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« Previous Page Table of Contents Next Page »tión de religión sino de teología'? Y aún más, entiendo que, sin darse cuenta Las Casas, era realmente cuestión de anfropología (filosófi– ca): el concepfo del hombre como animal "con anima racional" es el que planteó el problema, los franciscanos bien veían que para la salvación del a)ma el asunto carecía de impodancia; no así Las Casas.
y desde un comienzo se vió el asunio como polémica de .teólogos por los conquis– tadores:
"Sobre este servicio (en encomienda) de los indios ha habido muy grandes a1±eracio– nas en derecho en±:re farnosos legistas, e ca– nonin±as o teólogos, religiosos, e perlados de mucha sciencia e conciencia, diciendo si de– ben servir o no esios indios, e si son capaces o no
¡ e con qué calidades e limilaciones Se dGbcn admitir, o concederse fal tutela. Pero cómo han seído lUUY diferentes en las opi– niones en esía. disputa, ningún plovecho Se ha seguido a la Herra ni a los indios" (16). Las Leyes de Burgos de 1512, mantenien– do la racionalidad del indio, sin embargo, lo seÍÍalan con fan±os "lualos vicios" que lo de– jan en encomienda, son por tanto contrarias a los indigenistas y a Las Casas.
El Emperador convocó en 1529 una jun– ±a en Barcelona para tratar de los asuntos de l.as Indias Los conquistadores justifica– ron 1 as encomiendas, lo que combatieron los diminicos, que llegaron a sostener que si pa– ya cOTlver!ir en clÍsfiaIJos a los indios y some– terlos a la autoridad del Rey, era preciso ro– barlos y destruirlos, como justificaban los en– comenderos, debía prescindirse de catequi– zarlos y conquistarlos (17).
Los domini<:os de Chiapa, en 1562, ac~p
iaban, en cada a Las Casas, la encomienda {en cuanto cesión iribuiaria, tasada, del Rey a un padicularl corno inobje±able.
En adelante, con las res±l'icciones y con– troles esiablecidos, la encomienda perdura. Felipe n estuvo a punto de conceder la ve¡"¡1,a a perpetuidad de las encoluiendas: los indianislas (y que no se vió claro el benefi– cio para la Corona) lograron evitarlo.. En Cen±roamérica una de las luchas de l<?s dominicos en el S. XVI fue por in±rodu– ?Jrse en las encomiendas para predicar a los Indios Con frecuencia, para evitarlo, el en– comendero ponía un cura. Los dominicos
r~clam.arol1 y 10g1:"aron de la Corona la au±o– rIzación para predicar incluso cuando hubie– ra cura, por la Real Orden de 10 de diciem– bre 1150, que dice "que ponen (los enco– menderosJ clérigos idiotas en sus pueblos que vivan más de Calpisques, que sacerdo– ±es" (l8).
Según el cronista oficial López de Velas– co, en 1573 en las Indias había 160.000 es– pañoles, de los que sólo 4000 eran encomen– deros. . Eü Centroaméri.ca, proporcionalmen– te debIó haber pocos (19). El obispo Diego Alvare2; Osado, de León, tenía en encomien– da los indios de Nandarí (20).
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Las ordenanzas de 20-XI-1542, fítulo XXVI, las prohibieron a lbS virreyes, gober– nadores y oficiales, prelados, monasterios, hospitales, casas de religión, etc., porque .. se an seguido desordenes. en el fra±a– miento de los dichos yndios " Al año si– guien±e se quitaron las encomiendas a los convenios de dominicos y mercedarios. Sin embargo, los dominicos de León lograron ha– cerse con ofra, que les fue quitada en 1546, por una real orden nominal (21).
El Lic. Pineda, juez de comisión, lleg6 a León ellO de oclubre 1543. Traía la orden de declarar vacos los indios encomendados a las üu±oridades Veinte días antes de su lle– gada se supo. En±onces de los Ríos avisó y transfirieron las encomiendas. Varias fue– ron asignadas a hijos mes±izos La Audien– cia {20 julio 1545) informó al rey que los habí,an castigado y esperaba órdenes
La encomienda tuvo una evolución muy interesanie.
En un principio, las autoridades reales tuvieron la preocupación de controlar la si– ±uación.
Así, Rodrigo de Contreras (1537) infor– ma al rey que los españoles no se preocu– pan por catequizar indios
" u'1uchos caciques preguntándoles sy son chrisfíanos me an dicho que no", y lue– go responden que sí desean hacerse .cristia– nos. Luego dice al Rey que debe qUlÍar los indios a los españoles que no los adoctrinen. Luego, que se ordene que mientras los indios hacen sus sementeras no se les pueda orde– nar otra cosa (22).
Luego Con±reras, en el mismo año, hizo ordenanzas prohibiendo se dé irélbajo a los indios lnientras hacen. sus s.emen±eras, du– rante cuatro meSeS, y que debe obligárseles a hacer esas sus sementeras.
y Juego, que no se los cargué con pesos, excepto en el fransporle de objetos frágiles,
y que se empleen carretas (23) ..
LOs indios de encomienda de Alvarado, a su n'1uerle, pasaron a la Corona. Y esta po– lítica se siC'luió frecuentemente. Desde me– diados del 'XVI, los Presidentes de la Audien– cia adoptaron la costumbre de ii distribuyen– do en partes pequeñas las encomi¡¡indas que quedaban vacantes. En 1601, el Cabildo de Guaiemala solicitó al Rey que no se dividie– sen, reiterando la petición en 1605 y 1606. (23). Ello muestra cómo el Cabildo munici– pal protegía la oligarquía, mientras que la Corona procuraba div:idir las riquezas acu– mula das por los primeros pobladores.
En 1537 se ordenó a los españoles con in– dios encomendados, en Nicaragua, que edifi– quen para sí casas de piedra y no vivan en chozas (24). En 1579, se prohibió forzar a los indios a los cultivos de añiL
En 1569, Perafán de Rivera hizo reparfi– miento de indios en Car±ago, a petición de los conquistadores. El franciscano fray Juan
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