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« Previous Page Table of Contents Next Page »lé~llim6, fraguada por Hernandez i Ordoñez, hE!- podi–
do usurpar la soberanía de los Pueblos cl: el Estado, qe me constiluieron Gefe Supremo: qe a mI me basta el testimonio de mi concienciéi, qe nada me arQ.ulle. de malicia en el fiel desempeño de mas de dos anps 1 en qe por las circunstancias. no me fue dado evüar los funestos efectos de tan horrendo atentado. S. Salva– dor. OcWbre 17 de 18~7. JUAN ARGOELLO.
En la ciudad de León a ~5 de Septie:m~re: de 1827.
Reunida la Municipalida~ 1 los CC'. IndIvIduos. de~
Cabildo eclesiástico Pre~bítero FrancIs~o ChabaI'.rla 1 Presbüero Francisco Malorga. el. Presbítero Pedro So– liz i Presbüero Dario Herradora luntan:ente el Co;nan– dante genera! el C. Juan Hernandez 1 los demas qe suscriben, en el concepto de qe el.~siado entero habla qedado exanime i sin re~resentac10~ alg.una por fa~l"o
del cuerpo qe debiera dIctar las le1.e;'l•. 1 del. Con.sel,! representativo qe es la clave del edIfIcIO ~oclal (a I
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el ejecutivo qe acav,,: <?-~ cesar en la;> funClones de su cargo por su dispOsIc10n (b I e~ vIrlud del derecho inherente qe el pueblo ha resumIdo (c) en consecuen– cia de las repetidas usurpaciones (d ) con qe le ha ecsasperado (el reduciéndolo hasta el estado de nuli– dad (f) abrogandose facultades qe están fuera de la orbita de sus atribuciones, i sobre poniendose a la au– toridad sagrada de nuestro invulnerable c.,digo IgI abanzandose hasta decretar la guerra, facultad pecu– liar del cuerpo soberano (h I inpidiendo la reunion de la Asamblea ordinaria reasumiendo atribuciones con– tenciosas, conociendo en las fonnas judiciales i aun alterandolas i dispensandolas; ji) no pudiendo el cuerpo social pennanecer a superioridad alguna, en caso tan extraordinario 1 jI. qe es un fenomeno desco– nocido en el sistema social, puesto qe ni está previsto. ni pudo preverse nuestros sabios legislEldores. en tales circunstancias. debiendose recurrir a medidas extra– ordinarias Ikl reserbadas unicamenteá la prudencia i cirdunspección con que la sabiduria mas conspicua de los sujetos (1 I qe para su delibarici6n a acto tan serio i solernne, en vista de los devates ocasionados en su discusión, acordaron lo siguiente, primero qe Se diesen los mandos polí±ico i militar qe residian en el
C. Pedro Obiedo i qedando este interinamente, en el ·C. Coronel Clefo Ordoñez, i aqel en el primero en el :acto mismo el C. Coronel C1eto Ordoñez desistió (mI la admisión de la Comandancia genera! en vir±ud del ,decreto de la federación qe prohibe qe los empleados por ella, no deben admitir alguno en los Estados, sin su aprovación. con pena de perdida de enpleo é igual– ntente espuso qe era un enbiado del Estado del Sal– vador auxiliar a este, i podria sospechar si algun inte– res personal 10 impulsaba a admitirla, se le contestó por la municipalidad qe era necesaria la admisión por
las graves circunstancias en qe se halla el Estado. i
. tener él reunida la opinion 1 n I qe tan necesaria es
1- 'ara entablar el orden público, por lo qe estaba libre d,;, responsabilidad, i qe en su caso seria indennizado de t .cargo, saliendo a su defensa este Gobierno (o I se– gu ndo igualmente para la organización del Estado Se aut ori:zó el Gefe Político Superior. para qe sin perdida de • 'ien'\po haga solemne convocatoria a todos los pue– blos edtU Estado para la instalación de las Supremas auto !'id:ades qe deben ser las primeras en el orden cons \ii:l:u.cional i evitar de este modo las ecsenas san– grien ti:as <con qe el Estado se halla abrumado i las fu– nesta. i =nsecuencias generalmente esperimentadas, levan la.nd.ose la sesión qe firman los CC. municipales i dem lll:S ;s-sístentes - Obiedo - Chavarria - Bene– gas - .Uillloa - Soliz - Alvarado -Carrillo - Diaz – Zepeda \ -'- Y.anseca - Peralta - Martinez - Soliz – Maiorg a. - Berradora - German - Seqeira - Juan Hernan dez - Cleto Ordoñez - Dionicio Diaz - Juan Antoni( ) Oconor - Esteban Madrid _ Roman Gorgo– na - ~nnenegildo Briceño - Juan Luna -' José Luna - - Feliz Herrera _ Juan Maria Soto - Albino Xarquin' -- Antonio Ramires - Cannen Valle - Juan Ignacio Dia'Z - Felipe - Peña - Florencia Altamira– no - A o.olonio Palma - Pascual Rivas - Fulgencio Palma ~ :.: Por elcomun del Laborío - Aniceto Alva– rada esc z:ibano Vital Ciero - Cruz Carrean - Cruz
Diego Oavila vocal Secretario. Es copia uf: supra Obiedo . (al Hacia muchos meses qe no ecsistia el Ciuer– po qe deberia dar las leies i el Consejo representirlivo, i hasta qe llegó Ordoñez a fines de maio con la divi– sion auxiliar de este estado comenzo Hernandez. apoiado en el pueblo de Suiiaba a fraguar planes por la ambición de colocarse en la gefatura, i el otro en la comandancia general.
(b) Sin duda Hernandez, con los pocos serviles i aspirantes que insurreccionaron la tropa reasumiE1ro~
la soberania para despojar una suprema autorida.d constituida por ésia.
Icl Pueblo llama el redactor de la acta, a la mu" nicipalidad, qe fué la qe publicó el bando el 14 en la tarde. anunciando el despojo de la autoridad suprema.
1 d ) Que señale una el corifeo Hernandez, i su compañero Ordoñez. . Ie I El, i Ordoñez estaban ecsasperados por- q~
se retardaba la gefl;ltura i la comandancia general.
1 f) Era necesario se esplicase de que pueblo se habla, si del de León puramente, ó del de todo el Esta– do: aqel aun concedido qe eshil:¡iese reducido á nuli– dad, no tiene un derecho por si solo, á insurreccio– narse contra la suprema auto:t;idad. i este no ha te;1ido parle alguna en el aten±ado de dos cabecillas.
1 g) Por eso el regidor Zepeda que la lleva de bachiller, cuando el C. Vidaurre (que asistió a la se– sión no quiso firmar) o preguntó si ecsistié. la consti– tución. respondió aqel. en tono magistral qe no ecsis– tia, i efec±ivamente qe semejante sesion suponia :p.p ecsistencia del "código inbulnerable".
(h I Solo el Congreso federal tiene facultad para decretar la guerra.
lil Tal CÚIn\llo de malignas suposicionés es u:p.a consecuencia necesaria i natu,ral del inaudito proiec.l:o de Hernandez i Ordoñez, pues si la abrogación de fa– cultades i sobreposición a la autoridad sagrada del codigo fundamental. son corno decretar la guerra, en vista su criminal falsedad: cuando si se levantó fuerza fue a virlud del arlo. 109. atribución 59 de la Consti– tución, qe faculta al ejecutivo para usar de ella contra la insurrección. i tambien a virlud de la opinion pu– blica de León, qe hasta llegó a amenazar con recolu· ción sino se atacaba a Managua, segun fue publico en Febrero i hai pruebas i documentos qe lo acredi-tan; . (j) Caso estraordinario, por el solo qerer de Hernandez, i Ordoñez qe lograron alucinar a una parle de la fuerza de la plaza.
\ k I Medidas estraordinarias son a las qe siem– pre se acojen os serviles, traslado a Guatemala, en el proiecto de derrocar el sistema.
\ 1 J Tres clases de sugetos concurrieron a la sus– cripcion de la acta., redactada acaso por Hernandez, unos serviles, otros aspirantes egoistas, i otros ineptos enteramente. de donde pues la mas conspicua sabi– duría, prudencia i circunspección. con qe han delibe– rado en un fenomeno desconocido en el sistema, qe ni está previsto, ni pudo preverse por los sabios legisla– dores'? Bien se manifiesta en las dos resoluciones de dividir los mandos poltico i militar. i de autorizar al gefe político para hacer solemne convocatoria a todos los pueblos. Esto si qe no pudieron preveer los sabios legisladores. qe la municipalidad de un pueblo, se abrogase las facultades propias de la suprema auior-i" dad. .
(mI Desistió, esto es. conoció qe si admití~ se hacia reo del decreto de la federación i perdía el en– pleo: mas a pesar de ello, sin fuerza ni coacción abra– zó lo que tanto deseaba. i por lo que havia trabajado con Hernandez desde su llegada a Lean. como enbiado de este Gobierno a quien desobedeció crirnin;almente, cuando en 17 de Julio le ordenó marcharse a esta ca– pilal sin perdida de momento con su división 1;) sin ella.
(n I Prueba de ello es qe en Granada fue des– pojado de la comandancia a ciencia i. paciencia del pueblo por la ofiCialidad de acuerdo con la munici– palidad corno traidor e infidente, según lo compruev'il el sumario instruido que ecsiste en el minis.l:erio.
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