This is a SEO version of lista_historica_magistrados. Click here to view full version
« Previous Page Table of Contents Next Page »_""._ ..' ....--.------__-----... :_"'i~ ...
ASUNTOS DI: OTROS ESTADOS. ACOGE LOS PRINCIPIOS DE ltA CARTA DElt ATltANTlCO.', PRINCIPIOS DE LA CARTA INTERNACIONAL AMERICANA DE GARANTlAS SOCIALES,' RECONOCE EL DERECHO DE AUTODETERMlN2\CION DE LOS PUEBLOS, El. ARBITRAJE CO– QUE I'ORMAN EL DERECHO INTERNACIONAL AMERICANO PARA LA ORGANIZACION DE
DERECHOS YDEBERES DEL HOMBRE
CAPITULO PRIMERO
Derechos
Artículo l. Todo ser humano tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Articulo 11. Todas las personas son iguales ante la ley y tienen los derechos y deberes consagrados en esta declaración sin distinción' de raza, sexo, idioma, credo ni otra alguna. .
Artlculo 111. Toda persona tiene derecho de profesar libremente una creen· cia religiosa y de manifestarla y practicarla en público y en privado.
Artlculo IV. Toda persona tiene derecho a la libertad de investigación, de opinión y de expresión y de difusión del pensamiento por cualquier medio.
Articulo V. Toda persona tiene derecho a la protección de la Ley contra los ataques abusivos a su honra, a su reputación y a su vida privada y familiar.
ArtIculo VI. Toda per~ona tien~ derecho a constituir familia, elemento fun· damental de la sociedad, y a recibir protección para ella.
ArtIculo VII. Toda mujer en estado de gravidez o en épocil de lactancia, así como todo niño, tienen derecho a protección, cuidados y ayuda especiales.
Artículo VIII. Toda persona tiene el derecho de fijar su residencia en el territorio del Estado de que es nacional, de transitar por él libremente y no abando· narlo sino por su voluntad.
Artículo IX. Toda persona tiene el derecho a la inviolabilidad de su domi· cilio.
Artlculo X. Toda persona tiene derecho a la inviolabilidad y circulación de su correspondencia.
Artículo XI. Toda persona tiene derecho a que su salud sea preservada por medidas sanitarias y sociales, relativas a la alimentación, el vestido, la vivienda y la asistencia médica, correspondiente al nivel que permitan los recursos públicos y los de la comunidad.
Artlculo XII. Toda persona tiene derecho a la educación, la que debe es·
'ar inspirada en los principios de libertad, moralidad y solidaridad humanas.
Asimismo tiene el derecho de que, mediante esa educación, se le capacite para lograr una digna subsistencia. en mejoramiento del nivel de vida y para ser útil a la sociedad.
El derecho de educación comprende el de igualdad de oportunidades en
-17-
Derecho a la vicia, a
la libedad, a la se– guridad e lnIegrldad de la persona. Derecho de igualdad ante la Ley.
Derecho de libedad religiosa y de cuUo.
Derecho de liber. lad de investiga– ción, opinión; expre– sión y difusión. . Derecho a la protec. ción a la honra, la
reputación persoRal
y la vicia privada y
familiar.
Derecho a la Consti. fución y a la protec· ción de la familia. Derecllo de prof~c.
ción a la maJenil. dad y a la lnIancia. Derecho de residen· cia y tránsito.
Derecho a la invio· labilidad del doml. cilio.
Derecho a la invio. labilidad y circula– ción de la cones– pondencia.
Derecho a la pl'eser· vación ele la salud y
al bienes~.
Dereclto a la educa. ción ,
This is a SEO version of lista_historica_magistrados. Click here to view full version
« Previous Page Table of Contents Next Page »