Page 110 - lista_historica_magistrados

This is a SEO version of lista_historica_magistrados. Click here to view full version

« Previous Page Table of Contents Next Page »

Solicitud de Aplicación de Indulto

,Mluy) Ploderosol Sleñorl:

El Presbítero Dr. don Tomás Ruiz, Indio Natural de la Provincia de NiCaragua, preso en esta Cárcel de Corle por la aausa llamada de Belén, lleno del aUo respeto, que debe a V. A. y confiado en la piedad con ha despachado a los reos de consideración declarán– doles la Real graCia del Indul±o general publicado en diez de julio del año pmo. pdo., se toma la liberlad de hablar a V. A. preseniando la5 sencillas reflexiones que cree podrán inclinar a V. A. a una benigna deci– sión, no porque tema que V. A. se desnude de aquella clemencia con que ha decidido las causas de orros reos, sino porque cree, que puestas en la balanza de la justicia, podrán merecer alguna esiimación en el ánimo de V. A.

No vengo a ponderar mis trabajos sufridos en mi larga y esrrecha prisión, sino a insinuar los funda– mentos que tengo para creer que ha borrado un des– cuido la Real gracia del Indul±o ya citado. Al Ario. 4 9

no puso más excepción que la que allí expresa el 'Mo– narca que tenía a la vista mi causa con la gue mucho tiempo antes había dado cuenta el ex-Capitan General don José Bustamante. Me presenté pidiendo la decla– ratoria y me negó la gracia, a pretexto de que no ha– bía venido comunicado por el Consejo de Guerra. Ca– llé sin seníir más alivio que quilarme unos pesados grillos con que el General Bustamante no quiso afligir y deshonrar a sus milítares en quiénes podía ejercer una auioridad indispuíable, y dejándome con la ig– nominia de un grillete, que quító cuando quiso el Ca– pitán don Luis Toledano, con la circunstanCia de que jamás intenté fuga ni di indicios de ella. Vino la Real Orden comunicada por el Consejo de Guerra, entonces debió el señor Bustamante declararme lo que corres– pondía, pero su espírilu había concebido orros planes para prolongar mis martirios, y se acogió a una don– sulta 1bien lo sabe V. A.I que decía había hecho a S. M. sobre la causa de Belén. Esfa era ya conocida del Monarca, pues él mismo 10 dice en su Real Cédula de doce de mayo de ochocientos diez y siete, y en orra de veinte de agosto del mis,mo año, en que dice: "que el gobernador de Hondura~ don Juan Antonio Fornos avisó que en la capilal de Guatemala se descubrió oporlunamente un plan de conspiración, y que pues– fos ,en prisión los delincuentes se les había seguido causa". La Real Cédula de veinte de agosto del mismo año hacía relación del mismo suceso por parle dado por este Supremo Tribunal. En los relatos de ambas cédulas se ve que no ignorando el Soberano mi causa, o mejor diré la causa de Belén, declara que sean com– prendidos en esta gracia todos los reos del Reino de Guatemala, en quiénes concurran las circunstancias que expresa el Indulto general consabido. Es induda– ble que en esta Capilal no ha habido otra escena que la de Belén, ni otros apresados que los que todo Gua– temala conoce, como a mí. El Audifor de Guerra ha sido de parecer que estas repetidas declaraciones de la Real clemencia no me comprenden, ni a los que des– pués de una larga, dura y penosa prisión debernos esperar respuesia de la consulía que hizo el Capifán General don José Busiamante. Séame lícilo M.P.S. hacer una breve y sencilla reflexión sobre esia consul– ta: una de dos, o era en favor de los reos de Belén, o era en conrra. Conocido el carácter del dicho Capi_ fán General, el imperio con que siguió la causa, el modo con que eludió la competencia que algunos de los acusados procuraron entablar: Nadie podrá juzgar que fuere favorable. Es preciso, pues, conjeturar que en todo fuese adversa, y para esfe juicio tengo un fundamenfo que V. A. mismo respeiará. Tal es el dicho del Monarca, que en la citada cédula de doce de mayo dice que el ex-Presidente Busiamante le consultó que las revoluciones no se Jilodían acabar con indultos y gracias, sino con prOVIdencias que escarmienfen y

contengan siendo por lo regular las protestas de su-

misión afectadaS y falsas, cuando los pueblos tienen por objeto la Independencia. El Expresidente Busia– manie no quería indultos ni gracias. ¿Qué, pues, pre– tendía para los infelices que habían caído o habrían de caer en sus manos? La Orca: sin duda verlos ar– cabuseados, expatriados, puestos en presidios eterna– mente, etc. Para esto, sin duda, pedía amplitud de facul±ades. áY qué consultaría para los reos de la cau– sa Belemilica? No podía ser favor ni gracia, como el mismo lo dijo al Monarca. Luego, debía ser expatria– ción, o la muerle. La primera sólo quiere S. M. se ejecuie con voto consultivo del Real Acuerdo: la se– gunda no lo ha sancionado, y lejos de convenir con las duras ideas del Capilán General Bustamente, repi– ie: "conforme a la declaración cierla de mi Real Cédu– la de veinte y cinco de enero de esie año sean com– prendidos en el Indulto que tuve a bien conceder, todos los reos de Guatemala en quienes concurran las circunstancias que allí se expresan". áY qué cosa tan especial tenía 1a Causa Belemifica para que merezca una respuesia 'tan específica, y terminante? áQué muerles? áCuántas viudas y huérfanos, cuántos due– ños despojados de sus intereses, clamaron contra los necios teriulianÓs de Belén? áQué armas" qué escrilos sediciosos, qué calles empapadas de sa'ngre claman conira ellos? Bien lo ha visio esia capüal. Bien lo vi6 el Capiián General Busiamante, bien sabe V. A. que nada hubo, iambién es notorio que todo el peso de un rigor esiudiado, y riguroso cayó sobre los infelices de quienes se juzgó ofendido el señor Busiamante. Nin· guno de los que cayeron en sus manos Ptlede quejarse con más razón que el Dr. Ruiz. Desde 812 comencé a padecer solo, pero en 813, por la causa de Belén me vi privado de comunicaciones, escaseces y desprecios dentro y fuera de las prision13s. En orros lugares del Reino hubo motines, se alarmaron, hubo víctimas, con todo S. M. cubre con el manto de su prudencia y pie– dad paterna a los autores y factores de aquellas sedi– ciones. áY por qué se ha de negar esia gracia a los reos de la ponderada causa de Belén?

Desde 28 de julio de 1817, clasificó S. M. las cau– sas, tocanies a infidencia, y en la sexta clase coloca a los que en sus proclamas, se han dedicado o dedi– quen, a encender o sostener el fuego de la revolución declarando que ésios deben ser juzgados por las auio– ridades civiles, conforine a las Leyes. Esia es una ley dictada en vista de la siluación de las Américas, y ella me liberla de la auíoridad Militar que con tanío em– peño y rigor quiso ejercer el señor Bustamante, y de consiguiente toca a V. A. declararme la gracia del In· dulto que solicito humildemente.

Me parece que es una pura cavilación, y muestra de odio implacable querer sosiener que es preciso aguardar una específica resolución del Soberano. Es pretender que mi prisión sea eterna, puesto que el So– berano fantas y tan repetidas veces ha publicado que quiere manifestar su paternal clemencia con todos los reos del Reino de Guatemala. Ya habló el Monarca. áQué se espera'? áNo es órgano de su voluniad el Su– premo Consejo de Indias'? áNo es el de Guerra'? áNo lo es el Ministerio'? Por iodos ha explicado su piedad el Soberano. áQué más se pretende? Me es preciso ca– llar sobre este parlicular para pasar a manifestar que bajo cualquier aspecto que se mire este asunto debe V. A. interponer su Real Autoridad. Si se atiende a la competencia es claro, es claro pues S. M. en la Real orden de 27 de enero de 1789, se explica así: "al pro– pio tiempo no pudiendo S. M. mirar con indiferencia, o sea por pura voluníariedad en los jueces 1de que hay no pocas señales con el suceso presente) o sea por equivocados concepios se mantengan especialmen– te en los dominios ultramarinos, presos los reos de las competencias hasta la resolución de S. M. o Tribunales de la Península principalmenie sien?o por causas de leve entidad cual es la de esfe desd,chado y otras de

-20-

Page 110 - lista_historica_magistrados

This is a SEO version of lista_historica_magistrados. Click here to view full version

« Previous Page Table of Contents Next Page »