Amnistía No. 14 y 15 - Concedida por Tomás Martínez y Fernando Guzmán - 1867

Al final del Gobierno del segundo período de Martínez, 1863-1867, en el Partido Conservador se barajaron varios nombres para la sucesión de Martínez: unos preferían al general José Bonilla, otros a Juan Bautista Sacasa. Pero el presidente Tomás Martínez quería asegurar su poder detrás del trono y escogió al tío de su esposa, don Fernando Guzmán, y usó toda su influencia para hacerlo elegir presidente para el período 1867-1871.


Cuando salió triunfador don Fernando Guzmán, algunos adversarios de Martínez criticaron la coacción gubernamental existente a la sombra del proceso electoral. También el historiador Jerónimo Pérez, cuñado de Martínez, acusó al gobierno de adoptar “el medio de la fuerza” o la “innegable intervención de la autoridad” y asegura que fue “muy perjudicial la coacción que empleó en esa vez a favor de su candidatura” y de que de esta manera pudo obtenerse “el triunfo” de la candidatura de Guzmán.1


El historiador Antonio Esgueva Gómez escribe que don Pedro Joaquín Chamorro seguía molesto con el poder de don Tomás Martínez y recelaba que la escogencia de Guzmán por Martínez era solamente para la continuación de sí mismo, como un “alter ego” (el otro yo, o yo mismo) y, por consiguiente, el triunfo de Guzmán era el triunfo de Martínez. De hecho, Chamorro consideraba que Fernando Guzmán y Tomás Martínez eran sus verdaderos opositores y su sombra en el liderazgo de Granada, lo que permite pensar que había una guerra tácita y permanente entre ellos y, a veces, no tan tácita.2

 

Asalto al cuartel Managua el 25 de diciembre de 1866


Desde antes de la proclamación de la candidatura electoral de Guzmán, tan apoyada por el gobierno de Tomás Martínez, don Hermenegildo Zepeda y don José Guerrero ya habían planteado su inconveniencia porque podía subdividir la República. Pero Martínez siguió apoyando a Guzmán hasta su triunfo. Tras su elección, los ánimos se caldearon más.


Cuenta Jerónimo Pérez que:


Pedro Joaquín Chamorro, Fulgencio Vega, Adrián Zavala, en combinación con los principales del partido en León, Rivas y otros puntos constituyeron agentes secundarios en Managua para procurar el asalto al cuartel, donde entonces había el mejor depósito de armas y elementos.3


La noche del 25 de diciembre de 1866, ya electo Guzmán, pero antes de su toma de posesión, se produjo un asalto al cuartel de Managua, pero terminó en fracaso. Los jefes de la conspiración sobornaron al cabo Félix Fonseca y quisieron hacerlo también con otros. Planificaron emborrachar a la tropa con licor mezclado con opio y así hacer el asalto sin derramamiento de sangre. Sin embargo, algunos de estos militares, como Francisco Estrada, no se dejaron sobornar y, fingiendo unirse al complot, pudieron actuar y abortar la conspiración. El único ajusticiado fue Félix Fonseca, fusilado sin proceso judicial mientras que a los demás reos les aseguraron seguirles causa o juicio ordinario y por el cual dio por resultado el esclarecimiento de la verdad, que no han negado posteriormente los promotores de la conspiración.


Martínez recibe la noticia del asalto la madrugada del día 26 en Masaya donde estaba celebrando la Navidad. Narra su cuñado Jerónimo Pérez que Martínez mandó apresurar la marcha de regreso a Managua,


… y al despedirse nos dijo en secreto estas palabras: “Pongamos inmediatamente un exprofeso a Granada participándole al Gobernador u otro amigo el suceso de Managua; quiero que los jefes de esta revolución se escapen durante el calor de las circunstancias, porque en seguida un indulto acabará todo”. A continuación pusimos el correo y, según nos informaron en aquella época, por nuestro aviso fue sabido en Granada el mal éxito del asalto de modo que los caudillos principales huyeron, o se ocultaron con la debida anticipación.4


Esta acción produjo su efecto en el presidente electo, Fernando Guzmán, porque él comprendió que con tal acción se pretendía rechazar el continuismo de Tomás Martínez en su persona.



Influencia de Martínez para condenar a Pedro J. Chamorro


En enero de 1867, el presidente Martínez pronunció el discurso en el inicio del período constitucional del Poder Legislativo e hizo mención del ataque y acusación dirigida expresamente contra Pedro Joaquín Chamorro. Este discurso y otros procedimientos seguidos por el gobierno fueron la base en que se fundamentó el Congreso para abrir causa contra al general Chamorro, en el decreto del 2 de febrero de 1867 que decía:  


El Presidente de la República, a sus habitantes,
sabed:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
El Congreso de la República de Nicaragua
Declara:


Art. Único: Ha lugar a formación de causa contra el señor Senador Don Pedro Joaquín Chamorro, por los delitos de conspiración y sedición de que habla la información sumaria, con que ha dado cuenta el poder Ejecutivo, relativamente al asalto de armas del cuartel de esta ciudad.

Dado en el salón de sesiones.- Managua, febrero 1º de 1867.- Al Poder Ejecutivo.- Buenaventura Selva, D. P.- Basilio Salinas S.S.- Pedro Navas, D.V.S.- Por tanto: Ejecútese.- Palacio Nacional.- Managua, febrero 2 de 1867.- Tomás Martínez.- El Ministro general, Antonio Silva.5



El consejo de guerra condena a Chamorro


El consejo de guerra encargado de juzgar a los responsables de la conspiración el 14 de febrero de 1867 sentenció y condenó a presidio a los principales caudillos de la rebelión, del vecindario de Granada, y a los otros encausados de la misma ciudad, con excepción de tres de ellos, que fueron absueltos de la instancia por falta de pruebas suficientes. Estas sentencias hicieron que se dividiera la opinión de los conservadores. Unos apoyaban al presidente Martínez y otros comulgaban más con don Pedro Joaquín, quienes aducían que se trataba de una farsa preparada por el Gobierno para levantar un ejército y fundar la dictadura de Martínez.


Después de lo acordado en ese consejo de guerra, la esposa de don Pedro Joaquín hizo un escrito pidiendo vista del proceso, porque deseaba vindicar a su esposo de la participación que se le atribuía en una revolución que no cuadraba con sus honrosos antecedentes. Tal petición le fue denegada.



Amnistía otorgada por Tomás Martínez – Amnistía No. 14


En 1867 se concedieron dos amnistías: una de febrero otorgada por el presidente Martínez antes de entregar el poder, y otra de marzo otorgada por el presidente Guzmán, pocos días después de asumir el poder.


El 20 de febrero, pocos días antes de finalizar su período presidencial, Martínez emitió un decreto de amnistía que cubría a veinte el número de los amnistiados, pero excluía de la amnistía a varias otras personas, entre ellas a Fulgencio Vega, –exdirector de Estado– y a Pedro Joaquín Chamorro, el verdadero blanco del presidente Martínez. Dice el artículo 2°:


Art. 2º.- No quedan comprendidos en esta amnistía los reos prófugos Pedro Joaquín Chamorro, Fulgencio Vega, Agustín Gómez, Rosa Bravo, Pánfilo García, Inocencio Cuadra, Roberto Solórzano alias Chinto, Félix Pedro Solórzano, José María Zelaya, José Ángel Corea y Fulgencio Ramírez. (Vea Anexo 14)



Efecto de los sucesos del 25 de diciembre, en Guzmán


Cuando se intentó asaltar el cuartel de Managua, ya se habían tenido las elecciones de 1866, pero aún no se sabía oficialmente quién era el triunfador. Días después, la Asamblea declaró el triunfo electoral popular y constitucional de Fernando Guzmán en el decreto del 18 de enero de 1867. Pero el movimiento del 25 de diciembre ya había producido su efecto en el futuro presidente, porque él comprendió que con tal acción se pretendía rechazar el continuismo de Tomás Martínez en su persona. Así se lo confesó el propio Guzmán a Jerónimo Pérez cuando le dijo que “los conservadores le veían como al mismo Martínez, y la prueba era que el proyecto frustrado tenía por objeto deshacerse de ambos”. También pesaba en su ánimo el sentirse sin un partido propio que lo apoyase y, por tanto, su papel como gobernante sería completamente nulo. Esto le produjo un fuerte desánimo y llegó a criticar la actitud del Partido Conservador y a sugerir el deseo de que Martínez siguiera en el poder como presidente vitalicio. Él, pues, pretendió renunciar y pensó seriamente en no asumir la presidencia.6



Tensión entre Fernando Guzmán y el presidente Martínez


A finales de enero (1867) y durante todo el mes de febrero, las relaciones entre ambos personajes se fueron deteriorando. Llegó a tal grado la adversidad que el presidente Martínez sentía por Guzmán, que ni siquiera asistió a su toma de posesión y, para evitar el protocolo natural alegó problemas de salud, que nadie se lo creyó, y el 25 de febrero, por medio de un decreto depositó el cargo presidencial en don Federico Solórzano hasta que se dé posesión al presidente electo.


Dice el historiador Francisco Ortega Arancibia respecto a las causas que pudo tener Martínez para no asistir a la toma de posesión del presidente electo, don Fernando Guzmán:


El presidente Martínez, sea porque presintiese un mal tratamiento después que entregase la presidencia a Guzmán, sea porque en el paseo a San Juan con la familia de éste adquiriese la convicción de su error de haber empleado las armas para sacar triunfante su candidatura, o bien porque los diez años de mando lo hubiesen encariñado con el Poder hasta sentir su entrega, lo cierto es que él se separó del Gobierno, yéndose para su hacienda San Ramón, y [lo] depositó en el Senador Federico Solórzano.7



Amnistía concedida por Fernando Guzmán — N° 15


Don Fernando Guzmán tomó posesión el 1 de marzo de 1867, y alegando la existencia de un brote del “cólera” en Managua asumió el cargo en Masaya y no en Managua. Su discurso de toma de posesión rompe las conexiones oficiales con el gobierno anterior.


En busca de armonizar a su partido conservador para iniciar una presidencia con cierta armonía, ese mismo día de su toma de posesión, el presidente Guzmán dio el decreto de amnistía que modificaba el de Tomás Martínez del 20 de febrero. Además, Guzmán había enviado carta a Fulgencio Vega y a Pedro Joaquín Chamorro, donde les decía que no emigraran a Costa Rica porque tan pronto como recibiera el mando les ofrecería no solo ser amnistiados, sino que su gobierno sería amigo del partido conservador. (Vea Anexo 15)


 
Conclusión


Así acabó este otro episodio de un conflicto más entre los contrincantes tradicionales en Nicaragua. Pero, si bien acabó con un “ejecutado” sin proceso judicial y con la absolución y la liberación de todos los demás, no acabaron ni se atenuaron los conflictos, sino que más bien se incrementaron y siguieron viviendo como enemigos irreconciliables.


No tardó en aparecer nuevamente la guerra. Antes de acabar el período constitucional de don Fernando Guzmán aparecieron nuevos huracanes facciosos que provocaron dos nuevos decretos de amnistías, que se presentarán en el siguiente capítulo.



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Anexo 14
20 de febrero de 1867
Amnistía N° 14
Otorgada por Tomás Martínez

Nota: Se preserva la grafía original


El Gobierno, en vista de la causa instruida contra los culpables del atentado que tuvo lugar en esta ciudad la noche del 25 al 26 de diciembre último, para asaltar las armas de este cuartel y derrocar a la actual administración; atendiendo a que por sentencia del consejo de guerra, confirmada por la Comandancia general, están condenados a las penas establecidas por la ley los reos de aquel crimen, pero que entre éstos hay varios que por haber procedido como agentes secundarios y experimentado las gravosas consecuencias de la prisión, merecen la clemencia del Gobierno; en uso de las facultades que le concede el art. 55, inciso 23 de la Constitución,


Decreta:


Arto. 1º.- Concédese amnistía a los reos sentenciados en aquella causa, Francisco Guerrero, Beltrán Orozco, Ezequiel García, Macario Estrada, Fidelmo López, José Ángel Fonseca, Eusebio Aburto, Eleodoro Moreira, Eugenio Martínez, Aurelio Jarquín, Juan Picado, Pedro Trinidad, Bernardo Chávez, Juan Solórzano, Francisco Martínez, Carmen Moreira, Francisco Álvarez, Perfecto Zavala, Pedro Arce y Pedro Cano; en consecuencia póngaseles en libertad, bajo el concepto de que se retirará esta gracia al que en adelante llegare a reincidir, y se proveerá contra él conforme a las leyes.


Art. 2º.- No quedan comprendidos en esta amnistía los reos prófugos Pedro Joaquín Chamorro, Fulgencio Vega, Agustín Gómez, Rosa Bravo, Pánfilo García, Inocencio Cuadra, Roberto Solórzano Chinto, Félix Pedro Solórzano, José María Zelaya, José Ángel Corea y Fulgencio Ramírez.


Art. 3º.- Comuníquese, Managua, 20 de febrero de 1967.- Tomás Martínez.8



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Anexo 15
1° de marzo de 1867
Amnistía N° 15
Otorgada por Fernando Guzmán

Nota: Se preserva la grafía original

El Presidente de la República a sus habitantes:


Considerando: que la política, la humanidad y la civilización exigen imperiosamente una amnistía general a favor de todos aquellos, que por causas políticas se hallen perseguidos o emigrados; en uso de las facultades consignadas en el artículo 55 fracción 23 de la constitución, y de las delegadas en el decreto legislativo de 21 de enero último, ha venido a decretar y


Decreta:


Arto. Único.- Concédese amnistía general a favor de todos los Nicaragüenses perseguidos o emigrados por causas políticas. En consecuencia podrán volver libremente al seno de la patria, bajo la salvaguardia de la constitución y las leyes,


Dado en San Fernando, a 1º de marzo de 1867.- Fernando Guzmán.- Al Ministro de Gracia y Justicia, A. Silva.9


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1 Pérez, Obras históricas completas, op. cit., p. 710. Disponible en clic aqui

2 Esgueva Gómez, Elecciones, reelecciones y conflictos en Nicaragua, op. cit., p.430.

3 Pérez, Obras históricas completas, op.cit., p. 715. Disponible en clic aqui

4 Pérez, Obras históricas completas, op.cit., p. 713. Disponible en clic aqui

5 Leyes Decretos Acuerdos poder Legislativo 1867, Decreto 2 febrero 1867 declara haber causa a Pedro Joaquin Chamorro. Disponible en clic aqui

6 Pérez, Obras históricas completas, op.cit., p. 719. Disponible en clic aqui

7 Ortega Arancibia, Francisco: Cuarenta años de historia de Nicaragua, 1838-1878, Colección Cultural del Banco de América, 1974, pp. 458, 459.Disponible en clic aqui

8 Leyes Decretos Acuerdos Poder Ejecutivo 1867, Decreto 20 febrero 1867 concede amnistía a varios del atentado. Disponible en clic aqui

9 Leyes Decretos Acuerdos de Poder Ejecutivo 1867, Decreto de 1 marzo 1867 concede amnistía a perseguidos o emigrados. Disponible en clic aqui