Amnistía No. 41 - Concedida por Lorenzo Guerrero - Por sucesos del 22 de enero de 1967

A la muerte del doctor René Schick el 3 de agosto de 1966, le sucedió en la presidencia el doctor Lorenzo Guerrero, uno de los tres vicepresidentes de entonces, escogido por el Congreso Nacional en Cámaras Unidas para terminar ese período. Su presidencia transcurrió sin hechos destacados, excepto el evento conocido como “Sucesos del 22 de enero”, cuando corrió bastante sangre derramada, como siempre, por causas políticas: de la lucha por el poder.



Sucesos del 22 de enero de 1967


Para las elecciones de 1967, Luis Somoza se oponía a que su hermano, el general Anastasio Somoza Debayle, fuera candidato y vaticinó que: “Es fácil subirlo, pero será difícil bajarlo”. Y la historia probó que tenía sobrada razón.


Nicaragua estaba inmersa en el proceso electoral de 1967 y los candidatos para estas elecciones fueron el general Anastasio Somoza Debayle por el Partido Liberal Nacionalista, y el doctor Fernando Agüero Rocha, del Partido Conservador integrante de la alianza llamada Unión Nacional Opositora (UNO), que aglutinaba a la oposición a Somoza: el Partido Conservador de Nicaragua (PCN), el Partido Liberal Independiente (PLI), el Partido Social Cristiano (PSC), el Partido Socialista Nicaragüense (PSN) y el Partido Comunista de Nicaragua (PC de N) y, además, había otros grupos y partidos más de izquierda, que apoyaban el anti somocismo de Agüero, pero que no integraban la UNO.


En el ambiente estaba latente en la opinión pública que el Partido Liberal Nacionalista, en el poder, haría fraude tal como era la tradición latinoamericana de los partidos en el poder. Había ocurrido en otros momentos en Nicaragua y se recordaba de manera especial lo acontecido veinte años antes, en 1947, cuando se le dio el triunfo a don Leonardo Argüello sobre el verdadero triunfador Enoc Aguado.


Este día domingo 22 de enero de 1967 era el cierre de la campaña electoral para las elecciones que se celebrarían el 5 de febrero. La oposición, la Unión Nacional Opositora (UNO), montó una gran manifestación en Managua para demandar varias cosas, tales como la suspensión temporal de las elecciones del día 5 de febrero mientras se hacía una reforma a la Ley Electoral; que se reestructurara el Tribunal Nacional de Elecciones; y que se tuviera una garantía de que las elecciones serían limpias, libres y transparentes. Además insistió en que en ese momento de la manifestación se diera un diálogo entre los mandos de la Guardia Nacional y los líderes opositores y aconsejó a los simpatizantes de la UNO que permaneciesen en sus lugares hasta que los jefes militares dialogasen con los representantes de la oposición.


No hubo diálogo, pero sí tiros, porque algunos de los manifestantes iban armados y ya al atardecer se dio un disparo de parte de los manifestantes dando muerte a un militar que operaba una tanqueta que lanzaba un chorro de agua para dispersar a los manifestantes. Según la oposición, la Guardia Nacional empezó a hacer uso de las armas, pero el Gobierno insistió en que fue la oposición la que inició los disparos. Como es de suponer “se armó la de San Quintín” con mucho derramamiento de sangre.


Los líderes opositores se refugiaron en el Gran Hotel donde fueron capturados en los días sucesivos, excepto el candidato Agüero Rocha.



El decreto de amnistía del 3 de marzo – Amnistía N° 41


No obstante este suceso, el 5 de febrero se llevaron a efecto los comicios y se dio como triunfador a Anastasio Somoza Debayle. Pero los ánimos seguían sumamente alterados, pues nadie estaba seguro de que no se le seguiría acusando por haber participado en los acontecimientos del 22 de enero.


Así las cosas, no era aconsejable para el gobierno mantener ese estado de alerta pues, según la Ley, el nuevo presidente debía asumir la presidencia el 1 de mayo y era preferible asumirla en calma antes que en medio de disturbios. Debido a ello, el presidente Lorenzo Guerrero y el Congreso acordaron dar un decreto de amnistía e indulto para todos los implicados en delitos políticos y conexos, desde el 8 de junio de 1962, cuando entró en vigencia y fue publicado el último decreto de amnistía de Luis Somoza. Pero en este decreto de 1967 se puso énfasis en conceder la amnistía no solo a los civiles, sino también a los militares, porque sobre ellos recaía la culpa de haber masacrado a tan grande cantidad de personas en la marcha del 22 de enero.



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Anexo 41

Decreto No. 1322 del 3 de marzo de 1967

Gaceta N° 52 de 3 de marzo de 1967

Amnistía N° 41

Concedida por Lorenzo Guerrero Mora

Nota: Se preserva la grafía original

Amnistía amplia e incondicional e indulto a civiles y militares


El Presidente de la República,

A sus habitantes,

Sabed:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

Decreto No. 1322

La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,


Decretan:


Artículo 1.- Concédese amplia e incondicional amnistía e indulto, a civiles y militares, por los delitos políticos y comunes conexos con ellos, cometidos desde el 8 de junio de 1962, fecha en que fue promulgado el anterior Decreto Legislativo de amnistía, hasta el día 27 de febrero de 1967 (Art. 148, Ordinal 22 Cn.).


Artículo 2.- Este Decreto ampara también a los procesados o condenados en el lapso comprendido en el Artículo anterior, por los delitos de tráfico o tenencia ilegal de armas y otros actos que estén sancionados por la Ley de 9 de noviembre de 1959.


Artículo 3.- Las correspondientes autoridades procederán a poner en libertad a los reos favorecidos por esta amnistía e indulto, para quienes este mismo Decreto producirá los efectos legales de sobreseimiento definitivo.


Artículo 4.- Este Decreto comenzará a regir desde la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.


Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. - Managua, D. N., uno de marzo de 1967. - Orlando Montenegro M., Diputado Presidente. - Ramiro Granera Padilla, Diputado Secretario. - Mary Cocó M. de Callejas, Diputado Secretario.


Al Poder Ejecutivo. - Cámara del Senado, Managua, D. N., 3 de Marzo de 1967. - J. M. Briones, S. P. - Pablo Réner, S. S. - Camilo Jarquín, S. S.


Por Tanto: Ejecútese. - Casa Presidencial. - Managua, D. N., tres de Marzo de mil novecientos sesenta y siete. – "Año Rubén Darío". - LORENZO GUERRERO, Presidente de la República. – Vicente Navas A., Ministro de Gobernación y Anexos1

 

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1 La Gaceta N° 52 de 3 de marzo de 1967.