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nuestras alegrías nos acampano; a sus vistas dimos los primeros pasos de vida libre y en su torno re– percutieron los primeros cantos de libertad. Con su rosario en la mano han pasado desfilando todas las generaciones salvadoreñas, y de seguro no será la pre– sente la únioa que esté fuera de esta grandiosa pro– cesión".

No cabe, pues, duda; la devoción a la Virgen del Rosario en San Salvador es tan antigua como la Ca– pital misma. La tradición popular, manifestada por el episcopado salvadoreño, nos habla bien claro so– bre este punto. Todo lo cual se halla confirmado, al menos en gran parte, por algunos escritos antiguos que se conservan.

"Tradicional ha sido, escribe el P. Funes, la devo– ción de los fieles a esta Iglesia de Santo Domingo, principalmente por la devoción a Nuestra Señora del Rosario. Según un libro manuscrito, que se conserva en este archivo, los vecinos más notables por su pie– dad y posición social pertenecían a esta tan privile– giada Cofradía, incluso el Sr. Intendente. Todos te– nían a grande honra pertenecer a esta Asociación por particular amor a la Santísima Virgen, la que de– signaban con el nombre de "Nuestra Señora del Rosa– rio de Santo Domingo".

Hemos tenido ocasión de ver y estudiar el Libro manuscrito, a que hace referencia el P. Funes, que comienza el 26 de F'ebrero de 1772 y termina el 15 de Octubre de 1322 y en él hemos hallado datos in– teresantísimos para nuestro propósito, algunos de los cuales vamos a dar a conocer al lector.

Desde muchísimo antes del año 1772, sin qUe po– damos precisar fecha determinada, existía la Cofra– día del Rosario en el templo de Santo Domingo; pues ya en dicho año "se hizo una segregadón de la anti– gua Cofradía: se lee en el citado manuscrito, que con el nombre de "Cofradía del Santísimo Rosario de la Pie– dad", se comprometían por medio de unos especiales Estatutos a procurar y practicar el culto de Nuestra Señora con más esmero". El Libro manuscrito a que nos referimos, no es otra cosa qUe el Libro de Actas de Juntas de la "Cofradía del Santísimo Rosario de la Piedad", y el que comienza poniendo los Estatutos o constituciones de la misma Cofradía, que son los que siguen:

"Los Cofrades y Mayordomos del Santísimo Rosa– rio, estando juntos, y congregados en el Convento de Santo Domingo de esta Ciudad de San Salvador, y a presencia del Rdo. P. Prior Fr. José Ardonaegui, he– mos resuelto establecer las c'Ünstituciones convenien– tes para que los hermanos se ocupen en obras piadosas y devotas, mirando principalmente a que el Rosario salga por las calles después de la Oración, para cuyo fin está ya prevenido el Estandarte con la Imagen de la Santísima Virgen, una cruz y faroles, y lo demás conducente; obligándonos, como nos obligamos, a guar– dar los Capítulos siguientes:

l.-Que se forme una comisión, compuesta de seis individuos y presidida por el Rdo. P. Prior y Mayor– domos, para que juntamente todos los primeros domip– gas de mes en este Convento, elijan dos sujetos que, en cada uno de ellos, cuiden de que salga el Rosario por las calles a la hora señalada, gobiernen la Procesión, procurando vayan todos con reverencia, buen orden, y sin hablar, de modo que no se oiga más que el Ave María; repartan las insignias y faroles a su arbitrio, sin distinción de personas, y pidan la limosna sema– nariamente, y en los días que pareciere conveniente, cuya diligencia podrán por sus ocupaciones encargarla o otros de su satisfacción. Y, atendiendo a que sería muy tedioso tener que pedir generalmente la limosna en la Ciudad y barrios, para esto se nombrarán tam– bién uno o dos sujetos, que la pidan en cada uno de ellos, entregándoles sus alcancías cerradas, con el es– cudo de la Cofradía pintado en ellas, para que no se dude por los que dan limosna, en el encargo que tuvie– ren de ello.

n.-Que la misma Diputación, nombrará también cada mes las personas que fueren necesarias para que

visiten los pobres enfermos que Se les avisen, y soco– rrerles la necesidad que tuvieren, a cuyo fin podrán librar contra los Mayordomos lo que prudentemente va– liere la necesidad, y soporten los fondos de la Cofra– día. Y para que se pueda hacer con el debido arreglo, el día que la Diputación nombre a los visitadores de pobres enfermos, se dirá a cada uno la cantidau de que podrá disponer en el mes que se le encargare. IIL- Que la Diputación se mudará anualmente en diferentes sujetos, para que todos lleven por igual la carga de la Cofradía. Que la que acabare el año, hombre la. siguiente, y elija los dos Mayordomos, quie– nes ~eberan ten~r en su poder todo el dinero, bienes y alhaJas perteneCIentes a la Cofradía. Y en atención a que de mucho tiempo los hay nombrados dos Mayordo– mos, esos deberán seguir su cargo hasta el día de la festividad del Rosario, en que cada año se ha de hacer la elección de ellos y de los seis Diputados..

IV.-Que cada hermano deberá concurrir con sus limosnas, dando cada semana medio real, sin que esto pase a obligación; advirtiendo que el que no contri– buyere con limosna, pudiendo, no se reputará por her– mano de los que forman este cuerpo de la Diputación, que los distinguirá de los OtI'OS poniendo sus nombres en un libro separado del de el común d~;~qCe' Cofrades, a fin de que se cumpla con ellos según 10 que aquí se establece.

V.-Que si no se juntaren suficientes limosnas pa– ra las obligaciones en que se pone la Cofradía, se arbi– trará por la Diputación en las Juntas de cada mes lo conveniente, a fin de que no falte lo necesario para las funciones y limosnas que deban hacerse.

VI.-Que ningún Hermano o Cofrade, podrá ex– cusarse a recibir ninguno de los cargos que la Diputa– ción le asignare, pena de que se le multará en la li– mosna que pareciere conveniente a la Junta, a bene– fkio de la Cofradía; ni tampoco deberá altar a la asis– tencia de los Rosarios por las calles sin motivo justo.

y los dos encargados, si advirtieren esa falta por mu– chos días, darán cuenta a la Diputación en la primera Junta, para que según juzgare de ello determine lo conveniente, o se le exija la limosna. Y del mismo modo, no se podrá excusar ningún Hermano a reci– bir cualquiera de las insignias o faroles que han de ir en el Rosario, mirando únicamente que van sirviendo a Nuestra Madre Santísima la Virgen María.

vn.- Que todos los Hermanos deberán asistir al Viático y entierro del que fuere Cofrade distinguido del Rosario, y para que lo hagan se hará, entre prime– ro y segundo repique de la parroquia, una señal con la campana que sirve para llamar al Rosario en este Con– vento, tocándola en forma de volteadora, cuando fuere para los Sacramentos, y para entierro se darán quince campanadas con la mayor del Convento antes del pri– mer doble, a cuya señal ocurrirán a sacar la cruz, y el párroco para conducir el cuerpo a la Iglesia, donde en cualquiera de estos dos actos han de rezar una es– tación por el difunto o enfermo: entendiéndose que estas demostraciones sólo se harán con aquellos Her– manos que hubieren guardado y admitido estas cons– tituciones, y para ello no se podrá hacer ninguna señal de las dichas, sin que lo ordene el señor Secretario de la Diputación, a quien avisarán de la casa del enfermo o difunto. . VIIL-Que para avisar la hora del Rosario, que ha de salir por las calles, se tocará tres veces la campana pequeña, destinada a este fin, a golpes seguidos, des– pués de la oraoión por la noche.

IX.-Que los Mayordomos deberán celebrar las fiestas del Rosario, la de la Encarnación, y otras que haya de costumbre, esmerándose cuanto pudieren en su solemnidad y pompa; y en todas las fiestas de la Santísima Virgen María saldrá el Rosario por las ca– lles con más luces y distinción.

X.-Que dichos Mayordomos deberán tener dos li– bros: el uno para que en él lleven cuenta de todas las limosnas que se recogieren, y el otro para el descargo de las que se distribuyeren, y demás gastos..

XL-Que los Mayordomos, al fin del año de su

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