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« Previous Page Table of Contents Next Page »General Emiliano Chamorlo.
En el curso de las conversaciones que sos– tuve con el Gral. Somoza para llegar "El ese acuerdo políUco que dio origen a la Consti– tución de 1950, entre airas muchos incidentes, recuerdo perfeC±amenie bien que yo le insinué de que no debiéramos ir a la elección sóla" menie el Partido Conservador y el Partido Li– beral, sino iambién el Partido Liberal Inde– pendienie; y que para esto debíamos dejar abierlo el derecho de pefición que esfablecía con buena lógica la Ley Dodds de 1923. Sin embargo el GIaL Somoza me rechazó esia in" sinuacién mía diciéndome que sólarnenfe bas– iaba que los dos PaTUdos Principales de la Na– ción concurriesen a la elección puesio que re– presenlaban la ioialidad de fodos los nicara– güenses. Es verdad que yo no insistí mucho en esfe derecho de peUción, pero fambién quiero dejar esiablecido en esias mis Memo– rias que mucho se me ha criticado sobre ese hecho de que para la elección de 1950 se haya cerrado el derecho de petición de que habla la Ley EleC±oral de 1923. Y no fuí yo el que pro–
puse esta disposición, sino el propio Gral. 50– moza el que rechazó mi insinuaci6n.
También quiero explicar aquí que ese "de– recho de petición" como dice expresamenie
el Convenio solalTIen±e "quedó suspenso" para
las elecciones de 1950 y de ninguna manera
se suprimió Hel derecho de petición" de la Ley
Elecioral como se ha dado en decir en una pro– paganda mal iniencionada sobre ese Acuerdo. El derecho de petición exisie aC±ualmenfe y ha existido siempre, desde 1923, y solamenfe fue suspendido feInporalmenie para esfas eleccio– nes de 1950, cOrno dejo explicado, por volun" iad del GraL Somoza.
También recuerdo que hice, enire airas
muchas insinuaciones al Gral. Somoza, para
que ya en esa elección de 1950 y <¡:n la Cons– Hiución que se iba a dielar posteriormenie, quedara incorporado el derecho del sufragio para las mujeres, pero el Gral. Somoza me di–
jo que eso no convenía, pues los que iban a mangonear la elección en ese caso eran lilas
co±onudos" (refiriéndose, por supuesto, a lo
que yo eniendí, que eran los sacerdoies). Lo único que concedió al respecto era esiablecer corno principio de la nueva ConsiHución la "habilidad de la mujer para elegir y ser elec– ta" refiriendo esia cues:l:ión a una ley poste–
rior.
Asimismo quiero hacer relación a una crí– ±ica que se ha hecho a que enire los principios que el Partido Conservador demandó que se incorporaran en la nueva ConsiHución esiá la
"libertad irresrriota de comerciol(. Se ha criti–
cado al Partido Conservador por esio. Pero creo con toda sinceridad que esta crítica es completamenie infundada, pues al demandar esa libertad lo que preiendíamos era que no De siguieran poniendo controles al comercio de parle del Gobierno. Los controles en iodos los órdenes de los negocios, no solamente eran mal visios por los nicaragüenses, sino que se prestaban a fraudes y peculados. Esa fue la
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