Gran Canal Interoceánico por Nicaragua

El proyecto del Gran Canal Interoceánico por Nicaragua (el Gran Canal o el Proyecto), con un costo de inversión de unos US$18,000 millones en precios de 2006, consiste en unir a los océanos Atlántico y Pacífico por medio de un canal acuático. Tiene dos componentes: (a) infraestructura, incluyendo estudios, diseño, financiamiento, construcción y operación de un canal interoceánico con capacidad para grandes buques de hasta 250,000 toneladas de peso muerto ("deadweight tonnage" -dwt-) y longitud de 286 kilómetros (Km), incluyendo 80 Km en el lago de Nicaragua; y (b) restauración, preservación y desarrollo del medio ambiente en la zona de influencia del Gran Canal en el país.

Existe la necesidad de un nuevo canal interoceánico acuático en las Américas. Por el Canal de Panamá pasan unos 200 millones de toneladas métricas (TM) anuales o el 2.9% de la carga marítima mundial (estimada en 6,961 millones y 10,529 millones de toneladas métricas (TM) para 2005 y 2019, respectivamente). Con la ampliación proyectada del canal de Panamá, para permitir el paso de buques de tamaño mediano, este podría captar unos 300 millones de TM en 2019 (año estimado de inicio de operaciones del Gran Canal), manteniendo su participación de 2.9% en la carga marítima mundial o aproximadamente un tercio de la demanda potencial estimada de 912 millones de TM, quedando una demanda insatisfecha significativa. Actualmente, buques por encima del tamaño que permite el Canal de Panamá tienen mayores costos y muchos días más de navegación (hasta US$2 millones y 36 días adicionales por viaje, según la ruta). Aún más, la construcción de buques cada vez más grandes que aquellos que podrían pasar por Panamá ampliado, requiere de una nueva vía de tránsito eficiente y eficaz entre los dos océanos para servir la demanda. Todo ello haría que ambas vías, Panamá y el nuevo canal, sean básicamente complementarias y no competitivas.

Nicaragua, con vocación histórica de canal interoceánico acuático, tiene una ubicación geográfica estratégica, con las tierras más bajas en el centro del continente americano entre los océanos Atlántico y Pacífico, así como recursos hídricos abundantes y poco aprovechados en el área de la ruta recomendada del Gran Canal. Entre estos recursos se encuentran el lago de Nicaragua, en el centro de la ruta, el cual descarga por el Río San Juan en el océano Atlántico 41.2 millones de metros cúbicos (m3) de agua por día y el río Escondido, al norte de la ruta, que drena en su inicio 33.7 millones de m3 diarios. El Gran Canal requerirá para su operación 6.6 millones de m3 de agua por día. Todo ello hace de Nicaragua la mejor opción en las Américas para construir un nuevo canal interoceánico acuático.

Se identificaron seis posibles rutas del Gran Canal, de las cuales la recomendada es, comenzando en el Pacífico (Figura 1.1.): Río Grande (Brito) - Río Las Lajas - Lago de Nicaragua al sur de la isla de Ometepe - Río Oyate - Río Rama - Bahía de Bluefields - finalizando al sur de la Isla del Venado (Hound Sound Bar) en el Atlántico (Ruta No. 3, párrafos 3.08 a 3.17), por presentar las mejores características geológicas, topográficas, hidrológicas, ambientales y de costo.

El Gran Canal podría desarrollarse en unos 11 años a partir de la aprobación de una ley especial por la Asamblea Nacional, cuyo borrador inicial ya se ha preparado. El Gran Canal, se estima, captaría unos 416 millones y 573 millones de TM en 2019 y 2025, respectivamente (3.9% y 4.5% de la carga marítima mundial o alrededor de 46% de la demanda potencial o relevante). La tasa interna de retorno (TIR) esperada del Proyecto es de aproximadamente 22%, con mayor rentabilidad potencial sobre patrimonio por efecto del posible palanqueo financiero.

El Gobierno de Nicaragua otorgaría el Gran Canal en concesión o por medio de un Acuerdo de Participación Público-Privado (APPP) a largo plazo (75 a 90 años renovables), lo cual conlleva el estudio, diseño, financiamiento, construcción y operación – incluyendo prestación de servicios y mantenimiento - del mismo. Ello sería a través de un concurso internacional transparente, abierto solamente a inversionistas privados idóneos, locales e internacionales. Los derechos y obligaciones de los inversionistas privados y del Estado de Nicaragua se establecerían en un contrato a ser firmado entre las partes y de acuerdo a la ley especial antes mencionada.

El Estado de Nicaragua ejercería sus derechos de soberanía y estaría a cargo de la seguridad general y ambiental, así como de la supervisión general operativa y contractual del Gran Canal, a través de las instancias del caso, existentes o a crearse. El Gran Canal tendría un carácter de servicio público internacional, neutral e ininterrumpido.