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« Previous Page Table of Contents Next Page »por lo tanto, ese Gobierno usurpó la soberanía del pueblo y contrató sobre lo que no estaba en el comercio.
NECESIDAD DE CONSULTAR AL PUEBLO
El Gobierno de Nicaragua está en el deber de rectificar el error político cometido 01 ceJ~
brar el Tratado Bryan Chamarra, consultando plebiscitariamente la opinión pública nicaragüénse
y procediendo de acuerdo con esa consulta.
SOBRE LA ENCUESTA
Como la Encuesta de REVISTA CONSERVADORA está fundamentada en el supuesto de que el Tratado Bryan-Chamorro es una simple opción para la construcción de un canal interoceá–
nico por territorio de Nicaragua, juzgamos prudente abstenernos de contestar las preguntas que 'se nos hace, ya que la tesis sustentada por nosotros en relación al referido tratado es fundamen–
talmente opuesta a la que sirve de base a dicha encuesta.
EMILIO ALVAREZ MONTALVAN
Ex-Vice Presidente del Partido Conservador de Nicaragua,
Presidente del Instituto Social Nicaragüense.
La única iniciativa que Nicaragua debería emprender en estos momentos, respecto al Tra– tado canalera Chamorro-Bryan, sería la de solicitar se cambie la cláusula de opción a perpetuidad, pOr otra a plazo fijo. Es verdad que hasta la fecha los términos del Tratado nO nos han perjudi– cado, porque en la realidad, la única potencia capaz de construirlo hoy en díb, sigue siendo los Estados Unidos de América yeso es lo que reconocen las voces del Tratado. Pero esto no significa que el desarrollo de las instituciones internacionales, el aflojamiento de las tensiones, la disponibilidad de créditos, de asistencia técnica, etc., puedan permitir en el futuro, otras opbrtu– nidades más ventajosas para Nicaragua. Esas negociaciones,. para limitar a un plazo fijó Id op– ción de construir el Canal por los Estados Unidos, deberían empe~arse cuanto antes y dentro del c;lima de buena voluntad mutua que actualme....te existe entré los dos países, sin aires dernagÓgi. cos, ni ptesiones de ningunq especie. Todas Jos otras preguntas, planteados por Su ~nc~esta,
serían de consideración posterior y estaríah en todo Caso sujetas al interés e iniéiotivo que de– muestren los Estados Unidos. Es decir, déjémosles a ellós4:¡ye nos pidan negacior el Tróto~o de Construcción y a base de ello, fijemosles las condiCiones. ,Ett otra fótmo, apor,eceríamos más cm~
siosos que ellos en construir el canal, y por lo tanto en condiiones inferiores de negociar, lo cual ni es, ni debe ser el caso.
REINALDO ANTONIO TEFEL
Licenciado en Ciencias Políticas y Económicas
En primer lugar deseo expresarles que disiento del planteamiento hecho por Uds., ya que dan por sentado que la construcción del canal debe ser sobre la base jurídica del Tra– tado ~hamorro-Bryan.
,Estoy en desacuerdo en ese punto fundamental por el siguiente argumento: El Tratado Cham9rro-Bryan es fruto y símbolo de una política y de una etapa histórica en superación, la
polític~ de Big Stick. Etapa y política repudiada por la opinión pública latinoamericana y aun por Jo ¡más representativo/del pensamiento progresista de los Estados Unidos. Como ejemplo de estos últimos basta citar al gran Presidente Kennedy.
El Tratado Chamorro-Bryan ha sido piedra de escándalo en las relaciones interamericanas. Ha desacreditado a los Estados Unidos y a Nicaragua. Y es causa de malentendidos. Así lo comprendió el propio hombre que lo firmó por el Gobierno de Nicaragua, el General Emiliano Chamarra, quien reclamó su denuncia cuando permanecía exilado en México.
'Este Tratado lleva en sí tal carga emocional y perturbadora, que aun en el supuesto hipoté– tico q~e se probara que no es anti-constitucional ni resivo a nuestra dignidad, debe ser denun– ciado por Nicaragua y aceptada tal actitud por los Estados Unidos, en aras de la conveniencia nacional, no sólo de nuestra Patria, sino también de los propios Estados Unidos, quienes sufrir6n mengua en su reputación mientras esté vigente dicho Tratado.
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