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que se consagran teodas más modernas y halagadoars aunque no más prácticas?

Con esa CoristituCin de 1858, con esos códigos que "difícilmente podlon ser peores", florecen en Ni– corag\lO todas las libertades, el país progresa, lo familia na afronto conflictos que más tarde importarán el ma– trimonio Civil y el divorcio, y sin embargo el liberalismo pide reformas, nuevas leyes.

y sucede lo de siempre esas leyes se reforman, se escribe una ConstituCión ton utópica que merece ser

llamada por antonomasia lo libérrima, sin duda porque se hablabo eh ella de todas las libertades individuales, y también de todas los tiranías contra la Iglesia Cató– lica, es decir, contra lo que constituye la ideología religiosa del pueblo nicaragüense Esa Constitución se cumple en lo que contiene de odioso y es letra muerto en lo que debió haber sido garantía de la soCiedad También se reforman los códigos, pero el pueblo nica– ragüense fue más libre, mejor gobernado, más feliz con aquellas leyes calificados de absurdas que con los be– lios cantos ditirámbicos a la libertad y el progreso.

33 - La candidatUl'a de Carazo y los derechos del ciudadano (1878)

Desde que apareCiá la candidatura de don Eva– risto Carozo para la Presidencia de la República en el período de 1879 a 1883, Guzmán la acogió con calor Esta candidatura es un punto de apoyo para atacar al Gobierno y un pretexta para seguir propagando las ideas liberales

El Director y Redactor de Lo Prensa, temiendo que le crean afiliado o una de 105 pandillas en que se divide lo opinin pública de Nicaragua o a un eí'rculo persona– lista, se apresura o explicar su actitud

"Hoy sostiene -"La Prensa"- la candidatura de Carozo parque esa es la candidatura del liberalis– mo ."

"Bástanos conocer las ideas, las tendencias

y el espíritu que animan al señor Carozo, poro tenerle por libera!" "Cualquiera que profese sus mismos

principios, puede servir a nuestros propósitos" "Re_

pitómoslo mil veces, puesto que así es necesario los partidarios ele Carozo rio somos carocistas, somos libe–

rales".

Uno de los mejores artículos que Guzmán public6 en aquello época, es el que llevo por rótulo Los dere– chos del ciudadano, editorial de "Lo Prensa" que salió el 21 de Septiembre de 1878 Si la ocasión que dictó tales lineas fue inop6rtllna y sólo explicable por el or– dar dé la lucha electoral, en cambio los ideas que con· tienen resultan acertadas para muchas épocas de nuestro "'istoria, y son verdadera doctrina poli·líco y soCial, dignós de cualquier expositor del derecho ¿ons– titucional

En pocas ocasiones, sin embargo, fueron menos

oportunas que en el debate cívico de 1878 Se sabe que, entonces como nunca, fueron libres las elecciones de autoridades supremas por las que resultó triunfante el Gral Joaquín Zavala, y no citaré como pruebas las muestras de público reconocimiento que por su con– ducta recibió el Sr Presidente, sino el hecho de haber sido electo diputado suplente por el distrito de Rivas el propio Guzmán, y la confesión escrita, espontánea de liberales de tan indudable firmeza como los licencia– dos don Hermenegildo Zepeda y D. Buenaventura Selva, dan Francisco Baca, don Rafael Salinas, don Fernando S6nchez, don Basilio Marín y otros persona– jes de León

Por otra parte el artículo Las derechos del ciuda–

dano es valiente y verdadero por lo que hace a la doc– trina, y sin duda calificaría yo a su autor de temerario por atreverse o lo que en ,Otros tiempos, cuando man– d?bo el liberalismo, le hubiera valido un viaje impro– VIsado a lomo de mula camino a la frontera, a haber

sido metido en la bodega del primer buque que tocara en puerto, si no fuera que Guzmón sabía y confesaba que desde que gobernaba en Nicaragua el Partido Conservador, la libertad de escribir habí'a dejado de ser

un mito

Siguiendo el plan que me he trazado para escribir esto biografío crítica, copiaré párrafos del artículo Los derechos del ciudadano, tanta para dar o conocer la ideología de nuestro escritor, como paro desmentir a aquellos que, por no conocer la extensa la\;>or suya, propalan que jamás escribi6 coso de importoncia Esos párrafos son los siguientes

"Pero el pueblo no debe doblegar la cabeza ante las amenazas Su deber es enfrentarse a la interven– ción, su derecho resistirle por cuantos medios estén a

su alcance

"La autoridad es tal autoridad sólo en cuanto se mantiene dentro de los lí'mites que las leyes le ~eñalan

La autoridad tiene una misión cierta, fija, determina– da Sus pasos están marcados por la I,ey, y tcidos 105

que dan en el camino de la ley son dignos y respetables "Pero la arbitrariedad principia donde la ley con– cluye, y los pueblos no estím obligados a doblegarse ante la arbitrariedad La resistercia ante los abusos de la autoridad es ese sagrado derecho de defensa per– sonal aplicado a los relaciones de los gobiernos con los pueblos

"Nicaragua ha comprado yo a un alto precio el titulo de prudente Ahora le importa probar que me– rece también el honroso dictado de pueblo libre

"Todas las libertades de un país son farsa y em– beleco, si los ciudadanos de ese país no se hallan dis– puestos a defenderlas hasta con riesgo de su propia vida

liLa autoridad, como antes he d¡~ho, no es ¡nvio...

lable Desde el momento que un funcionario público olvida sus deberes, hasta el punto de convertir en ele– mentos de opresión las armas que el país puso en sus manos para proteger los derechos del ciudadano, ese funcionario, lIámase Presidente, Prefecto o Alguacil, ya no representa la majestad de la ley, es un facineroso armado, es una amenaza paro la sociedad, que está ampliamente facultada para agarrrle por el cuello y

hacerle entror en rozón

"Los pueblos no deben olvidarlo Lqs violencias que parten de arriba provocan las resistencias que sur– gen de abajo, y cuando a déspecho de la Constitución y de las leyes se quiere aprehender a un ciudadano pa– ra impedirle el ejercicio de una facultad legal, ¿no es -31-

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