón al Imperio de México es ba– jo estas condiciones y bases
Las puestas por algunos Ayuntamientos, respecto a que parte están vil tualmente contenidas en las ~e
nerales, y parte difieren entle si para que puedan su-
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