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« Previous Page Table of Contents Next Page »La Administración de Justicia en Nicaragua durante los últimos veinte y cinco años
I'ELIX ESTEBAN GVANDIQUE
Hay un principio salan que dice 9u.e los hechos deben ser siempre sagrados y que lo unlCo que pue– de cambiar son los comentarios. Por eso, en cual– quiera de los Cortes de aque:"o~ ~~íses, o ante cual– quiera oficina que ejerza jUrlsd,cc,on, es un elemen– to esencial para todo juzgami;nt~, establece: I~s h~
chos tal como ellos son en SI mismos. Es indiscuti– ble I~ sabiduría de esa regla, y prestando obediencia a principio de tan elevada significación, tendré que exponer preferentemente los hechos, en la forma más sencilla y después trataré de justificar ras conclusio– nes a que llego.
Conozco la vida íntima de los Juzgados y Cortes de Managua, a través de una vida profesional, con– tínua e ininterrumpida de casi medio siglo, pues da– ta de un poco antes del año de 1915. Conozco cómo se litiga en ros Juzgados Locales, en Juzgados de Dis– trito, Cortes de Apelaciones y en la Corte Suprema de JustiCia. He defendido tanto al pobre como al rico habiéndome bastado para hacerlo el que en opinión mía, éllos hayan tenido la razón. Me he acercado a los jueces qe casi todas las ciudades de la República, y excepción hecha de lo que se refiere al ramo de lo criminal, he caminado todos los senderos legales de las leyes del país. En esos pasos he sentido la grata complacencia de encontrarme con Abogados como Manuel Pasos, Camilo Barberena Díaz, Máximo Ze– pedo, Gregario Pasquier, Pedro González, Modesto Barrios o Manuel Dieguez, todos ellos dignos de ser tomados como símbolo de abogados sabios, nobies y honestos.
He considerado indispenasble hacer esta meno ción de carácter personal, para poder afirmar que en todos los hechos que adelante consigno, he interveni– do directamente, que los he vivido y que he partici– pado en ellos en una u otra forma.
Los hechos que quiero asentar son los siguientes: ll-La Administración de Justicia, en los últi– mos veinte y cinco años ha sufrido en Nicaragua un cambio radical. Si bien es cierto que aún se conser– va en la Constitución misma la doctrina de que la Justicia debe ser gratuita, en el hecho y en la prácti– Ca no es así, pues con cada día que pasa, se aumen– tan los tributos y las gabelas que tienen que soportar aquellas personas que en mala hora necesitan acudir a los Tribunales. Al presente no hay abogado ni li– tigante que pueda obtener qu'e se le haga ni una so– la simple notificación, sin tener que satisfacer un pa– go. Ese es un hecho ostensible, y dicen que es del conocimiento de la misma Corte Suprema de Justicia quien lo ha tolerado en consideración a fa mala pag~
CJue del Estado reciben los Secretarios de Juzgado.
Tenga o no tenga justificación semejante práctica, no nos interesa averiguarlo en este lugar, sino sólo de– jar asentado el hecho de que las actuaciones judicia– les de toda notificación, ocasionan un pago, esto es un desembolso de dinero del litigante en favor, no del Estado, sino del bolsillo partiCular del Secretario. La práctica qué dejo mencionada y que apare– ció hace alrededor de un cuarto de siglo en Nicara– gua, acostumbra al público a tener la impresión de que la Justicia se pagq y también, por otro lado, co– rrompe al funcionario, judicial que se acostumbra a tender la mano para recibir de los litigantes unas tan– tas monedas o pesos.
Esa costumbre no existía en años anteriores y
en aquella fecha, si un Secretario recibía cualquier co– sa o dinero, irremisiblemente perdía ese mismo día su puesto. En aquella época un Secretario, y mucho menos un Juez, no podía ni siquiera recibir de un liti– gante, ni los diez centavos de córdoba que entonces era el valor de una carrera de coche que tuviera que usarse cuando se trataba de una notificación alejada. 2)-Pudiera criticárseme de que estoy haciendo mención sólo de los Secretarios de Juzgados, torgos desempeñados muchas veces por jóvenes estudiantes, y que no menciono ni a los Jueces y otros funciona– rios superiores de la Jerarquía Judicial. En verdad es tema corriente la inculpación contra ciertos jueces ya por venalidad, ya por obedecer consignas politi– cas, o por ceder ante el halago, o por responder a los llamados de la amistad o de la mala voluntad o por inclinarse ante ofrecimientos de ascensos o por otras facilidades. La queja es prácticamente unánime, al extremo de que cuando algún cliente intenta promo– ver un reclamo judicial, los abogados con gran pena, tenemos que advertirle de los riesgos que se corre por las circunstancias atrás apuntadas. Es más, aho– ra en estos tiempos cuando se va a iniciar un juicio no basta estudiar en los libros sino que se debe esti– mar quién es la contraparte, quién su abogado, cuá– les influencias puede tener o con qué amistades po– dría contar. El cliente a su vez hace iguales cálculos respecto a sí mismo y aún más investiga y recuerda si algún Juez tiene algún disgusto con él mismo o con algún pariente y sólo cuando todo eso ha sido pesa– do, se comienza a estudiar el aspecto legal' del caso. 3)-La mayoría de los jueces, y la totalidad aquí en Managua, no son ellos quienes tramitan los procesos. En general, cada abogado !leva los escritos que presenta ya proveídos, y el Juez sólo pregunta de qué se trata y los firma. Ha llegado a tanto este vi– cio, que si un abogado que no lleva proveído su pro– pio escrito o si fuere el caso de que por cualquier mo-
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