This is a SEO version of RC_1968_07_N94. Click here to view full version
« Previous Page Table of Contents Next Page »la Provincia. Para muestra copiemos aquí tan sólo algunas de esas cartas.
Sea la primera la que dirigió a Su Santidad, y la que ya comenzamos a trascribir antes. Continúa di– ciendo así:
"Al presente tan sólo seis Religiosos profesos mo– ran en esta Casa; y fuera del claustro, al cuidado de las almas, llamados por el Iltrmo. Metropolitano, existen otros cuatro. Entre tanto, la restauración del Novicia– do, de la escuela y de los estudios, por la falta de her– manos y maestros, no es fácil. Suprimida, pues, esta Provincia en el año 1829, sus hijos fueron arrojados de esta región; muchos han perecido en el destierro, y tan sólo alguno que otro han vuelto a la Casa religio– sa, cuando luminoso y propicio vino el año 1839, en el que ya fUe lícito intentar la restauración de los Con– ventos.
"Mientras tanto la muerte se ha cebrado en los Re– ligiosos: el Maestro antiguo, único residente en esta Casa al tiempo de la restauración, descendió al sepul– cro en el año 1845, subiendo a la patria celestial mi predecesor benemérito por su gran celo de las cosas de la Religión; y en el decurso del año próximo pasado falleció otro hermano dentro de la septa de monaste– rio: en el campo, otros tres o cuatro Religiosos, que se hallaban ocupados en el cuidado de las almas, han fa– llecido en el Señor en los últimos ocho años.
"Estando así las cosas, los Religiosos que moran en este Convento, contristado el ánimo, sufren grandes angustias. Algunos de éstos, que en el destierro ascen– dieron al sacerdocio, no hicieron sus estudios comple– tos, por cuya causa no se pueden ocupar del sagrado Tribunal de la Penitencia, según nuestras Constitu– ciones. No nos es posible celebrar las elecciones canó– nicamente, habiendo tan sólo tres Maestros y faltando confesores, tal como la Constitución lo exige para for– mar Capítulo: ni siquiera tenemos religiosos idóneos que puedan ser elegidos Prelados, ni nos es lícito a los que lo somos actualmente ser reelegidos, porque lo prohiben nuestras leyes, sin dispensación de intersti– cos; y, por último, la confirmación del elegido debe hacerse por el Prior Provincial, y nosotros carecemos también de este Prelado.
"En medio de tanta angustia, sólo una esperanza nos queda: postrarnos, pues, a los pies de Vuestra Santidad, cuya suprema potestad habéis recibido de Dios, que puede prestar fácilmente remedio a las penurias q\le nos apremian. Por tanto, a Vuestra Beatitud pedi– mos humildemente las siguientes extraordinarias fa– cultades en favor del Prior de este Convento, junta– mente con su Capítulo, a fin de que puedan proveer en los casos que ocurran, conviene a saber:
l.-Facultad de dispensar a los Religiosos de este Convento, antes o después de la restauración ordenados, los años de estudio prescritos por la Constitución, con tal que están idóneos, para oír generalmente confesio– nes; y que si el Ordinario de esta Arquidiócesis les con– fierese el cuidado de almas puedan desempeñarlo. IV.-F'acultad al mismo Capítulo de confirmar a y Presentados a los Religiosos idóneos, para la forma– ción del Capítulo, decoro de la Comunidad y fácil restauración de la Provincia.
IIL-Facultad al Capítulo de dispensar los inters– tícios, y de conferir una o más veces a los mismos Re–
ligiosos ,con tal que sean competentes, el oficio de Prior o de Provincial.
IV.-Facultad al mismo Capitulo de confirmar a los Priores tantas veces cuantas elecciones ocurran, si no hubiere Provincial en esta región.
V.-Facultad de dispensar uno o dos años de edad para que puedan recibir las sagradas órdenes estos Re– ligiosos jóvenes que ahora están haciendo sus estudios y que fueren hallados aptos para tal favor; tal como lo está concedido para los clérigos seculares, al arbitrio y prudencia del Metropolitano.
'Asimismo, para restaurar la suprimida Provincia, conviene erigir esta Casa en Congregación, tal como
en otro tiempo Se hizo en Venecia; y esta gracia me atrevo a impetrar de Vuestra Santidad.
"La gran venevolencia, cuidado y amor de la Re– ligión y de la salud de las almas, que anidan en el corazón de Vuestra Santidad, dieron a nuestros áni– mos fuerza y audacia para exponer nuestra, ¡ay!, tris– tísima situación. Vos, Santísimo Padre, podéis dar el remedio a los males por los que nos vemos afligidos. Esto ruego, esto con gran confianza espero; y entre tanto ruego al Altísimo Señor, dador de todos los bie– nes, para que colme de sus dones a Vuestra Beatitud".
Fr. Pedro Mártir Salazar, O. P.
Desconocemos el texto de la contestación que a la anterior carta se dignó dar el Sumo Pontífice, si bien consta que fue favorable, como aparece por la si– guiente comunicación:
Guatemala, Octubre 23 de 1951.
"Habiéndose presentado por el Muy Reverendo Señor Ar2iobispo el Breve dado en Roma por Su San– tidad en Mayo de este año, concediendo al Rvdo. Prior de Santo Domingo, Fr. Pedro Mártir Salazar, di– ferentes prerrogativas para el mejor régimen de la Comunidad; sus estudios, elección de Prela(:lqs y res– tablecimiento ~e la Provincia de Guat~m~j'¡i~Ó}enomi
nada de San VIcente Ferrer con lo demalf~a'~"r.~xpresa,
para lo cual se nombró Delegado Apostólico ül mismo Reverendo Arzobispo: No encontrándose en dicho Breve cosa alguna en contrario a la Acta Constitutiva y leyes de la República, y antes bien hallándose muy conforme al Decreto de la Asamblea Constituyente con que se mandó restablecer las Ordenes Religiosas, por conve– nir así al bien espiritual y temporal de los pueblos: El Excmo. Sr. Presidente, de conformidad con el dic– tamen del Consejo de Ministros, tiene a bien acordar se dé el Pase al referido Rescripto, devolviéndose el original con la certificación que corresponde"'.
El Secretario de Relaciones,
M. F. Pavón Entre las varias cartas que Fr. Pedro recibió del Reverendísimo Maestro General de la Orden, pláce– nos trascribir la que sigue: Roma, 8 de Febrero de 1859.
Muy Rvdo. P. Maestro Fr. Pedro Mártir Salazar: "Recibí con alegría la oarta que me enviaste, así co– mo también me alegro, cuantas veces de tí, o del esta– do de tu Provincia recibo noticias, que indican tu ce– lo por restablecer la observancia regular.
"Me alegré, no obstante, en parte; porque me con– tristó lo que decías, que se hallaban pocos jóvenes que se ofrecieran a recibir el yugO de la Religión y que se hallasen idóneos para llevarle felizmente. Convie– ne que oremos mucho, para que cayendo sobre esa tie– rra el celestial rocío, la vuelva fértil.
"Entre tanto, el medio que escogiste, para suplir la presente esterilidad, con alegría lo apruebo; que se manden a Roma de España jóvenes, los que si se ha– llaren recibiré con corazón de padre, y en cuanto de mi dependa nada omitiré para que en la observancia regular, y también en las sagradas ciencias, se radi– quen fuertemente, a fin de que en tiempo oportuno dén sus frutos para utilidad de esa Provincia.
"Te bendigo en el Señor, y con mis Socios me encomiendo a tus oraciones".
Fray A. V. Jandel, Mag.Ord. No sabemos que ningún joven de España fuese a Roma, según el deseo manifestado en la anterior car– ta. Pero, en cambio, mandados por el M. Rdo. Padre L. Fr. Juan Planas, vinieron de Gerona (España) a Guatemala, a donde llegaron el 22 de Septiembre de 1860, los Religiosos Dominicos: Fr. Jaime Sardá, F'r. Pedro Texidor y Fr. Silvestre Carbó, quienes traían en su compañía a los jóvenes siguientes: Esteban Cros, Rafael Casadevalls, Pablo Codinach, Miguel Pagés, Valentín Quintana, José Llosas, Francisco Juncá, Juan Boschmonar y Salvador Soler; algunos de los cuales,
90
This is a SEO version of RC_1968_07_N94. Click here to view full version
« Previous Page Table of Contents Next Page »