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El INVI, como una entidad estatal, cuyo directorio y personal administrativo están al alcance de quienes deseen valerse de

ellos para fines de vivienda, dentro de las proscripciones legales que le rigen, las que encauzan sus programas para provecho de las familias de recursos eco– nómicos IimHados, está en capacidad de operar en interés de los grandes grupos mayoritarios de la población nicara– güense.

Por la natul'aleza del vacío que los programas del INVI vienen a llenar, se han incorporado a la vida nacional con creciente importancia; y por su destino de

servir también a las generaciones del futuro su desarrollo merece la mejor atención del público, de los legisladores

y de los altos funcionarios del Estado, aparte del devoto y constante cuidado de quienes son directamente responsables de su bienandanza administrativa.

INSTITUTO NICARAGUENSE

Pía'

DE

F4

LA VIVIENDA

7

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