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« Previous Page Table of Contents Next Page »ingreso suficiente para subvenir a las nece.. sidades vitales del pensionista.
Son datos de importancia para apreciar las caracferísticas del régim.en de pensiones, los siguientes:
Como base para el cálculo de la pensión se usa el salario del úHimo período de vida activa del causante; tres años pa.ra invalidez y sobrevivientes y cinco años para vejez;
Ninguna pensión de invalide:z ±otal O ~e:
jez es m.enor del 30% del salano de acilVl– dad, y estas pensiones pueden alcanzar has-ta el 80
% de ese salario i -
Las pensiones de viudez son el 50% de las de invalidez ±otal y las de orfandad, del 25
%, o sea que una viuda con dos hijos re– cibe igual pensión que la que habría obteni– do el causante, de invalidarse tofalmente;
Las pensiones son reajus±ables propor– cionalmen±e a las variaciones del nivel de los salarios.
La protección a .1a fam.ilia en.la raIna de enferInedad-ma±ernidad, ha quedado limita– do a las atenciones de m.afernidad a la es– posa y, en cieríos casos, a la concubina del asegurado, y a las atenciones médicas de los hijos hasta los dos años de edad.
SierrLpre se ha sentido una presión bas– tan±e intensa de la masa de afiliados para que esas prestaciones se extiendan; Se desea que el Seguro Social dé atenciones por enfer– medad cOITIún a la esposa y se prolongue la edad de atención de los niños.
Obviamente esas extensiones obligarían al aumento de las confribuciones. Pero ade– más hay oiras razones que deben hacernos muy prudenfes para decidir la exfensión de los beneficios del seguro de enfermedad a la familia del asegurado. Creo que una valua– ción cuidadosa del rendimiento en salud de la rama de enfermedad, en relación con su costo, en los seguros de Hispanoamérica, nos llevaría a conclusiones parcialmente desa– lentadoras.
Nadie duda del inmenso beneficio que ha significado para la población afiliada los prograInas de atención materno-infantil, ni puede restar importancia a la acción de la rama de enfermedad en los casos de lTIedia– na o lTIucha gravedad. Pero, Inás del 50% de los fondos destinados a las prestaciones en especie y en servicios del seguro de en– fermedad, se consurnen en la atención y tra– ±amien±o de afecciones banales, de aquellas
que evolucionan e~ponfáneam.en±e hacia 1.a
curación.
Me parece claro que la población asegu– rada que ya goza de pres±acione~ médicas gratuitas en el "pequeño riesgo" de enfer– medad, no aceptaría de buen grado la limi– tación de esas pres±aciones; pero creo que de– bemos aprovechar los resultados de la expe– riencia cuando se extienda la protección por enferm.edad al grupo familiar, para limitar las presfaciones a aquellas que rindan un be– neficio social evidente.
Cada rama del Seguro de Nicaragua fie– ne su particular régimen financiero i reparto simple en enferrnedad-rnaternidad; en ries– gos profesionales, reparto para las. prestacio– nes sanitarias y subsidios y formación de ca– pitales consfitutivos para las pensiones; capi– talización colectiva parcial, con prima esca– lonada, para las pensiones de invalidez, vejez y muerte.
Al comen2:ar la actividad del Seguro So– cial, las contribuciones se fijaron en un 16 %
de los salarios, desfinándose la m.itad de esa fasa para el régimen de pensiones, cantidad que aparece alfa, pero que estaba justificada por las caracferísticas de ese régimen, que ya he señalado, y porque se postulaba para él un régimen de capitalización colectiva con prima media general.
Sin eInbargo, cuando fuá incorporado el secior privado, un fuerte movirniento de opi– nión, dirigido por los patronos y apoyado por ciertos sectores de trabajadores, obligó a reducir las contribuciones, adoptando para financiar las pensiones un sisteITla de capita– lización parcial, que obligará a elevar las tasas de contribución en cuanto se equili– bren los ingresos y egresos de la ralTIa de pensiones.
En la rama de enfermedad-maternidad y en la de riesgos profesionales se han cons– ±ituido reservas de seguridad para hacer fren– te a desviaciones accidentales de los gastos, ±a1es com.o las originadas por epidemias, ca– ±aclismos o accidentes colectivos graves en grandes centros de trabajo. La reserva de seguridad de riesgos profesionales alcanzó rápidaznen±e su nivel máximo; en cambio, la de enfermedad-m.a±ernidad no ha logrado al– canzar ese nivel y, por ló contrario, han de– bido utilizarse parte de sus fondos para equi– librar los egresos de la rama. Una disposi. ción reglarnentaria adoptada este año permi– te alimentar la reserva de enfennedad-lTIa– ternidad con los excedentes de los recurSOE para las prestaciones médicas de riesgos pro– fesionales.
(De una conferencia dlctada el 25 de Noviembre de 1963 en el Instituto de Cultura Hispánica, Ma– drid, España, sede de la Secretaría General de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social).
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