Page 75 - RC_1968_06_N93

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-Venga usted por aquí -me dijo, abriendo una pueda de dos h~jás que daba paso a otra serie de habitaciones.- Voy a mostrarle sus cuartos

Los recorrí con él. Eran her~osos y cómodos pero yo creí deber rehusar otra vez su amable ofre– cimiento. Sin embargo, para decir verdad, me fUe difícil; porque ninguno que haya hecho una inVitación con temor de que le fuera aceptada, se ha sentido tan apurado como yo al rehusar la qUe sinceramente me hacía aquel hombre bueno y generoso.

No tardé en ponerme al corriente de la historia y del carácter de D. Ramón Casaus. Es hombre de modales atrayentes y vigoroso, física e intelectualmente. Me dijo que había creído de su deber opo. nerse al principio a las medidas tomadas por el partido de la Iñdependencia, por ser subversivas de los principios del gobierno que él estaba obligado a sostener y que protegía su autoridad; pero que a medio da que fue ganando terreno la opinión pública y al ver que la mayería del pueblo quería a todo trance un gobierno independiente, fUe inducido a relajar Sil oposición, después a impedir el derramamiento de sangre que, (){)mo es natural, habría habido en un conflicto interno de esta naturaleza, y a dar su apoyo firme y decidido al nuevo Gobierno. Antes babia sido fraile, pero ahora es el representante del clero secular y sus opiniones las siguen y apoyan Con su influencia los eclesiástieos, más competentes. No hay la misma certeza deque todas las corporaciones religiosas sean tan favorables, como tales,

~l nuevo orden de cosas. Me siento realmente muy inclinado a ponerlo en duda, no obstante que se mues– tran contentas, hablan con imparcialidad y no se atreven a dar públicamente muestras de oposición, de palabra ni de obra. Acerca de permitir el ejercicio del culto protestante, Sil Señoría me dio a entender que no podía haber objeción en cuanto al culto privado; que la Constitución de Guatemala era tan liberal como era posible, dadas las circunstancias: que el artículo referente a la religión era de carácter mucho más general que el de la de México tocante al mismo asunto: porque este último dice: 'Título 19 Artículo 39 - La religión de la nación mexicana es y será perpetuamente la católica, apostólica, roDlána; la nación la protege co sabias y justas leyes y prohibe el ejercicio de cualquier otra", en tanto que el texto de la Constitución guatemalteca es como sigue: "Título 29, Artículo 11. –

Su religión es la católica, apostólica, romana, con exclusión del ejercicio público de cualquier otra". A pesar de ser é5te el sentimiento de la prlinefa autoridad y tal vez de la mayor parte de las infe– riores en jerarquía, es de temer que' cualquier perturbación Introducida en -la esfera del culto divi, no, en forma que difiera de la acostumbrada hasta aquí en lá comunidad, podría tener muy inalas consecuencias. No se debe ocultal' que el pueblo, especialmente el de las clases más bajas, se muestra sumamente quisquilloso en cuanto a las prácticas de su religión y celebra sus ceremonias tal vez con más estricta puntualidad y mayor ostentación que el de cualquier otro país de los antiguos dominios españoles; pero es a la vez tan bondadoso y pacífico que nada podría provocar su oposición, como no fuese una Violencia directa contra sus sentimientos religiosos. De aquí se sigue que entre los nume– rosos extranjeros que habían visitado la capital en los doce meses anteriores a mi llegada (es más, se supone que en los últimos tres siglos), ningtlÍ10 de ellos, que yo sepa, ha sido interrogado o des– airado en ninguna forma, por motivo de profesar una religión cuyos dogni.as difieren de los de la es–

table<lida en el país.

Agreg9 algunas observaciones sobre la situación de la Iglesia, traducidas de un breve informe que me su1ti.inistró el Canónigo Castilla. Tengo toda clase de razones para creerlo fidedigno, fundándome en pruebas que lo confirman.

En la República deCentro·América hay 300 parroquias, muchas de las cuales comprenden des– de dos hasta cuatro pueblos; cada cual tiene su Cura y se puede calcular que uno COn otro reciben un estipendio anual de 1,500 pesos o sean ~ 300 cada uno. En Guatemala, hay actualmente una catedral que tiene Obispos y Canónigos. OBISPOS SUFRAGANEOS

En León de Nicaragua, hay una Catedral, un Obispo y Canónigos. En Comayagua, una Ca~dral, un Obíspo y Canónigos. En Ciudad Real, una Catedral, un Obispo y Canónigos.

y se agita la cuestión de erigir dos obispados: Uno en San Salvador y otra en Costa Rica,

Los comunidades religiosas pertenecen a las órdenes de San Francisco, Santo Domingo (muy rica), San Agustín, San Felipe Neri, Belén (con un hospital), Nuestra Señora de la Merced y de la Reforma

y San Pedro de Alcántara,

Estos grandes cpnventos de la capital tienen otros más pequeños en las demás ciudades y pue– blos de la República, y en totalidad puede haber en ellos uno.s 300 religiosos. Cada convento mantie· ne uDa escuela grat~ita para los pobres, en la cual se ense~a a leer, escribir y contar, así como los

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