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« Previous Page Table of Contents Next Page »Después de esto, cualquiera persona puede sacar la consecuencia clara de cuál es el objeto y la finalidad de la venida de esta Comisión.
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La libertad del sufragio ha pasado por una serie de sucesivas transformaciones en el desarrollo del Derecho Internacional Amllricano. Ahora se consIdera que el de– recho del sufragio es el derecho a participar en las elec– ciones populares, las cuales deben ser la verdadera expre– sión de la ciudadanía; por eso, para que las elecciones populares sean la verdadera expresión de la soberanía, es que también, en la nueva Doctrina Internacional America– na, el sufragio no solamente es un derecho, sino un de– ber. Deber en el sentido de que es necesario que todos los ciudadanos hábiles de un país manifiesten su opinión, expresen su criterio, para que el resultado de unas elec– ciones sean la expresión verdadera de la conciencia popular.
Por eso, en la nueva Doctrina Internacional Ameri· cana se tiende a establecer la obligatoriedad del voto, por– que 65 la única manera de que pueda llegarse a expresar la voluntad nacional y fundar la legitimidad del Gobier– no. En el informe de la Misión de Asistencia'Técnica de la Organización de los Estados Americllnos a la Repúbli– ca Dominicana en Materia Electoral suscrito por el señor Henry Wells,· americano, doctor Víctor F. Goytia, paname–
ño'y Juan Pedro Zeballos, de Argentina, se afirma que la única manera de recoger la expresión de la voluntad na– cional y de llegar a la legitimación del Gobierno es me– diante el sufrágio obligatorio; y al hablar de que muchos no pueden comprender el verdadero significado de las elecciones libres como expresión de .Ia voluntad popular, estos eminentes internacionalistas hablan también de que es necesario ACABAR CON LA ABSTENCION ELECTORAL, por la siguiente razón que expresamente dice así:
"SI GRANDES NUMEROS DE ELECTORES SE ABS· TUVIERAN DE EJERCER EL SUFRAGIO, PODRIA 1M· PUGNARSE LA VALIDEZ DE LOS RESULTADOS ELEC– TORALES. POR ESO LA IMPLANTACION DEL SUFRA– GIO OBLIGATORIO EVITARlA ESTA POSIBILIDAD"
Es por, eso, por Doctrina Internacional Americana, que la abstención del Partido Conservador no es menudencia para desestimarla. Está consagrado, como principio, en el Derecho Internacional Americano de que la abstención invalida una elección. Y de ahí es que si el Partido Conservador de Nicaragua no concurre a las elecciones de 1963, no ha habido elecciones libres en Nicaragua; porque el resultado de esas elecciones no expresa el re– s\lltado de la expresión popular de Nicaragua.
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Es verdad que esa Misión de Asistencia Técnica de la OEA a la República Dominicana en materia electoral, sienta el principio de que la emisión del voto debe ser obligatorio. Y agrega:
"Los que no voten deben est.r lujetol a las san– ciones legales, A MENOS QUE PRESENTEN RAZQNES SUFICIENTES QUE JUSTIFIQUEN SU INCUMPLlMIEN-
\ TO DE ESTE DEBER".
y la razón más eficiente, más poderosa, más valede– ra que podemos presentar nosotros 105 nicaragüenses, la razón por excelencia, la razón de todas las razones es la razón suprema que nuestro voto no será voto, que nues– tro voto no será contado, que nuestro voto no decidirá el resultado de la elección. La razón de la obligatoriedad del voto, para ser fiel expresión de la voluntad popular, pierde su razón de ser al perder su finalidad. Si' e! voto no cuenta, el voto no sirve, y no hay obligatoriedad del voto. Yo diría lo contrario, que es obligatorio abstenerse de votar para no prestarse a ser cómplices, encubridores, coautores del fl aude electoral.
La interrogante sobre si esta Comisión Interamerica– na de Derechos Humanos va a ser eficaz o inoperante en Nicaragua tiene una contestación que depende, no pro– piamente de sus atribuciones y facultades legales, sino más bien ele la realidad de nosotros mismos los nicara– güenses. Los Miembros de la Comisión tienel1 la mejor intención de cumplir a cab... lidad su misión y tienen la im– parcialidad y la honorabilidad para desempeñar su come– tido.
La respuesta final 11 la interrogante sobre si esta Co– misión va a dar resultados eficaces, positivos, o va a re– sultar inoperante, depende, volvámoslo a repetir, de nosotros mismos los nicaragüenses. Tenemos la razón. Pero también es necesario saber presentar todas las prue– bas del caso que sean necesarias; por eso es que no sola· mente el Pa rtido Conservador, sino el Partido Liberal Auténtico y todos los otros Partidos y Grupos de Oposi– ción en Nicaragua deben aprestarse a presentar todos los testimonios del caso, de la mayor parte de violaciones de Derechos Humanos que ha habido en Nicaragua. Digo la mayor parte porque la totalidad es imposible. Debemos pI esentar las pruebas irrefutables de lo que nosotros sa– bemos que es verdad, (as pruebas de que esta Dictadura de heinta años ha oprimido a Nicaragua en todas sus fa– ses, no solo en las violaciones contra la persona humana en el sentido físico de asesinatos, torturas, cárceles y ve– jaciones, sino las violaciones de la persona humana en sus relaciones con la propiedad, violación en la persona hutnana en todos los derechos de locomoción, de reunión y demás derechos esenciales, inherentes a la naturaleza del hombre Necesitamos pruebas, pero también necesita– mos posturas. ¡;sa Comisión debe encontrar en Nicaragua un pueblo digno, valiente y de coraje, no un pueblo su– miso y sometido. Un pueblo que sabe defender sus dere– chos, que está ya hastiado de una Dictadura de treinta años, que no soporta más. Un pueblo digno de l;US tra– diciones heroicas.
Debemos ayudarnos mútuamente, la Comisi6n a ~o
sotros los nicaragüense y nosotros los nicaragüenses a la Comisi6n, porque en ello está en juego la eficacia de la
estructur~ jurídica del Sistema Internacional Americano.
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