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fa1±a insistir en la injusticia y el ventajismo que la composición de ese Tribunal significaba. Venezuela, la parfe más débil, fue privada de sus derechos a parficipar directamente en las deliberaciones sobre un asunto que incumbia a su integridad y sobera– nía. Por mucho celo e interés que desplegaran los árbitros americanos Fuller y Brewer, éstos nunca po– dían sentir en carne propia la afrenla del despojo.

El laudo arbitral de 1899

En enero de 1899 se reunió en París el Tribunal integrado por cinco jueces: los británicos Lord Russell, Justicia Mayor de Inglaterra y Lord Collins, Justicia de la Corfe Suprema de la Gran Bretaña; dos nor– teamericanos, M. Fuller, Presidente de la Corle Su– prema de Justicia de los Estados Unidos y D. Brewer, Magistrado de la misma Code; y corno Presidente, el profesor ruso de derecho internacional F. de Mar– tenso Este personaje, ampliamente conocido en la Europa de su tiempo, no ocultaba sus teorías sobre el colonialismo. En 1878 escribió una obra titulada: "Rusia e Inqlaterra en el Asia central". En la misma expone la idea de que ambas potencias estaban des– iinadas por Dios para conquislar y civilizar a los pueblos semibárbaros. Para de Marlens, Venezuela, no cabe duda, entraba en esta categoría. Nada de extraño iiene que al ser erigido corno árbitro para dirirnir una cuesiión territorial entre Inglaterra, país con una "misión divina" y la pobre y débil Vene– zuela. la balanza de la justicia del ruso se inclinara del lado de los ingleses. La actitud de los británicos en el Tribunal se puso de manifiesto cuando su principal abogado, Sir Richard Webster increpó al Tribunal para que otorgasen el territorio en disputa a Gran Bretaña, la potencia capaz de transformar la selva en centro de población y llevar léi cu1±ura a la región. ¿Cómo se iba a entregar a Venezuela, un país semibárbáro y atrasado y de permanente convulsión política? En vano replicó el General Ha– rrison como abogado de Venezuela. No era la debi– lidad .o fortaleza la que debía tornarse en cuenta en las disputas territoriales, sino los derechos de cada U-71.a de las parles en litigio.

Después de sesionar varios meses, el Tribunal Arbitral dició sentencia el 3 de oC±ubre de 1899. La frontera conmenzaría en Punta Playa, a varias mi–

llas de la desembocadura del Orinoco, y remataría, por el sur, en la fuente del río Corentin.

La sentencia oiorgaba a Venezuela una zona en la desembocadura del Orinoca y una pequeña faja, considerada com.o palúdica, al sur del Venamo: to– tal, unas 5.000 millas cuadradas de las 60.000 en disputa. La nueva frontera coincidía, sustancialmen~

te, con la línea Schonburgk expandida y privaba a nuestro país de un inmenso territorio que le per– tenecía por títulos claros y genuinos.

Es evidente que los árbitros británicos no actua– ron como jueces, sino corno abogados y parle in– teresada en la causa. Es también evidente que el Presidente del Tribunal hizo presión sobre los árbi– tros norteamericanos para que aceptaran la línea pro– puesla por de Marlens, línea que había sido frazada tres meses antes por el Colonial Office.

La sentencia del Tribunal de París fue resuliado de una componenda entre el Presidente del Tribunal

V los árbitros ingleses. El famoso memorándum de Mallet-Prevos±, uno de los abogados de Venezuela ante el Tribunal Arbi±ral, documento que fue publi– cado por "The American J ournal of In±ernationaJ. Law" en julio de 1949, revela toda la verdad de lo ocurrido en París. Este memorándum es singular– mente revelador, pues fue diC±ado por su autor po– .cos años antes de su muerle. Quería, de esta manera, uno de los más importantes personajes de este dra– ma, liberar su conciencia de escrúpulos ante la His– toria y revelar en forma clara y categórica la ver– dad de los hechos. El mismo Mallet-Prevos± confie– sa que estuvo de acuerdo con el General Harrison, el principal abogado de Venezuela, en aceptar la

línea propuesta por de Marfens a fin de salvarle a Venezuela las bocas del Orinoco. Pero el mismo con– fiesa que la sentencia "fue injusta para Venezuela, y la despojó de un territorio muy extenso e impor– tan:te, sobre el cual la Gran Bretaña no tenía, en mi opinión, la menor sobra de derecho".

Por otra parle, es de advertir que los jueces se excedieron en su mandato al decretar la libre na– vegación de los ríos Barima y Arnacuro. Nada había en el Tra±ado de 1877 que los faculiara para tomar esta medida.

La injusticia de la sentencia se puso de mani– fieslo de inmediato, no sólo para los venezolanos, sino, inclusive, para los propios ingleses.

En nota dirigida a su gobierno el 4 de octubre de 1899 por el Dr. José María Rojas, Agente del Go– biem.o de Venezuela ante el Tribunal de Arbitraje, manifestaba su "sorpresa inexplicable" por "el pro– ceder del Presidente del Tribunal, señor De Mar– tens" , y añadía: "lo que no podremos saber jamás es el motivo que haya tenido el Sr. De Madens para proceder así". Los venezolanos de hoy sí cono– cernos los móviles de la conducta del árbitro ruso en aquella coyuntura.

Ese mismo día, el periódico "The Times", de Londres, publicaba una declaración formulada a la Agencia Reuter por los señores Malle±-Prevost y el ex-presidente Harrison, en la cual manifestaban que nada había en la historia de la controversia que explicase adecuadamente la línea fronteriza estable– cida en el Laudo.

Por su parte, la conocida revista humorística PUNCH, publicaba, a pocos días del Laudo de París en la podada, una magnífica caricatura en la que aparecía Lord Salisbury saliendo precipüadamente de la sala de sesiones, llevándose consigo los docu"– mentas del litigio, la línea Schomburgk y las minas y los bosques de las 60.000 millas cuadradas arre– batadas a Venezuela,- mientras en tono burlón ex– clamaba: "I like arbitra±ion - in ±he PROPER PLA– CE! La revista inglesa Review of Reviews, añadía que el territorio otorgado por la sentencia a Vene– zuela no valía ni "un billete de 5 libras".

La prensa venezolana de la época protestó vigo– rosamente contra la injusticia del Laudo. Pero lamen– ±ablemen±e las circunstancias políticas por las que atravesaba el país no eran las más halagüeñas: el gobierno se encontraba en estado de iotal descom– posición frente al avance de Castro y sus andinos. El Presidente Andrade se daba a la fuga y el cau– dillo de Capacho ±omaba posesión del Capitolio. El estado de guerra civil en que se encontraba el país, relegaba lamentablemente a un plano ,secundario asunto de tanta impodancia corno el ventilado por aquellos días en París. Por encima de estas circuns– tancias desfavorables, el sentimiento público vene– zolano se expresó, siempre, en forma adversa con– ira una sentencia que lesionaba intereses vüales de la Nación.

El gobierno de Venezuela, a su vez, en varias oporlunidades ha dejado constancia de su protesta por la injusticia que enfraña el mal llamado Laudo Arbitral de 1899.

La reclamación sobre el tapete

Le correspondió al gobieno del Presidente Be– ±ancoud el mérito de haber replanteado. en forma enérgica y decidida, la reclamación venezolana so– bre la Guayaha en el foro internacional. El 12 de noviembre de 1962, el entonces Canciller de la Re– pública, Dr. Marcos Falcón Briceño, se expresaba de la siguiente manera en el seno de la Comisión Política de las Naciones Unidas: "Hoy, Venezuela tiene las pruebas de la forma arbüraria y contraria a derecho en que fu~ decidida la cuestión por el Laudo de 1899, y la existencia de la Carla de las Naciones Uniaas le permite actuar en condiciones muy difeientés a las infortunadas del siglo pasado".

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