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« Previous Page Table of Contents Next Page »ASILO DIPLOMATICO
IC. NEALE lllONNHN{;
PIofesol Asociado de Ciencias Políticas
en la UnivClsidad Tulane
Evolución hist6rica del asilo en la
América Latina
La práctico del asilo diplomótico en la Américcl La–
tina está frecueniemente vinculada con cmtecedentes
01 iginados en las sociedades antiguas y con costumbl es
seguidos en Europo, especialmente en éspaií.a Pelo su
desarrollo en la Américo Latina pwece obedecel no ton– to al resul1udo de uno aplicaci6n concienzuda ele CUC1!~
quiera de esas normtlS Cltlteriolcs, sino más bien
(j 1(1
evolución de instituciones julÍdicdS sinlilares provenien– 1es de acciones Iccíplocas humanas clÍlontadas por cit–
cunstcll1cias análogas en distintos tiempos y lugores Es delto, po: supuesto, que las vCldoderas cilcunstollciClS tesponsables del ül ¡gen y continuación de la prác.ticCJ del osi lo diplomático en la AméricC1 Latina son, en pente, produc10 de la cultula hispana 1rasladadt1 al r'-Juevo Mundo Por ello, es mejor conocida como una institu– ción natulol de lo Amél ica Latina, y como resultado de
IcJ5 peculiOlcs condiciones políticas y tradiciones cultu– rales de la región
POI asilo diplomático se entiende [a práctica de dar plo"cección en un lugar que tiene clelecho a inmunidad o inviolabilidad diplomática (oldinOliamente una em~
ba¡ada o legación) a un individuo pelseguido por las autoridades de su propio país Existe universal con– senso en que no debe ploporcionarse tal protección a criminales de del echo común También se utilizo el término asilo diplomático para refelirse a la protección temporcd que se da a un individuo perseguido por el po– pulacho o pOI algún agen1e policíaco cualquiela Se crean pocos ploblemas si el sujeto es entregado a las uutoridades competentes que lo reclaman El verdadelo conflicto se suscita cuando el representante diplornático rehuso en1"fegar lo a los autol ¡dades competentes y pide que le otorguen la gOlan1ía de un solvoconducto pena socailo del poís Esto equivale a cdejar al individuo de la jurisdicción de su pi opio estado, mientras físicamen– te permanece dentro del mismo
DUlOnte toda la época colonial en la América La– tina la Iglesia adoptó la costumbre de dm asilo a aque~
Ilos individuos que Clan perseguidos, por una u otra razón, por los representantes y administradores po[íti– cos de la corona española Fueron expedidos numero~
sos decretos reales con el fin de panel límite a esta molesta próctica, pero no se logró gran resultado 1 Sin embargo, den1ro de ciertos límites, la práctica podía ser tolerada sin peligro lcmto la Iglesia como las autori~
1) "Aspectos histólicos de asilo en Guatemala", Adolfo Molino Owníes, Revista de la asciación guatemalteca de de. lccho internacional (Guatemala, ene" 1954), págs 106-119; Instituciones de dClecho canónico, Domingo Cavalalio (Va– lencia, 1846) j Bosquejo histólico de las levoluciones de Cen–
tro Amélica, Alejandlo Mame (París, 1913); El derecho de asilo eclesiástico en el leiuo de Chile, Malio del Valle Mu– ñoz (Santiago, 1952).
dades tempOlales dependían de la corona española Conceder asilo en las iglesias y propiedades lcligiosas estaba leios de sel una amenaza a la autoridad de la cor ono, lo cual no hubiero podido ocurrir así de ser la Iglesia una institución independiente
Poco después de las guel ras de independencia en lo América Latina, lo Iglesia comenzó a ser despoiada de muchos de sus antiguos privilegios En reacción a ésto, el clero comenzó a mezclarse en la política con rnoyar entusiasmo que nuncCl, pues creía, con toda razón, que muchas de las fuerzas políticas de las nuevC1S lepú– blic(ls eran uno verdadelo omenazo o su posición En esos tumultuosos años se d¡ó frecuentemente asilo en las iglesias y monastelios a los enemigos del légimen en el poder romando el clero parte en las luchas po– líticas conveltíase en una ve¡dCldelo amenaza pOlo cual· quier légimen que estuviera en dificultades con la Igle· siC! En lo décctda de 1820, las autor idades estatcdes cornenZCHon a penettclr en los iglesias y otras propieda· des religiosas, el fin de oprehender el los fugitivos Durcll1te los oños 1830 y siguientes habían demos– tlado en forma evidente que tales lugares no siempre elan un refugio seguro, y al final de la década la coso turnbre de[ asile eclesiástico desapareció prácticamen. te 2
Sin embargo, por esto época nuevos y más efec1i· vos lugares comenzaron o prestar asilo Las embaja~
das y legaciones, que se habían establecido a medida que los países logtabran su independencia, replesenta– ban un poderío bastante difelente al que no se podía minimizar La norma de inviolabilidad de las posesio– nes diplomáticos se encontlclba ya para entonces bien allaigada y el no respetCllla podía llegar a ocasionCll una ruptur a de relaciones diplomáticas, situación que di~
fícilmente podían soportar los gobiernos inestables o débiles Siemple que uno erl'lbajada o legación era ame· nozuc1o en su inviolobilidod, y esto ha sucedic10 en too dos las portes de[ mundo, el cuel po diplomático esto· be! pronto a reunilse y a Clctuar al unísino
Poco se sabe acerca de lo costumbre del asilo di· plomático durante los primelos aíios de la Independen– cia Sin ernbCllgo,
(1 mediados del siglo diecinueve en· conilamos en \a correspondencia diplomático lefelenciCl ctI asilo como pláctica común en muchas de las Repú~
blicCls del Sur (término usado entonces comúnmente en vez de "latino' 3 Pero, si la práctica ela generol, es· tClba todavía lejos de qucdClr establecida, y Estados Uni– dos se vio flecuentemente envuelto en algunas de los más acres con1roversias¡ y, si bien ha podido desembCl– razarse pOI sí mismo del problema, éste presentó algu. nas veces los mós comp[eios dilemas al Departamento de Estado Antes c.le volvel a trCltdl acerca de la coso
2) Vém;c especialmente .l\Iolino Olantes, op eit, y del Valle Muñoz, op cit
3) Véanse casos discutidos en Ronnillg, oH. cit., espe~
cialmcnte capítulos 2 y 6
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