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« Previous Page Table of Contents Next Page »oflicio, no hoy uno coordinación efectivo entre los polí– tiCOS del poder ejecutivo y los de sus organismos des– centralizados funcionalmente Algunos veces ellos
se>" antagónicas, incompatibles e incongruentes, agra–
vando el movimiento centrífugo del poder, sin que poralelamente aquéllos tengan lo correspondiente res– ponsabilidad ante el público, que en último instancio
siempre permanece en el poder ejecutivo, es decir, que
no hoy lo necesario correspondncia entre el poder que se detento y lo responsabilidad
18 El poder ejecutivo ,especialmente o través de su Presidente, tiene cierto influencio de carócter personal, individualmente en los miembros de aquellos juntos directivos, puesto que el origen de su nombra– miento por lo general se lo deben o él Pero, eso in– fluencio no siempre se ejerce en formo conjunto por varias hechos, entre los cuales, los mós importantes son
o) lo institucionalización que se opera sobre ellos al ser usualmente reemplazados de manera parcial y paulatino y sólo por excepción de
una vez,
bl lo carencia de po[íticas estratégicos definidos 01 nivel del poder ejecutivo que orienten claro y precisamente la actuación de esos or· ganismas descentralizados,
el [o frecuente designación en esos juntos de personas no capacitadas, unida al hecho de que o niveles de ejecución y asesoría técnicas
existe, en algunos de esos organismos, perso·
nell altamente calificado y que tiene mayor esiabilidad que los directivos,
d) lo existencia, por los razones mencionados en
el, de uno fuerzo de inercia que mantiene lo dirección del organismo según lo orienta–
ción que traía y que, en lo ausencia de un
esfuerzo poderoso que lo modifique, tiende o crear un proceso autoperpetuonte; y
el Id coexistencia de diferentes criterios partidis– tas en los juntos, cuando el sistema de reno–
vación de sus miembros no es completo ni si·
multáneo con el cambio de gobierno.
19 -los nombramientos de gerentes o directores en esos organismos descentralizados funcionalmente no son hechos con un criterio racional, manteniéndose
lo mismo concepción de confianza o partidista, lo que agravo lo situación anteriormente expresada, dada lo naturaleza de esas funciones que ameritan liderazgo, autoridad técnico y capacidad administrativo que no pueden improvisarse
Otro característico que merece un comentario especial es que, en cuatro de los países de lo región, el origen del nombramiento de los gerentes o directores no proviene de los juntos directivas sino directa o indi– rectamente del Presidente de la República, lo cual in,
traduce un factor perturbador porque aquéllos tienen una dualidad de lealtades.
20 -El nombramiento de los auditores en esos organismos descentralizados es hecho en cinco países por las juntos directivos y sólo en un país proviene de la contralorío general, siendo ellos, en el último coso, funcionarios de lo misma y actuando Cama unidades sectoriales
21 -En los organismos descentralizados no existe
frecuentemente sistema de méritos, en su acepción
técnico Así, o pesar de que en muchos de ellos se aplican pruebas de idoneidad tal y como se hocen para lo selección boja aquel sistema, lo escogencia se realizo con un criterio en el que los resultados de los pruebas,
si es que existen y se toman en ,cuento, ocupan un lugar
secundario
los ascensos son acordados mediante un proce–
d¡miente;> similar, sólo que en esos casos el factor más
importahte que determina lo promoción es generalmen– te lo antigüedad del servidor
No obstante Jo dicho, a Jos puestos más altos se llego casi siempre por razones de politica partidista, amistad, parentesco o por pertenecer o 10 pequeño élite que se formo en codo uno de esos organismos y que constituye un círculo cerrado
Cuando existen normas de administrdción de per– sonal y también hay sistema de méritos para el go– bierno central, aquéllos son diferentes de éstos y varian
además de institución a institución
las disposiciones acerco de personal estón conte– nidos generalmente en los leyes orgánicos y en los reglamentos de esos entes descentralizados y no forman porte de un estatuto aplicable o todo el personal del sector pública, lo que limito las necesarios relaciones lineales y técnicos que deberían existir con lo unidad
normativa central
22 -Se ha indicado yo, pero es necesario hacer énfasis. nuevamente, en que no hoy dentro de los orga– nismos descentralizados funcionalmente unidades sec– toriales de planificación, presupuesto, estadístico, ni
anólisis administrativo y que, cuando existen con crite– rio rudimentario, no tienen ninguna relación técnica °
lineal con lo oficina central normativo
los procedimientos imperantes dentro de esos organismos descentralizados poro lo aprobación de sus
planes, presupuestos, investigaciones, reorganizaciones, etc, no trascienden, en la práctica, de sus propios ám–
bitos, o pesar de que en unos pocos países existen cier– tos regulacione, que no cumplen y que de hacerlo
permitirían una comunicación con el poder ejecutivo o
con el legislativo, cuando éste ha dado tales funciones a su órgano auxiliar de control
23 -Todos los hechos mencionados indican que lo parte más grande e importante del sector público -los organismos descentralizados funcionalmente– ha roto en lo práctico lo unidad del Estado, para cons– tituirse en un archipiélago en dónde sus componentes actúan sin orden ni concierto y sin un grado minimo de coordinación ni compatibilización de propósitos De -21-
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