Page 57 - lista_historica_magistrados

This is a SEO version of lista_historica_magistrados. Click here to view full version

« Previous Page Table of Contents Next Page »

nando Abel Cal1arc1 y t>ipu±ado don í'l-aúl Ara– na Montalván, quedó modificado por el Ari, 31 de la Ley Marcial de 12 de Enero de 1912, y

al mismo tiempo derogado por el Ar±. 51 de dicha Ley constitucional

dI-Porque la supuesta participación de los procesados les haría acreedores a la pena de expatriación que es la señalada por el Art. 152 Pn. para el deli±o de rebelión caso existiera y ella está abrogada por el Ari. 56 de la Constitución Política que prohibió toda ley proscripliva y esta innovación constitucio– nal vino a derogarla de nuestra legislación, por lo tanto se ±rata de un deli±o no penado por la ley secundaria, por su oposición a la Ley Suprema del Estado, y de acuerdo con el Ari. 41 Pn. es prácticamente imposible imponer di– cha pena, porque "ningún delito o faHa se cas– tigará con otra pena que la que le señale una ley promulgada con anterioridad a su per–

petración", y

e I-Porque la Consfitución no previó el procedimiento exfraordinaro especial para juz– gar a los Senadores Vitalicios, quienes por su calidad de Ex-Presidentes de la República, go– zan de una inmunidad de mayor amplitud que la inmunidad de los otros Senadores y Diputados que es temporal, y siendo dicha Senaduría Vifalicia una preeminencia consti– tucional, sólo dando al procedimiento de la acusaci6n el mismo trámite en una reforma constitucional, podría, en el caso concreto del Honorable Senador Vifalicio General Chamo– rro, declarar sin efectos la parte de la Consti– tuci6n qtte estableció tal calidad, - BARQUE– RO, CANTARERO, LOPEZ MIRANDA, SEQUEI– RA, ARGUELLO, R. SOTOMAYOR. _. Srio".

El destacado editorialista de "El Diario Ni– caragüense" Don Pedro Joaquín Cuadra Cha– marra, public6 en aquella ocasión el siguien– te editorial tifulado,

CONSUMATUM EST .•. !

La Corle Suprema de Justicia, decimos mal, los Magistrados, interpretando mal el precepto constifucional contenido en el Art, 229 Cn" que señala entre las atribuciones de ese AHo Tribunal de Justicia la de "conocer privativamemte, corno Jurados, de los delitos oficiales y comunes de los funcionarios que gocen de inmunidad", dispusieron erigirse en Tribuneil de Jurados independiente de la Cor– te Suprema que desintegraron por completo, de tal modo que se hicieron llamar, creando una instituci6n nueva dentro del Estado, Corfe Suprema de Justicia en función de Tribunal

de Jurados, o no recordarnos cómo, pero no

Corfe Suprema a secas; han dado ya su fallo

O veredicto sobre los ires representantes inUlu–

nes acusados por el delifo de rebeli6n, y ese fallo ha sido previsto con anticipación de me– ses, precisamente cuando se dio el iJ;tsólito acuerdo del 14 de Octubre de 1954, disgrega– dor del Alto Tribunal de Justicia,

Escribimos entonces nosotros, crificando aquel acuerdo, un artículo que titularnos: JUS-

'rICIA AD :HOC, en el cual nos airevimos a de.

cir que ese acuerdo, diciado no por la JUStiCia sino por la complacencia políiica, venía a PC ner de manifiesto cómo iba a ser la votació~

en el juicio pendiente, tres bolas negras echa das por los Magistrados liberales, contra do; bolas blancas echadas por los Magistrados

conservadores; y corno 10 predijimos. así ha su

cedido, porque aunque en el citado aCtierd~

del 14 de OC±ubre se reglamentaba la vola. ci6n haciéndola secrela, resultaba aquel irá.

mife tan inútil, que bien se le podía aplicar al sistema la politica del avestruz que, juzga que se oculta de sus perseguidores, cuando mete la cabeza en la arena, y deja al descu.

bierto iodo su imnenso cuerpo.

Se nos dijo entonces, cuando escribimos aquel articulo, que también crificábamos a los Magistrados conservadores; cuando presu.

míamos que iban a votar sistemáticamente a

favor de los inmunes, y no tenemos empacho

en reconocer que apatentemente le afribuí•. mas también el intento de obrar, en este jui. cio, más como polí±i90S, que corno MagisJr•. dos, pero de ello no tenían los Magistrados conservadores la culpa, sino la mayoría libe–

ral, que al sacar, con su derecho mayoritario

de la Carie Suprema de Justicia el proceso de los inmunes, para llevarlo al campo de la jus. ticia polífica tenían por fuerza, por el derecho de defensa, que ponerse ellos también en el

lTIislTIO campo, y defenderse, GOITIO 10 han ve·

nido haciendo en todos y cada uno de los ac· fas del proceso, protestando siempre contra la ilegalidad del acuerdo del 14 de Ociubre, y

oiros procedim.ien±os seguidos, y en el mismo

verediC±o los Magistrados conservadores, a pe· sar, de lo secreto de la votaci6n, declaran sin ambages que votaron a favor de los reos por

las razones que confinuamente han venido manifestando como causal de nulidad de se mejante proceso.

Pero cuando se comete una incorrección

se sigue, corno una cadena sin fin, una serie

de otras incorrecciones. Ahora, el veredicto

previsto con anticipaci6n de meses, esiá dado, ienía que ser condenatorio por la razón de la fuerza polífica que lo imponía a la mayoria de los Magistrados, y el Senador Vitalicio Ge

neral Emiliano Chamarra, y el Senador Suple~'

ie don Abel Gallard, y el Dlputado don Raúl

Arana Montalván, han sido declarados culpa' bIes del delifo de rebeli6n, Falta ahora, qué

se diC±e la sentencia sobre las penas que s di–

chos reos se les tendrán que aplicar.

Preguntamos nosotros: ~A quién le ,ce–

rresponde dietar esa sentencia de aplicaClÓD de las penas correspondientes al delito de ,re beli6n'? En el sistema jurídico de la ins~

ci6n de jurados, tienen éstos la facultad PI! vativa de declarar por convicci6n o concie~C1a

si el acusado es o no culpable I y si el veredl clo es condenatorio, t6cale al Juez de la caUsa, fallar sobre las penas que a juicio le cO~o

ponde de acuerdó con la gravedad del,d a' porque fueron condenados, Hay dos tnb un .. les, por decirlo así, que completan el fallo d -208-

Page 57 - lista_historica_magistrados

This is a SEO version of lista_historica_magistrados. Click here to view full version

« Previous Page Table of Contents Next Page »