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non audivit, ef in cor hominis non asc:endif quae pre– paravit Deus dihgenfibus se"; y esa felicidad no se procura poniéndose en pugna el sacerdofe con la po– testad civil sembrando así la semilla de la discordia

La declaración o explicación de lo revelado, el desenvolvimienfo del dogma, la moral, los derechos y disciplina de la Iglesia en lo concerniente al culto di– vino, la defensa de las enseñanzas de la misma Igle– sia; he aquí lo que constituye el magisferio sacerdo– tal Ahora bien, en un pueblo corno Nicaragua, donde son Católicos los Poderes que lo gobiernan, no es de creerse que Se dicten leyes que ataquen esas doch:inas, para verse obligado un sacerdote a impugnarlas ha~¡fa

en el púlpito Pero suponiendo que llegara este caso, que se violara el Concordafo existente entre el Estado y el Sumo Pontifice Romano; ¿por ventura tendría de– lecho el Clero nic;aragüense de arrogarse las facultades del Jefe SupreIno de la Cristiandad reclaInando el cumplitniento de aquella obligación, qué digo recla– mándola, rompiendo las hostilidades con la Potestad temporal, levantando una Cátedra contra sus precep– tos, conturbando con su censura el ániIno de los fie– les? ¿Acaso los súbdifos de un Soberano tienen dere– cho para interprefar, para obligar a hacer efectivos los pactos internacionales? Cierlamente que no, pues esa facultad corresponde solaInenfe a los depositarios de la soberanía

No es exacfo que igúal influencia Íenga el Minis.

ha de Dios en el púlpifo que fuera de él y en la pren– sa ¿Quién puede dudar de la eficacia de la palabra hablada en la casa del mismo Dios, en presencia de El mismo, diciéndose su enviado, palabra dirigida a un pueblo católico que cree escuchar la verdad y sólo la verdad? El caráctel sagrado de que el Orador esfá re– vestido, la Inajesfad que le presfa su insÍitución secu– lar, el lugar, la ocasión, el tema, dan a su discurso un

prestigio que jaInás alcanza el común de los hombres, discurso que a las veces suspende, atrae, arrebata los corazones y enciende el ánimo en entusiasmo sagrado

La experiencia demuestra la verdad de nuesbos asertos Varias revoluciones han Íenido su origen en el púlpifo La historia de la AInérica del Sur puede presentarnos ejemplos En Cenh:o AInérica mismo la caída del Gobierno del General Morazán fue debida en mucha parle a las predicaciones de los clérigos La AdIninisÍración Gálvez fue también víctima de ellos Un Obispo con sus serInones produjo en El Salvador una revolución, siendo Presidente el Dr. Aguilar, y, úl– timaInente, el famoso Cura Palacios produjo los horro– res de la "coInuna" de San Miguel.

Ni se diga que el Arlo. 283 hace al Sacerdofe de inferior condición al ciudadano en cuanto al uso de la palabra Por el confrario, nivela a unos y ofros en el ejercicio de este derecho, pues si á los Sacerdotes se diera la facultad de censurar como tales, en nombre de la religión, las leyes u órdenes de la Auforidad, el resto de los ciudadanos se vería en condición desigual, porque no pudiendo asumir el carácter eclesiástico, esfarían privados de expresar sus opiniones en el lugar y forma y con el prestigio de la investidura con que aquellos lo hicieran. Dada esa facultad de ocupar un pulpito para criticar en nombre de la religión la ley o las órdenes de la PotesÍad Civil, sería de justicia para que hubiese igualdad, o que los unos se despojasen de su carácter o investidura sagrados, hablando a los hombres, no como representantes de Dios, sino como simples particulares, o que los otros ascendiesen a la InisIna investidura

Supritniendo el Ad 283 esa facultad, Sacerdofes y seglares quedan iguales en el derecho de expresar sus pensamientos por la palabra y por la prensa

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LAS DOCTRINAS DEL SR. LA5TARRIll

Bajo 'llil fítulo de "Lecciones de Política Positiva"

ha escrilo 91 señor don José Vicforino LasÍarria, un li– bro de Filosofía del Derecho político En él estudia ladas las cuestiones referentes a la organización de los Poderes públicos y desenvuelve las teorías modernas sobre las bases en que debe descansar el sisfeIna re– publicano.

Ese libro es una censura de muchas ideas y prín– cipos adopfados en las Constituciones Sur Americanas, como contrarios al republicanismo democrático, y, al propio tiempo, una exposición de docfrinas liberales que 1 eSUIne y concreta su aUtor en un proyecto de Constitución de la República de Chile que se coloca al fin de la obra.

Citándose sus docfrinas como un apoyo, creo con– veniente hacer algunas observaciones

El señor Lasfarria profesa en política ideas muy BvaI'.zadas Cree COIno muchos publicistas, que el Es– lado no debe fener religión, siendo su único fin el de– recho, que el Municipio debe ser independienfe con vida y acción propias, que es necesario limitar debida– mente los Poderes políticos, que el sufragio debe ser universal y direcfo, y que, en fin, la base fundamental

de una buena Constitución es garan±izar eficazntente el ejmcicio de los derechos del individuo dando a la llibBliad como una ley de desarrollo y progreso social, oda la amplitud que le es necesaria.

En consecuencia de esfa última doctrina, piensa que la liberlad del pensamiento, de la palabra y de la Prensa no pueden en manera alguna ser coacfadas, de modo que condena las leyes que concede acción de re– raracióll de injurias o difamación, sean orales o escri–

lB~ "Semejanfes leyes, dice, 1'I0n tan nugatorias como o son. siempre todas las que prefender reglamenfar la morahdad, pues la maledicencia y la calumnia se ha– Cen camino a pesar de ellas, y no sólo consiguen su

objefo en la oscuridad, sino que su burlan más fácil– menÍe de las sanciones legales y las morales"

A esÍa doctrina corresponde la cita de los dos pá– rrafos del Sr Lasfarria hecha por el Sr Ayón en la 7'

coluInna dé su articulo en pro de la facultad de los eclesiásticos para censurar en el desempeño. dI;! sus funciones sacerdotales, lal'l leyes y órdenes de la Auto– ridad legítima

El Sr Ayón acepta, pues, la feoría de la irrespon– sabilidad absolufa de la pálabra y de la prensa, la iInpunidad de la injuria y de ll;l calumnia..Celeb.ro que tanto haya adelantado én el catnino del hberabs– mo.

Pero para llegar a la conclusión del Sr Lasfarria, es preciso acepÍar también los antecedenÍes que él ha sentado Los principios de un sisfema guardan enfre sí perfecta relación. Unas ideas se derivan de ofras Cada doctrina fiene su corolario. Todas las parles lle– van la proporción debida para formar un todo unifor– me.

No es por tanto, aisladamente COI"nO puede fomar el Sr Ayó~ las ideas del publicista chileno. Así CUan– do éSÍe proclama esa libedad absoluta, considera este derecho, según anÍes h~ referide;> COInO la piedra at,Igu– lar del sisteIna repubhcano LIbertad de la Igles18 y del Esfado, liberlad de conciencia, liberlad de cu1fos, liberlad en todo Todo por la liberlad.

Dado ese sisfema, que por cierto no es el nuestro, el Sr Lastarria sienfa su doctrina de la iresponsabili– dad de la palabra y de la prensa, pero no siendo iguales las bases de nuesfra Carla Constifufiva, esa doctrina no iiena por ahora aplicación entre nosotros, no puede servir para condenar una ley secundaria, co– mo es el Arf 283.

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