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EN EL 15 DE SEPTIEMBRE DE 1872

Un año hoy que os dirigía la palabra sobre el fausto acontecimiento que nos tiene reunidos en el Saniuario de la Poiestaci Suprema de la nación, y un año hoy que investigábamos cuáles eran las semillas arrojadas en el ferreno fecundo de nuestra patria que– rida, y cuáles las cosechas que de las siembras de– bíamos esperar.

Enfonces dijimos, He aquí una perspectiva hala– güeña que el alma Se complace en confemplar: he aquí un fuiuro que nos alienia a sufrir las ial"eaS de 10

presenie.

Centro América ha declarado que no es patrimo– nio de pueblo alguno o familia del mundo. Ha pro– nunciado del modo más solemne su absoluia inde– pendencia. Ha reconocido que la soberanía reside esencialmente en la nación. Ha resHiuído a los pue– blos el derecho de elegir a los que han de gobernarlos

y dar dirección a sus destinos. Ha vuelto a asuntos públicos la atención que anfes se fijaba exclusivamen– te en asunios privados. Ha establecido en el ceniro de la nación un gobierno, obra de ella misma. Ha abiedo los puertos a todos los pueblos de la fierra. Ha puesto

él, los propiefarios en posesión del derecho de vender su propiedad a quien les parezca. Ha declara– do el de los labradores el de llevar sus cosechas al lugar interior y exterior que más les convenga. Ha decretado la libertad de los esclavos y hecho que en nuestro suelo no haya hombre esclavo de o1ro hombre. Ha fomenfado la ilustración, origen de fados los bie– nes sociales. Ha comenzado a formar el espíritu pú–

~lico garantía de los pueblos y creador de su prospe_ lldad.

Ahora hablaremos de los grandes pensamienfos de los próceres de la Independencia para dar cima a tan grandiosa empresa. Indicaremos algunos de los pasos que dieron para planfificados en el país. Seña– laremos las principales causas que no han permUido

llU completa realización, y concluiremos tributando el debido homenaje a los preclaros ciudadanos que qui– sieron hacer de esta hermosa sección del continenfe. americano una nación próspera y feliz.

Llevando adelanfe el programa del 15 de sepfiem– bre de 1821 de: "Guatemala independienie, o borrada de sobre la faz de la tierra", trataron aquellos insig– nes varones de organizar un gobierno general que representase las provincias de que se componía el an– tiguo virreinaio de Guatemala, corno al efecto lo cOn– siguieron, con la insfalación de la Asamblea Nacional Constituyenie, verificada el 24 de junio de 1823.

Inmediatamente procedió esie poder supremo a la confirmatoria del acta de nuestra redención polifica, declarando: que el Centro de la América era libre e independiente de la antigua España, de Méjico y de cualquiElra ofra potencia del mundo que habitamos, que no era ni debía ser el patrimonio de persona ni familia alguna, y que en su consecuencia era y for– maba nación soberana con derecho y aptifud de ejer– cer y celebrar cuanfos aefos, contratos y funciones ejercían y celebraban otros pueblos libres de la tierra: abolió los tratamientos y las distinciones del Don: mandó sobreseer en las causas insfruídas por delitos políticos: anuló los actos del imperio mejicano: esta– bleció los frajes de ceremonia, dispuso que hubiese tertulias patriófícas para frafar de asuntos de interés nacional: mandó que se celebrase con solemnidad el

15 de septiembre en conmemoración de la indepen– dencia ceniroaxnericana: declaró los días que eran festivos: estableció los escudos de armas y pabellón

nacional: dispuso que se xnudasen las armas y cucar– das militares, y declaró que el territorio de la Repúbli– ca era un asilo sagrado para las personas y propieda– des de los exiranjeros.

En el año siguienie de 1824 dispuso: que se esta– bleciesen clases de filosofía en fados los pueblos de los Estados donde se pudiesen dotar o los maesfros quisiesen enseñada gratuitatnente: dictó xnedidas fa– voreciendo la inmigración de los extranjeros, permi– tiéndoles dedicarse al oficio. arle o indusiria que más

les acomodase, todo con el objeto de contribuir al fo– lnento de Jos ratnos productivos de la riqueza Iiacio– nal, y a vivificar las fuenies de la prosperidad del país: autorizó al Gobierno para negociar un emprésti– to de fres =i11ones de pesos en los estados del confi~

nente o en las naciones europeas para asegurar con su producto la absoluta independencia del país, para

10 cual se nEJcesitaban cuantiosas sumas, que sin ex– iraordinarios sacrificios de los pueblos no podrían realizarse tan luego que se necesitaran: acordó que los empleados cesanfes y reformados que tengan de doce a veinte años de servicio, disfrutasen por razón de sueldo la xnitad de la dotación del úl±imo empleo que hubieran ejercido, y los de veinte en adelante, las dos terceras paries: concedió a los extranjeros la fa– cultad de vender por mayor y por menor sus efectos y géneros en el territorio de la República: abolió lá esclavitud, declarando que eran libres los esclavos de uno y otro sexo y de cualquiera edad que existiesen en algún punto de los estados confederados, y que en

10 de adelante nadie podía nacer esclavo: declaró igualmenfe que todo hoxnbre era libre en la República, que no podía ser esclavo el que tocase con su territo– ri.o, ni ciudadano el que traficase en esclavos: dispuso que para la provis~ón de los empleos públicos no se atendiese más que a la aptitud, xnérito y virtud del su– jeto: decretó que tuviesen congresos los Esiados de Guafemala, San Salvador, Costa Rica, Honduras y Ni– caragua, mandó que se solemnizase el 24 de junio de todos los años en remembranza de su instalación, autorizó al Gobierno para oír proposiciones y entrar en negociaciones de préstamo hasia la SUlna de ocho millones de pesos: concedió franquicias de derechos a los efectos que se imporlen y exporten en el primer viaje de los buques contruídos en la República: man– dó que se celebrase cada año la mexnoria del glorioso día de nuesira independencia: decrefó la Constifución Federal de la Nación, reglaxnenfando por separado su publicación y juramento, facultó al Gobierno para ajustar un empréstito con la casa Barclay de Londre¡ en la suxna de siete =i11ones y pico de pesos, y decla ró cuando los empleados públicos debían estimarSE cesantes.

En 1825 reglamentó los fondos del empréstito dE

la Casa Barclay, ratificó la convención de liga y con federación perpetua entre la República ceniroamerica na y la de Colombia: permitió a los extranjeros entre garse al laborío de minas en el territorio de la nación dispuso que el nacional o extranjero que quisiese en cargarse de la ejecución del canal inieroceánico hi6iE se sus proposiciones al Gobierno, mandó que las al. toridades de los puerlos facilifasen a los extranjera que llegasen a sus ierritorios respectivos 10 que neCE sitaren para su transporte al interior del país, saT cionó la Consiifución Federal, y organizó el sisiern administrativo de la hacienda nacional.

Tales fueron los principales trabajos de la A. N.

¡

en los tres primeros años de nuestra redención polí:! ca, ahora haremos una breve reseña de los heche por el Gobierno en el mismo período.

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