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« Previous Page Table of Contents Next Page »ACUERDO POLlTICO SUSCRITO POR EL PARTIDO CONSERVADOR DE NICARAGUA Y EL PARTIDO LIBERAL NACIONALISTA POR INTERMEDIO DE SUS DElEGADOS PLENIPOTENCIA– RIOS GENERALES EMILlANO CHAMORRO y ANASTASIO SOMOIA, RESPECTIVAMENTE, EL
DlA TRES DE ABRIL DE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA
Managua, D. N., 3 de Abril de 1950.
El General Emiliano Chamarra, Delegado Plenipotenciario de la Junta Directiva Nacio– nal y Legal del Partido Conservador de Nica– ragua yel General Anastasia Somoza, con iguales poderes y facultades de la Junta Di– rectiva Nacional y Legal del Partido Liberal
Nacionalista, inspirados en com.unes propósi–
los nacionalistas, alentados por el respaldo de la opinión popular y aprovechándose de la deierminación públicamente expresada en ese sentido por los Organos del Gobierno, convie– nen en el siguiente ACUERDO POLITICO:
I
Entienden ambas partes que ideas, sen– tim ientos y principios que comparten los nica– ragüenses -conservadores y liberales- en la comunidad democrática de los pueblos libres
de América, se encuentran amenazados por el
peligro comunista que tiende a la dominación
universal.
II
Entienden ambas partes que es una nueva
y pronta apelación al pueblo, corno fuente de todo Poder y compendio de la soberanía, en comicios libres que produzcan firmeza del que gane y conformidad democrática del que
pierda, lo que puede conseguir, en términos
de paz y democracia, la tranquilidad nacional a que aspiran y es indispensable en estos momentos especiales del mundo.
III
Oue es hora, por lo tanto, de constituir un Gobierno dentro del cual los dos Partidos que han militado históricamente en la Nación
y lepresentan la casi totalidad de la opinión pública, asuman las responsabilidades del Eslado, en la proporción que corresponda a
sus fuerzas popularesi y se promulgue una
Constitución Política que refleje el pensa– miento coordinado o por lo menos amplia– mente debatido de los dos grandes conglo–
merados.
IV
Entienden ambas partes, en represen– tación ya expresada del Liberalismo y del
Conserva±ismo histórico, que este ensayo que
auspician prepara un gran porvenir nica-
ragüense de coincidencias patrióticas y repre– sentación total del pueblo en las cosas del Estado, dentro de las discrepancias ideo– lógicas de los dos Partidos.
V
Oue corno base y fundm:nento de tan
patrióticas aspiraciones conviene echar un
velo al pasado a fin de procurar la mayor lranquilidad social, se establece la convenien– cia de dictar nuevamente la amnistía absoluta de todo delito político y conexo, y de reiterar la invitación de retornar a su patria a todos los nicaragüenses que por motivos políticos se encuentran en el exterior, los dos Partidos
convienen en dirigir una exposición al Con–
greso Nacional para que dicte tal Decreto a la brevedad posible y se promulgue con solemnidad en todas las cabeceras depar– lamentales del país. Y en ese entendimiento, y con base en las Resoluciones por los que las Juntas Directivas Nacionales y Legales de Ambos Partidos Politicos, actuando de acuerdo con sus respectivos Estatutos, dan su plena aprobación al conienido del presente Docu– menio, las dos partes han convenido y con– vienen en que los dos Partidos que represen– tan concurran a elecciones de Presidente de la República y de Representantes a una Asam– blea Nacional Constituyente, elecciones que se efectuarán ai:t±es de las fechas normales y de acuerdo con el siguiente Proyecto de DECRE– TO:
Arlo. 1'.-CONVOCASE a los nicaragüen–
ses varones a elecciones generales de Pre–
sidénte de la República y Representantes a una Asamblea Nacional Constituyente la que en ejercicio de la soberanía popular, dictará una nueva CONSTITUCION POLITICA y reor· ganizará los Poderes Públicos, adoptando las normas comprendidas en el presente Decreto.
Arto. 2'.-La Ley Electoral de 23 de Marzo de 1923 y sus posteriores reformas, regirán
esas elecciones, en lo que no fueren modi–
ficadas por el presente Decreto.
Arto. 3' -La Asamblea Nacional Consti– luyenie estará integrada por 60 Represen– tantes, que se elegirán en Colegio Electoral Unico, en toda la República, para las sesiones habrá quorum con la mayoría absoluta de sus
miembros
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