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hiernos de El Salvador y de Guatemala con relación a los Jesuítas y que se insiste por aquéllos que sean expulsados :del territorio."

Sin embargo, el Presidente había trazado ya su línea de couducta a la cual sería fiel durante toda su admini¡;;tracióu: los Jesuit.as no serían expulsados. Los sentimientos religio– sos del señor Chamorro, sus ideas políticas, lo que había prometido al P. San Román y últimamente la decidida acti– tud de Su Santidad lo impulsaron a trazarse esta norma. Pero no queriendo también. proporcionar más pretextos a los enemigos de los Jesuítas para intranquilizar a Nicara– gua, díó las siguientes instrucciones:

"Palacio Nacional, setiembre 9 de 1875.-Señor Goberna– dor Intendente de San Juan del Sur.

"El señor Presidente, previendo que, con motivo del ase– sinato del Mandatario del Ecuador (65) y de los S\1cesos a que este hecllO puede haber dado lugar, sean expulsados o emigren voluntal'iamente de aquella República algunos miem– bros de la orden de Jesuítas o de otras corporaciones reli– giosas, y pretendan asilal'se en ésta, lo que indudablemente es perjudicial a los intereses del país y puede contribuir a aumentar el malestar ocasionado por los que emigraron de Guatemala, me ha autorizado para prevenir a Ud. que en el caso qae se realizase esta previsión e intentasen dichos emi– grados llsilarse en nuestro territorio, lo impida Ud., prohi· biendo al efecto su desembarco en ese puerto.

"Esta orden no es extensiva ll- los Padres .Jesuítas Es"

llaña, Cáceres y Castañeda (jue en 11'0. de julio último salieron de la República para Costa Rica.

"Y lo comunico a Ud. para su puntual cumplimiellto, firmándome su Atto. S. S.-Cárdenas. (66)

Igual comunicación s.e le pasó al Comandante de Col'into. Estas precauciones no sólo se tomaban por lo que hace a los Jesuítas, sino a todo aquello que pudiera dar pretexto a los Estados occidentales para justificar su hostilidad contra Nic31'aglla. Por eso, cuando el escritor hondureño don Alva– ro 'Contreras, refugiado en Nicaragua desde la paz de Chal– chuapa, pedía que el Gobierno le ayudara a fundar un pe– riódico para triturar con su palabra de fuego y con la hala roja de su pensamiento a los gobiernos que en Guatemala

y El Salvador perseguían las libertades públicas, "el señor Chomorro, con la calma que le caracteriza, opuso una resis– tencia, moderada pero constante, a la solicitud que hacía de que se le protegiese liberalmente para el restablecimiento de su América Central. Entre otras razones le manifestaba: que si es verdad que estaba dispuesto a hacer toda especie de sacrificios, el de su fortuna y familia y el de su propia existencia por salvar los fueroS y la dignidad de la Nación, creía de BU deber no provocar a ninguno de los Gobiernos a una guerra desastrosa, ni tenía yohmtad de dar el menor pre– texto que sirYicse de justificación a las hostilidades de que era objeto Nicaragua. El Ministerio todo, no sabiendo qué hacer con un amigo entusiasta que manifestaba tanto deseo

de desahogar sus sentimientos, propuso se le auxiliase para que saliese del país y fuera a establecerse a otra parte." (67)

Así fllé que, de acuerdo con aquella norma de conducta, respecto de los Jesuítas, cuando el Ejecutivo fue interpelado por el representante don Manuel Cuadra, el Ministro del ramo contestó lo siguiente:

"Managua, enero 21 de 1876.-Honorables señores Se– cretarios de la Cámara de Diputados.

Señores: Puse en conocimiento de S. E. el señor Presi– dente de la República el oficio de usías de n

de los corrien· tes, relativo a pedir al Ejecutivo, por acuerdo de esa Honora– ble Cámara, informe respecto de si se ha establecido en la República la orden religiosa de la Compañía de Jesús, como lo previene el artículo 20 del Concordato; y que, de no estar establecida dicha orden, se dé cuenta con las razones que se hayan tenido para tolerar, contra lás prescripciones de la ley federal de 7 de setiembre de 1829 y decreto legislativo del Estado de 8 de enero de 1830, la incorporación de jóvenes nicaragüenses a una orden religiosa que no puede ejerecer en el país ninguna función regular, como es la iniciación de nuevos iniembros. . "Aquel alto funcionario, después de haberse impuesto del asunto, me dió instrucciones para contestar en los términos– que paso a exponer.

(65) GUl'cía Ml'eno asesinn.<io el 6 dc Agosto de 1875

(66) Archivo de Esteban Escobar.

(67) Gaceta de 1877, páginas 416,

"La orden de la Compañia de JéSÚB no se halla estable. cida en la República, pues los RR. PP. Jesuitas, 'aSilados en el país, existen completamente secularizados, sujetos a las leyes; de la misma manera que los demás eclesiásticos de la Diócesis. .

"De modo que, si lós .decreto.s de 7 de septiembre de 1829 y de 8 de enero de 1830 no hubieran sido derogados POI'

el Art. 20 del Concordato, en nada se les habría contraveni. do con la permanencia de los Padres. .

"F,:n' erecto, estos eclesiásticos no podían residir ep. Ni· caragua de otra manera sin contrariar la voluntad de Su Santidiid el Sumo Pontífice, expresaúa en el ArL ,2.0 .del ~n·

cordaté?, <Jue, a más de ser lUta ley civil, es también un·a ley canónicá, ,pues no habiendo ningún acuerdo, ni iI).tentándose siquier'a entre la autoridad eclesiástica y el Gobierno, los Je. suitas no pueden subsistir en calidad de orden religiosa; por el tenor del Art. 20 del Concordato ya citado, que, dice: "Los Obispos podrán establecer órdenes o congregaciones religio. sas de regulares de ambos sexos en sus propias Diócesis según lo prescriben los Sagrados Cánones; pel'O deberán po: nerse de acuerdo al intento con el Gobierno".

"Ahora, si los RR. viven juntos sujetos a' reglas de. terminadas, e~o será en asociación voluntaria y de pura con. ciE;ncia., sin que puedan impenetrar el auxilio del brazo seglar l)ar8 sus determinadones. _

"Esta asociación voluntaria no puede ilUI)edirla. el Go. bierno, porque, según el Art. 80 de nuestra COl\stitucion, ningúll poder tiene facultad para anular en la sustancia ni en sus dectos, los ac!(}s públicos y privados que no sean prohibidos por una ley preexistente. Por este mismo pre. cepto no le incumbe intervenir en la entrega qne algllnOS padres de familia hayan hecho de sus hijos a los PP. de la Compañía de Jesús. - -",fIlIsta hoy, a los Jesuitas asilados no se les ha visto ingerirse en los asuntos políticos del país, coilti'ariando': su misióii evangélica de paz, de beneficencia, de orden y dé obe· diencia a las autoridades legítimas: mas si, por desgracia, en lo Sucesivo faUando a sus deberes, se mezdasen en los negociOs temporales de la República, se les tratará según lo

dispongan las leyes. _ ,. ,

< ·"Sírvanse usías llevar esta contestación al alto conoci. miento de esa Honorable Cámara ~' admitir las retiradas protestas de mi aprecio y respeto. (f) Rosalió Cortés"_ Este asunto de los Jesuitas fue uno de los que más am~l'­

goarÓn la yida pública de don Pedro Joaquín Chamorro; sobre todo al tiempo de su desenlace, como veremos adelante. De él se valieron sus enemigos para denigrarlo. . Se le llegó

hasta acusar de que había empleado su influencia oficial pa–

ra sacar del noviciado a tm joven guatemalteco y dar gusto al Presidente Barrios de Guatemala.

He aquí lo que llasó según don Dionisio Chamorro. lo refiere, en El Diario Nicaragiiense del 21 de octubre dé· 1886;

y dt"mos esta autoridad, tanto porque esbemos }jeguros de su buena información, como del elevado carácter' moral .,de

don Qionisio, incapaz de una mentira ni aún por fuvol'ecel' a

SLl hel:m:':1l0:

"Se' refiere otro hecho de IIna manera calculada ¡¡~ra

atraer sobre mi hermano Pedro Joaquín la animosid~dde

ciertas ·gentcs. Aludo a la historia del novicio gu'aterit'lilteco

y lid. permiso que solicitó el Reverendo Padre dOl1 Mario Valentúela para funuar en el país UIta escuela. "Los hechos pasaron de esta manera:

~'El General Barrios Se dirigió al Presidente. de la Re· l)úblíca reclamándole a un joven guatemalteco, a

quien se decía que los Padres Jesuitas ret.enían contra su voluntad·, y

le ácompañó una cada, del padre del joven, en el mismo sentido, pidiéndole lo protegiese y lo devolyi~é a Guate-

m~ . .

"El Presidente comisionó al Prefecto de León' para que averiguaRe la verdad, y no habiendo dado resúltado alguno este paso, se dirigió al Superior, pidiéndole que en"iase 'al joven, que llegó acompañado del Padre don Mario Valenzue· la. Después de haber manifestado a éste el encargo que te· nia de Guatemala, condujo al joven a una pieza interior, .·Ie leyó las cal'tas del Presidente de Guatemala ~' de ·su }ladre, le interrogó minuciosamente sobre su situación, exigiendole que le dijera con toda franqueza si realmente esh}ba 'violen– tado, o(l'eciéIldole que en este caso estaba dispuesto a da¡'¡e toda protección hasta ponerlo en el seno de su. familia, sin que tuviera necesidad de que volviera a los Padres. El joven manifestó resueltamente que estaba con toda su voluntad en el noviciado, y que su vocación era ser Jesuíta. Entonces el

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