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El General Senador Presidente de la República de Nicaragua, a sus habitantes
Considerando que por la invasión filibustera en el puerto de Trujillo, territorio de Centro América, se ha visto en la necesidad de aumentar la guarni– ción de esta y otras plazas fronterizas con el núme– ro considerable y se ve por consiguiente en la de re– caudar los recursos que basten a cubrir el alimento del presupuesto y demás gastos de guerra, en uso de sus facultades
DECRETA
Art 1 -Se derrame en la República un em– préstito forzoso en la cantidad de cinco mil pesos mensuales distribuidos en los términos siguientes el departamento de Chontales trescientos cincuenta pesos El de León mil quinientos El de Chinan– dega quinientos El de Segovia cuatrocientos El de MatagaJpa doscientos cincuenta
Art 2 -En cuanto o lo organización de las juntas calculatoria y de desagravios, modo de hacer la derrama, contingente y demás circunstancias re– queridos para el cobro, se espera lo dispuesto en el decreto de 12 de diciembre del año próximo pasado y disposiciones preexistentes de la materia, en cuan– to no se opongan a~ presente
Art 3 -Al tercer día de requeridos los em– prestamistas, harán ante los Alcaldes encargados
del cobro, el entero de lo mitad de la suma que les haya cabido en el detalle, y la otra mitad la ente– rarán el día 30 del presente mes, y en lo sucesivo el 15 y último de cada uno de los siguientes
Art 4 -Los Alcaldes encargados de hacer los cobros, enterarán el contingente de sus pueblos, a lo Subdelegación de hacienda del departamento o Subprefactura del distr ito respectivo, y estos ante el Receptor del distrito, debiendo los Subdelegados y Subprefectos rendir su cuenta ante la Tesorería general
Art 6 -El Alcalde de que se manifieste mo– roso en el cobro de la cantidad a cada vecino, será multado en cinco pesos por cada vez que requerido no cumpla, cuya multa se exigirá gubernativamente por el respectivo Subdelegado o Subprefecto Art 7 -La suma que se entere a los Recep– tores, la invertirán precisa y exclusivamente en el sueldo de la tropa y demás gastos de guerra, siendo responsables en el caso de obrar en contrario Art 8 -Pasadas las presentes circunstancias, el Gobierno señalará el ramo donde deban ser rein– tegrados los emprestamistas
Art 9 -El Señor Ministro de Hacienda es encargado del cumplimiento de este decreto y de COmunicarlo a quienes corresponda Dado en Ma– nagua, a 10 de septiembre de 1860 -Fernando Chamorro
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LA CONTRIBUCION DE UN SEGOVIANO CON SUS POCOS CENTAVOS
Tenemos el gusto de informar que en la ciudad del Ocotal y mineral de Dipilto pertenecientes al departamento de Nueva Segovia, se han levantado suscripciones voluntarios para ayudar a los gastos de la próxima campaña, habiéndose en consecuen– cia remitido al Gobierno algunos centenares de pe– sos
Si se careciera de otra pruebo paro COnvencer de que los nicaragüenses quieren ser libres y lo serán, este solo hecho le bastaría y con mucho No– sotros mismos muy convencidos del' triunfo de nuestra causa, nos sentimos, si cabe, como más for– talecidos, como más convencidos de nuestra sufi– ciencia, porque, en verdad, aquel hecho debe con– siderarse como espresión más elocuente del patrio– tismo, que se realiza infinitamente si se considera la pobreza de aquellos vecinos, pues como se vio en Jo lista de los suscriptores hay quien apenas haya podido ufrecer cuarenta centavos, única cantidad de que podía disponer, y si a este hecho se' añade la disposición general y uniforme de todos los nica– ragüenses, sin excepcionar al sexo débil, de comba– tir hasta lo último contra nuestros enemigos, saltea– dores de mar y tierra, no debemos de que La América (periódico de Madrid) vuelva a decir, como dijo en otro tiempo, "que el sentimiento de la liber– tad había muerto entre nosotros"
Recordamos que cuando la España haCÍa sus preparativos poro su última guerra con Marruecos, la Reina recibió de su pueblo ofrecimiento semejan– tes y recordaremos cuánto aplaudimos la conducta de aquel pueblo, considerando al propio tiempo lo dulcemente satisfactorio que serí'a para todo espa– ñol el ver de modo tan manifiesto el sentimiento nacional A nosotros bien nos ha llegado esa sa– tisfacción que con justicia nos enorgullece Nica– ragua j hay patria! y el insolente yankee, venido de tierra lejanas con las esperanzas de esterminarnos de convertirnos en Dólares, aprovechándose de no– sotros cual de los abyectos ilotas, de hacer de nues– tras mujeres lo victima de su torpeza, de pisotear nuestros altares, de robórnoslo todo bajo el pretexto de que no somos dignos ni capaces de nada, ese vendrá por última vez a recibir la paga de sus crí– menes que él no espere se repito la escena del 1
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de Mayo en Rivas, que arrancó lágrimas de deses– peración o nuestros héroes
Pronto esperamos poder dar cuenta de que los otros países de la República han seguido el ejemplo dado por Ocotal y Dipilto, y excitamos a nuestro clero a que, no limitándose a ejercer su ministerio en mantener vivo el ardor de nuestro pueblo, de a su vez otra muestra de patriotismo asistiendo al Go– bierno con los recursos que pueda, el Clero español acaba de dar el ejemplo
Sábado, 8 de septiembre de 1860
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