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« Previous Page Table of Contents Next Page »NUESTRA SITUACION ADMINISTRATIVA
Este trabajo representa el primer intento global de conocimiento e illlterpretación de la situación administrativa del sector público en el Istmo Centroamericano, hecho por la ESAPAC con la finalidad de proporcionar a los gobiernos de cada país una base sólida para el cambio administrativo que se impone como una de las precondiciones esenciales pa– ra que el Estado pueda cumplir cabalmente el rol que le cabe en la política de desarrollo.
Para ello, ha sido indispensable identificar de una manera sistemática y objetiva los factores tanto exógenos como endógenos determinantes de esa situación, a fin de que se tome plena conciencia de las fallas fundamentales de que padecen esas administraciones y que es imperioso corregir si se pretende llevar a cabo una auténtica acción de transforma– ción económica, social y cultural.
El estudio crítico de la actual situación administrativa del Istmo Centroamericano, que es parte de este trabajo, no debe ser interpretado como revelador de fenómenos pecu– liares de la región, ya que si este tipo de investigación se extendiera a otra~ áreas, y se interpretase y expresase con la misma franqueza que se ha hecho éSlte, seguramente pa– tentizaría la existencia de similares o peores problemas en ellas. Antes bien, este estudio representa una tentativa deliberada dentro de un conj¡unto de esfuerzos, tal como el Pro– grama de Integración Económica del Istmo Centroamericano, que evidencia ese interés para lograr una superación del nivel actual de desarrollo de esos países.
Esa superación se hace imperiosa ya que a un estado de subdesarrollo corresponde necesariamente una subadministración que, en el mejor de los casos, sólo es eficiente para mantener el statu quo pero nunca para posibilitar la concreción de metas más altas y perspecltivas nuevas para los pueblos.
CONCEPCION DEL ESTADO
1 -En todos los países del Istmo Centroamericano existen disposiciones constitucionales que definen la composición del Estado en los tres poderes clásicos legislativo que formula las leyes, ejecutivo que las apli– ca y judicial que las interpreta y administra justicia En un país, además, se da categoría de poder a la fun– ción electoral y en otro el poder judicial no interpreta la ley y sólo administra justicia
En ninguno de esos países existe
l
sin embargo, una
concepción nacional, es decir, en el pueblo, sobre la composición del Estado en poderes, salvo en los grupos de mayor culturo
Este hecho hace que se conceptúe que el poder ejecutivo es sinónimo de gobierno y por lo tanto tiene mayor preponderancia que los otros
Es bastante frecuente encontrar también, al nivel institucional y en criterio de muchos funcionarios de organismos descentralizados, la concepción de que ellos no forman parte del Estado y, consecuencia, asu– men una actitud acorde con tal errado criterio, que se
exterioriza entre otros hechos en su renuencia a que se
les considere como funcionarios o empleados públicos No existen definiciones precisas de los li'mites fun– cionales de cada poder, Por otro lado, las disposiciones
vigentes no dan el marco orgánico a cada uno de ellos, lo cual crea problemas de jurisdicción y de interrelación de esos poderes
Como solución más frecuente a tales anomalias, el poder ejecutivo asume mayor ámbito de actuación, como resultante, además, de la falta de conciencia nacional sobre la división de poderes yola presión que se ejerce para que el Presidente de la República arbitre solución a todos los problemas
2,-La mayoría de las constituciones vigentes en los países del Istmo Centroamericano no dan las bases filosóficas fundamentales, ni concretan las metas para el establecimiento de políticas nacionales de desarrollo integrado
Con los elementos de juicio que se tienen, no es posible determinar con precisión el rol del Estado en el proceso de desarrollo, excepto en un país en donde la constitución atribuye primariamente dicha función al sector privado y en su defecto al sector público
Las deficiencias constitucionales apuntadas se es– tán superando en parte a través de disposiciones jurí– dicas relacionadas con planificación y otros intentos
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