This is a SEO version of RC_1968_09_N96. Click here to view full version
« Previous Page Table of Contents Next Page »MANIFlESTO DE "LOS PATRIOTAS", SUSCRITO EN GUA'rEMALA, CONTRA LA ACTITUD DE LA DIPUTACION PROVINCIAL DE LEON.
"Los pensamientos e ideas filosóficas y filantl ó–
picas que se han publicado sable la justa libertad en que debe dejarse a las pIovinclas, para elegir el par– tido que les acomode en la crisis actual, no deben en– tenderse jamás respecto de sus gobelnantes o autOli– dades constituidas, que a su antojo y sin oír el voto de los pueblos disponen, de la suerte de sus provin~
cias, como lo hicielon en 808 u 814
"Guatemala, al declarmse libre e independiente en 15 de septiembre de 1821, no se sujetó a la decisión de la junta genelal de autoridades, celebrada aquel día, ni a las resoluciones de la diputación provincial y ayuntamiento El pueblo mismo expresó su volun–
tad. pidió lo que le cOllvenfa y aún reformó el acuerdo de la junta (1) declctando su absoluta Independencia:
el pueblo pl esel ibió los términos en que el jefe supe_
llor, las autolidades V el pueblo mismo debían prestar el juramento: el pueblo ejerció en aquel acto toda su sobelanía, y decretó convidar a las plovincias para ce– leblar el pacto que debe unirlo con ellas para siem– pre v no pensó jamás, ni podía pensarlo, que este con–
vit~ se dirigiese a jefes arbib'arios y despóticos, a obispos interesados, a autoridades nulas, formac:,Ias pOI
el interés y las intrigas de los mismos jefes ' ¡¡¿Qué derecho tiene la diputación provincial de Nicaragua y menos el gobernador intendente y el R
Obispo, en una junta obscura y misteriosa, formada en el centro de la capital de la provincia, para dispo– ner por '3í solos, no digo ya del resto de la provincia y de la de Costa Rica, sino respecto de la misma capi– tal de León, con cuyo pueblo no Se contó para decidir que tantos pueblos quedasen independientes de Gua– temala, y en expectativa del nublado, para serlo de España? ¿Los Diputados Plovinciales de Nicaragua
y Costa Rica estaban autorizados con poderes bastan– tes? Los tenían por sus atribuciones para decidir en materia tan grave, para 1 amper sus pactos, para cele– brar otros, para constituirse en un estado indepen– diente, o para negar la concurrencia de los legitimas leplesentantes, convocados con el objeto de arreglar la suelte de todas y-cada una de las provincias? ¿Los tenían pal a que sola Nicaragua enmedio de las dos Amél icas, libres e independientes, arl astrase las ca_ denas y el ominoso yugo del Gobierno español? ¿Y
podía tenerlos para hacer este yugo tanto más pesa– do, cuando que a vit tud de la resolución de la Junta,
COn el nombre de España, no tendrá Nicaragua otro señor que un pequeño sátalapa, un gobernador inten_ dente, un joven teniente corQ1lel? ¿No es él un re–
nuevo del déspota, que pereció en un patíbulo, (2) por– que 1lizo la guerra para perpetuar en AméJlca la odio– sa dominación española? No es él un instrumento
del Obispo, que con sus al tel'ias hizo COll'er la sangre de los granadinos, que proclamaron su libertad, y con_ virtió en eterna sel vidumbre el esfuerzo y el entusias– mo, con que el pueblo de León juró su independencia en 18111 (3)
"¡Qué oprobio, qué vergüenza, leoneses! ¿FUisteis los que en 1811 (cuando la opinión no había allanado los caminos) y cuando la Espa-ña era más fuerte) arros–
trásteis todos los riesgos y bajo el gobierno del tirano Bllstamante, lompisteis las cadenas, y os hicisteis li–
bles? Sois acaso lo mismos que entonces os acercás– teis al coloso para desquiciarlo por sus fundamentos,
y que lo teméis ahora dell'lbarlo en tierra, despedaza– do y hecho el ludibrio del pueblo más pequeño dc Amé– fica; ahOla que no se lleva con honor el nombre de amelicano sino se le añade el glorioso de índependíen· te? ¿Sois, por ventura, los mismos que entonces, y
consentís ahOla en ser esclavos de un niño, de un pe_
dante, de un egoísta, que sólo calcula sus intereses partfculares, que hace sel vir a tan indignos objetos una plovincia entera, y que dominándola como Un se– ñor absoluto, está en la expectativa de la disposición del nublado
J
para entregar al más fuerte, el rico pre– sente de Nicaragua y Costa Rica? No véis que su mira es hacerse digno de las recompensas del nuevo señal', a quien él por su antojo y conveniencia, y no por la voluntad de los pueblos, quiera entregaros, co– mo si le hubiérais hecho dueño de vuestra libertad?
¡O Leoneses! Romped las cadenas: declaraos Ubres. o no nevéis el nombre de Americanos ¡Que! os asus– ta l,.Jn joven, que no tiene fuerzas, ni opinión, que no neva de militar sino el nombre, que no tiene ejército, ni sabría hacer uso de él? ¿Os contentáis con tener una audiencia, un consulado, y no consideráis que en nllesba independencia tendléjs un congreso general en Guatemala, y una legislatura particular entre voso– tros? Sabed que nuestras ideas son más elevadas; queremos ser unidos a vosotros; pero no superiores: ni las províncias, ni las ciudades, ni los particulares son superioles en el sistema federático: la ibertad,
la igualdad y la justicia son sus bases ¿No queréis entrar en nuestro pacto? Pues formad el vuestro se_ parado, y sed solo nuestros amigos; pero no consenti–
1 emos iamás, en dejaros esclavos
"Las detel minaciones de vuestro intendente, de vuestra Junta, de vuestro obispo, no son las del pue– blo leonés, las del pueblo granadino, las del pueblo de Cartago, las de tantos otros pueblos que respiran el sentimiento unísono e innato en todo Amcllcano, Si esa Junta miserable y verdaderamente tiránica, hu~
biese consultado vuestras voluntades, nosotros la res_ petaríamos. ¿PelO ha pensado acaso en vosotros, os ha consultado vuestros intereses, Muy distante O" esto, su pl ¡mer paso es dejaros igílorar los sucesos de Guatemala y el conv.ite que Os hace: detiene el correo
intel cepta la correspondencia, e impone penas al qU~
(1) '~odos los que concurrieron a la junta general convinielon en la necesidacIl y justicia de la independen.
CIa; pero muchos empleados del anterior gobierno opittalOn que debía esperalse y que viniese decretal a
de ES1>aña la emancipación o que Se supiese la suerte de Ja capital de N E.; cuya opinión fué rebatida por algunos de los concurrentes que sostuvieron con entel'eza la contralia". (Nota del texto) (2) Alu. den lfLos Patriotas" a don Antonio GOllzález y Sal'avia, ex.Capitán del Reino de Guatemala que fUé J?a– sado par las armas de orden de MoreIas, Era la primera autoridad de Nicaragua
J
don Miguel Gonzatez Saravia, (3) Se refieren al Obispo García Jerez.
32
This is a SEO version of RC_1968_09_N96. Click here to view full version
« Previous Page Table of Contents Next Page »