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" ... permítame informar a V.E. que el Presidente Taft, cuando sometió la Convención de Canal de 1913 (Chamorro-Weitzel) entre los Estados Unidos y Nicaragua, a la aprobación del Senado de los Estados Unidos, habló de que la Convención daba a los Estados Unidos • "Ja opción exclusiva a perpetuidad para construir un canal interoceánico por la ruta de Ni– caragua", y más tarde, el Secretario Bryan aludió a aquella Convención como una opción". La nota Stimson al Presidente General Moneada, dijo: '"

'1 ..• Yo no sé que acción tomará el Congreso, pero tengo confianza de que cuando el Go– bierno de los Estados Unidos decida ejercer la opción ofrecida bajo el Tratado, el Gobierno de Nicaragua no faltará en tomar la acción que considere necesaria de su parte a fin de asegurar la realización del objetivo del Tratado".

3 Salvar, en primer término, el principio de soberanía; participación en las utilidades en for– ma sustancial; igualdad de condiciones de trabajo de norteamericanos y nicaragüenses en cuanto a tiempo, salario y sueldos, afirmar dentro de la Zona del Canal el derecho a que se enseñe el español en la faja canalera; libertad de cultos y el ejercicio de todos los de– rechos y garantías de nuestra Constitución Política en su jurisdicción.

4 Sí. Nicaragua debe contribuir en forma amplia y, sin equívocos, a la defensa del Con– tinente. Los tratados hablan muy claro sobre el particular.

5 No cabe duda que los Estados Unidos están en mayor capacidad para administrar el Canal por Nicaragua. En cuanto a posesión, dejo expuesto mi criterio, salvando la soberanía y derechos inalienables que le son adscritos.

6 Nicaragua no debe, ni puede compartir con ninguna nación sus derechos indiscutibles.

7 No creo en los Organismos Internacionales, ni regionales, para actuar en mejor forma que los Gobiernos contratantes. En nuestra América esos Organismos han desempeñado el triste papel de Celestinas ...

8 Cualesquiera que sean los peligros que se ciernan sobre eJ mundo Occidental, Nicaragua no debe rehuir el puesto de combate que le corresponde. Con entereza debe afrontar la situación que el destino le depóre, pero debe siempre tener presente que los centinlas del Hemisferio, y los defensores de las pequeñas nacionalidades son los Estados Unidos. Ja– más debe separarse de la política internacional de ese gran país, de que son los principales gestores.

9 Desde luego. Muchas personas creen que la sentencia de la Corte de Justicia Centroame– ricana declaró la nulidgd del Tratado Chamorro-Bryan. Nada más inexacto. Podría ese fallo haber condenadó a una parte -los Estados Unidos de América-, que no litigó, ni tuvo derecho de defensa? Además, carecía de la esencia de la jurisdicción. Esto no ,16

comprenden los profanos eh derecho. Bajo Ufl examen con criterio agudo, la sentencia es contradictoria y a todas luces inejecutable. 'Declara q~e Nicaragua débe restablecer el estado de derecho, que ha ,de mantener, que existía antes del Tratado, entre las Repúbli~

cas litigantes (El Salvador era la otra parte); y¡ después asegura "que la Corte se abstiene de hacer pronunciamiento respecto de la petición tercera de la demanda inicial, que aludía a

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que en el fallo definitivo se condene al Gobierno de Nicaragua, el la abstención del cum– plimiento del predicho Tratado Bryan-Chamorro". ¿Es o no cierto que la Corte dejó vigen-

fa el Tratado? No admite duda.

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ALEJANDRO MONTIEL ARGüELLO

Ex-Ministro de Relaciones Exteriores; Magistrado de la Corte Suprema de JustiCia

Juzgo innecesario referirme al preámbulo que contiene la encuesta, ya que las varias ¡nter",:, pretaciones del Tratado Chamorro-Bryan coinciden en que cuando fuera a construirse un Canal por Nicaragua tendría que negociarse un nuevo tratado, y paso a contestar las preguntas así:

1 La cuestión de la construcción del canal no debe ser examinada exclusivamente desde el aspecto de si ella es deseable y conveniente para los intereses de Nicaragua, como parece expresarlo la pregunta,. sino que debe considerarse desde un punto de vis"ta más amplio, que es el beneficio de la humanidad. Examinada así. la cuestión, no puede haber duda de que la construcción del canal es deseable 'y convenient~. N'lco.ragua n'o sólo no debe

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