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Señores:

Ved esa Cruz: élla es al mejor de los mausoleos que se elevan sobre los sepulcros. Bn el silencio de los bosques, en la soledad del desierio y en el fondo de los valles, ese símbolo católico habla al corazón y re– presenta a la imaginación la ignominia redimida por la santificación de la vícntna sagrada y el paraíso per– dido .Y la bienaventuranza coñquistada. El árbol de la vida en que Adán fue colocado: la serpiente de me– tal que hízo elevar Moisés en el desierto: la letra he– brea TAU con que el Profeta Ezequiel vió que se Lna1'-

cában aquellos que debían de salvarse de la cólera de Dios: los versos atribnídos a la Sibila en los que Se

habla de la Cruz, y. o:lras figuras semejantes de qUe

nos hacen tnenciótl ,las histor~as l?agrada y Profana fueron olros tantos slmbolos mlstenosoo dé la Cruz deí Salvador. Dormid, señor Zeledón, dormid en paz bajo ese tnadero sublime; y goce tu alma pOl él de la eter na bienaventuranza. He dicho. .

(Gacela de Nicarngna. Año VnT No 2!í Pags 98/9!1.

18 Jllllio 1870).

EN EL 15 DE SEPTIEMBRE DE 1875

Señores:

Sea, dijo el Eterno, y un puñado de átomos se desprende de su poderosa diestra rodando en la pro– fundidad de los abismos del espacio, y al punto apa– rece el Sol como centro de un sistema planetario des– tinado a fomentar este pequeño globo, morada del rey de la creación universal. Dios hizo al hombre, úl– timo de los ángeles del cielo y el primero de los seres de la tierra: imagen de la esencia y semejanza del Supremo Hacedor, ese portento admirable, esa binaria existencia que ni es tnateria ni espíritu. sino un com– puesto inescrutable de espíritu y materia: que abraza el principio vifal de los vegetales y de los animales rudimentarios: que goza de los instintos qe los ani– males superiores, y cuya alma asociada a a'quel prin– cipio y a estos instintos, tiene la conciencia del yo y las ideas del vicio y de la virtud, y a quien solamente supera la Esencia Divina con todas sus perfecciones: ese modelo de las artes que lleva en su organización, en la cual están sabiamente aplicadas las leyes de la óptica, de la acústica, de la dinámica, de la hidrostáti– ca, la arquifectura, la mecánica, en fin, ese coloso que penetra las entrañas de la tierra y asciende hasta la inmensidad de los cielos, y mide el diámetro de los astros, determina su peso, señala sus distancias; y me– diante la electricidad y el vapor ara la tierra, descua– ja los montes, cruza los mares, funde los metales y ve– rifica cada día nuevas combinaciones que empujan la humanidad hacia adelante por la vía del progreso:

esa maravillosa criatura dotada de libertad objeto querido de la Omnipotencia, sí, ese hombre desciende desde su altura sublime hasta la vil servidumbre cuando pierde su independencia, y él y la familia y el municipio y la nación, se tornan bestias y peores que bestias porque ellas no tienen conciencia de su degradación y envilecimiento.

Tal fUe la condición a que quedaron reducidos nuestros aborígenes y que alcanzó hasta nuestros as– cendientes, a principios de este siglo, hasta el día 15

de septiembre de 1821.

Aquel día fue el día de la rehabilifación y rege– neración de Centro-América. ese día 10 señala cada año el dedo de Saturno, y el Sol y iodos los astros del firmamento ocupando el mistno lugar relativo en que presenciaron aquel fenómeno social iniciado en Gua– temala y consumado en las provincias, se unen a no– sotros para saludarle con su imponente majestad, y acompañar nuestra estrepitosa explosión de contento y regocijo, porque desde aquel día memorable, son in– dependientes. la inteligencia, la propiedad, el hogar doméstico y la patria centro-americana.

Registrad el tüulo X de la Consfitucién de la Re– pública federal, decretada en 1824, y los capüulos VI. XXII y XXIII de la vigente en Nicarag·ua, comparad– los con las Constifuciones de los años XII y XX de la Monarquía española, y encontraréis la gran diferencia 'que hay entre Nicaragua, provincia de la Colonia de

Guatemala, y Nicaragua, nación soberana, indepen_ dienente y libre, así como :lambién notaréis, la digni_ dad a que hemos sido elevados mediante un derecho propio, con garantías que resplandecen en nuestros Códigos como el Sol del 15 de septiembre sobre el fir-mamenro. .

Lás:linta es que aun se vean cruzar en el horizonte social, algunos jirones del manto imperial de los ano tiguos reyes en mengl1B de nuestra hermosa posición:

l'-Se oyen todavía Dones, Usías, Excelencias ilus:lres en grado superlativo a los mismos que en lo~

Estados Unidos de Norte Atnérica, República tnodelo llaman simplemente Ciudadanos, Gobernadores, Presi: dentes, Senadores, Diputados, etc., etc.

2'-La tnilicia, o la obligación del servicio tnili– tal', pesa únicamente sobre el proletario. y está basada en los mismos principios que nos legó la dominación española. Las conscripciones se hacen a la bayoneta y se arrebatan a los ciudadanos sin respetar las ga– rantías y fueros de la agriculiura, de las ciencias y de las artes. Si todo ciudadano de annas llevar fuera miembro de algún cuerpo de la milicia nacional, fi–

liándole con arreglo a una ley de rechifamiento más en armonía con el sistema republicano, la milicia se– ría muy conforme a nuestras instituciones.

3'-Se castiga al reo que se fuga de las prisiones, corno si el instinto de la liberfad encarnado en nues– tras almas, fuera un delito. Fue ésta una cuestión pro– movida en Roma, y sobre la cual ha dicho éice,rón en la primera Tusculana, capüulo 1', número 17: "Siendo el derecho natural de la conservación inherente a la vida. nunca lo pierde el hombre, aunque reo de algún grave delito, se halle preso, o privado de su libertad de cualquier modo que sea, porque el derecho de con– servar la propia vida, es para cada uno primero que la obligación de respetar derechos ajenos, por >nane– ra que es más confonne asegurar un reo con prisio– nes, aunque sean moleslas, que im~onerle algún cas– tigo porque intente o logre su evasion".

Otro jirón más de la Monarquía es la picota, esos azotes decretados al mismo tie>npo y por una misma legislatura, a los doce días de sancionado el artículo

84 de la Constitución. Si en aquellas circunstancias transitorias tal vez fue oportuno éste castigo infaman–

te, hoyes sumamente odioso y repugnante, principal– mente cuando Se aplica al que se presu=e cómplice, corno acaba de' suceder con Joaquín Montes, quien después de doscientos azotes fue declarado inocente por el Jurado.

Ojalá lográsemos se ilnifara la Ley Porcia de los romanos en los años de 484, que prohibía se azotase a los ciudadanos, ley a la cual apeló San Pablo cuan– do atado a la picota para azotarle, dijo al Cen:lurión: Así se trata a un ciudadano romano?, y el Centurión desatándole le dejó en libertad.

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