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« Previous Page Table of Contents Next Page »vlslt.ar Ni~lIr~~"'1 y Paraguay, menclonando, el<presamente
I~ mtenclón sobre estos dos pafses y nunca ha meno clonado que desea visitar por ejemplo, Uruguay o Costa Rica. (*)
El Dr. Sevilla Sacasa se expresa así:
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la Comisión ha manifestado el propósito de
visitar oportunamente muchos pa~3es de América, autorizada como está para sesionar fuera de su sede permanente, que es la Unión Panamericana. Se comprende que el propósito de estas sesiones no es otro que dar a conocer a los pueblos de la labor que la Comisión desarrolla".
h~bra habido en el pasado, se estaba roalizando en
Nicaragua més graves y terribles violaciones de De. rechos Humanos, como la violllción de otro gran de·
recho humano cual es la Libertad del Sufragio. Que Se estaba fraguando un gran fraude electoral en Ni· caragua con lo cual el Calvario de Nicaragua amenaza
~rolonga.Tse indefinidamente, a través de un régimen IItere primero y de la declarada ambición presiden– cial del Jefe Militar y "Co-dictador de Nicaragua" como llamó el Presidente Kennedy al General Anas–
t~s.io Somon hijo. Palabras textuales de la Expo– SICión <;le I Dr Leonte Herdocia a la Comisión de Dere– chos H~fmanos)
y la Comisión de Derechos Humanos, en su Comuni. cado de 27 de Abril de 1962, dice así:
"En el mismo caso antel ior (el de la República Dominicana en tiempos de Trujillo y el de Cuba) se encuentran las Repúblicas de Nicaragua y Paraguay, habiendo llegado a la conclusión, después de estu– diar las quejas e infolnlaciones recibidas de que NO SOLO DEBERlA DE PEDIR INFORMACIONES Y FOR– MULAR RECOMENDACIONES a los Gobiernos de esos países, sino que la Comisión DEBERlA EXAMINAR MAS PROFUNDA Y AMPLIAMENTE la situación de ios Derechos Humanos en aquellos países y para ello en uso de las facultad que le otorga el Arto. f 1 inciso c) de su Estatulo, solicitar previamente la anuencia a los referidos Gobiernos para que la propia Comisión pueda celebrar sesiones en los Territorios de Nicara– gua y Paraguay"
Cuando formuló (!sta Primera Resolución la Comisión de Derechos Humanos, en Abril dEi este año, se dirigió efectivamente a estos dos Gobiernos -el de Nicaragua y
el del Paraguay- porque como lo dice el Comunicauo de la Comisión, conforme su Estatuto necesita "LA ANUEN– CIA DEL GOBIERNO RESPECTIVO PARA TRASLADARSE· AL TERRITORIO DE OTRO ESTADO AMERICANO". La Comi· sión envió tres veces al Gobierno ele Nicaragua "PETICION DE INFORMES" sobre las violaciones de Derechos Huma– nos, y el Gobierno de Nicaragua no se dignó conlestar siquiera.
La Comisión de Derechos Humanos no sesiona per– m¡mentemente sino que tiene períodos de sesiones. En Abril de este año estaba en su Cuarto Período de Sesio– nes. Acaba de entrar, en los últimos días de Setiembre, en su Quinto Período de Sesiones Ordinarias, el cual ter– mina a fines de este mes de Octubre. Y en este Quinto Período de Sesiones volvió nuevamente a recibir al doctor Leonte Hérdocia, como representante del Partido Conser– vador de Nicaragua y del Partido Liberal Independiente. El Dr. Herdocia insistió en que a pesar de la negativa de parte del Gobierno de Nicaragua, en Abril pasado, que la Comisión a su vez insistiera nuevamente en venir a Nicaragua; porque de entonces para acá.
" además de todas las olras violaciones que
Esta vez el Gobierno de Nicaragua se enfrentaba con otro problema de carácter gravísimo, cual es la abstención der Partido Conservador para concurrir a las eleccione~
de 1963, problema de carácter gravísimo para el Gobier–
~o, a pesar de todo lo que dicen y hablan los que no en– tIenden de estos aspectos internacionales de la política. El arrn~ de la ABSTEt:lCION ELECTORAL sirvió para qu~
don LUIS Somoza aflolara la llave que tenía cerrada en Abril d~ este año; y qU?, aún contradiciéndose con lo que había dicho antes, se VIO forzado,. ante las circunstancias
t • ' a pI es ar su anuencia para la venida de esta Comisión Ya este solo acto de haberse visto forzado a aceptar ahora lo que antes había rechazado, tan pública y estrepitosa, mente, puede dar más idea del significado que tiene la ve– nida de esta Comisión.
. La Comi.sión de Derechos Humanos se dirigió al Go-
b~e~~o de Nicaragua .desde el 28 de Setiembre pasado, pldlendole su anuencia nuevamente para venir a Nicara– gua. En esa fecha, todavíll el Partido Conservador no h",bía decretado la abstención para no integrar los Tribu– nales Electorales y no había hecho la Convocatoria a la Gran Convención para que declarara la Abstención Elec– toral. Cuando se produjo esta decisión del Partido Con– servador el día 29 de Setiembre don Luis Somon se con– venció de la verdad y no tuvo más alternativa que lIcce– der; y prestó su anuencia para la venida de esta Comisión en contestación del 6 de Octubre.
El Dr. Sevilla Sacasa dice también que esta Comisión no ten~rá que inmiscuirse en "la materia electoral" y el Dr SeVilla Sacasa sabe perfectamente bien, que el Arto. 29 del Estatuto de esta Comisión Interamericana de Derechos Humanos dice así:
"Pllra los fines de este Estatuto, por Derechos Humanos, se entienden los consagrados en la Decla· ración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre".
y el Arto. 20 de la Declaración proclama el Derecho del Sufragio expresándolo de la siguiente manera:
"Toda persona legalmente capacitada, tiene el
d~recho de tomar parte en el Gobierno de su pals, directamente o por medio de sus representantes y y de participar en las elecciones populares, que se– rán de voto secreto, genuinas, periódicas y LIBRES...".
(.) &lc.rito lo nntelio~. por noticias publicadas, se 83be que Jn. Comisión
tambj~? ha. n:tanife3tftdo ~u intención de vilital Huití, donde impelll
otra Dlc~aduTa
Es decir, entre los Derechos Humanos que deben ser protegidos por el régimen jurídico de esta Comisi6n, esté
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