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El INVI, como una entidad estatal, cuyo directoi'io y personal Cldministrol'ivo están al alcance de quienes deseen valerse de ellos para fines de vivienda, dentro de

"IS prescripciones legales que le rigen, las que enccwzan sus programas para provecho de la5 familias de recursos eco– nómkos limitados, está en (opacidad de ope,l:l, en interés de 105 grcmdes grupos mayoritarios de la pobloción nic(uCl~

güense.

,',-

Por la naturaleza del vacío que 105

programas del INVI vienen

CI llenar, se han inc:orporado

Cl !a vida nacional con creciente importcmcia; y por su destino de servir también

el las generaciones del futuro su desarrollo merece la mejor atendón del público, de los legisladores

y de 105 altos funcionarios del Estado, Qparte del devoto y constante dudado de quienes son directamente responsables de su bienandanza administrCltiva.

I N sr IlUTO NICARAGUENSE DE

ca

LA, VIVIENDA

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